Inicio arrow Casos de interés arrow Casos de interés arrow Valverde ante el TAS (2010) 31 de marzo de 2023

CASOS DE ESPECIAL INTERÉS  2006-2013

 
Imprimir E-Mail
02 de junio de 2010
Los servicios jurídicos de Valverde tachan de erróneo el Laudo del TAS

En una entrevista concedida al diario PUBLICO, el abogado de Valverde, José Rodríguez, declara que el laudo por el que se impone a su representado dos años de suspensión incurre en errores importantes: entiende que se ha caido en el non bis in idem: "tras lo de Italia, se da el caso de que está sancionado dos veces por los mismos hechos". Aduce, además, que en el proceso hubo grandes deficiencias con la sangre que le extrajeron en el Tour. "No sabemos dónde estuvo esa muestra entre julio de 2008 y febrero de 2009".

El letrado afirmó que va a recurrir al Tribunal Federal suizo y espera que resuelva a fin de año, pero antes estudiará solicitar una suspensión cautelar que podría permitir a Valverde seguir corriendo.

Por último, dejó caer una velada acusación de discriminación: "Es una evidencia que la lucha contra el dopaje no es igual en todos los deportes ni se trata igual a todos los deportistas, incluso del mismo deporte", puntualizó el abogado Rodríguez.

2 de junio de 2010.



ANTECEDENTES

LE SANCIONA CON DOS AÑOS POR TENTATIVA
Nueva resolución del TAS contra Valverde

31 de mayo de 2010.

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha suspendido por dos años al ciclista español Alejandro Valverde por su presunta implicación en la Operación Puerto. La sanción ha comenzado a ser efectiva en enero de 2010, por lo que el último vencedor de la Vuelta no podrá regresar a la competición hasta 2012.

El Comité Olímpico Italiano (CONI) sancionó al corredor murciano con dos años de suspensión en territorio italiano el 11 de mayo de 2009 por los mismos hechos: tentativa de dopaje probada por una bolsa de plasma con restos de EPO hallada durante la redada de la Operación Puerto en una nevera del doctor Eufemiano Fuentes y que una prueba de ADN ha demostrado que le pertenece. El corredor nunca ha dado positivo en un control antidopaje.

La UCI y la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) alegaron ante el TAS en octubre de 2007 que todas las figuras implicadas -Ullrich, Basso, Valverde...- debían ser sancionadas, buscando una sanción ejemplarizante. Sin embargo, ha sido el corredor español el que ha salido peor parado, ya que, salvo Ivan Basso, que cumplió una sanción de dos años, ningún otro corredor español de las docenas de presuntos implicados ha sido sancionado y ni la UCI ni la AMA han solicitado que se les expediente.

Po rotro lado, frente a la petición de la UCI y la AMA de que la sanción de Valverde se iniciara en la fecha de la resolución del TAS, con lo que Valverde se perdería un cuarto Giro, el de 2012, el TAS aplicó la retroactividad, ya que entendió que el retraso en la resolución, motivado por diferentes peticiones de los reclamantes imposibles de cumplir -el juez también le negó el acceso a la sangre que consiguió el CONI de una manera que el juzgado considera ilegítima-, no era imputable a Valverde.

Jorge Ibarrola, abogado de la federación española, también demandada en la causa, declaró que "si se hubieran cumplido los plazos normales, el caso se habría visto a comienzos de 2008 y no habría habido sanción italiana por medio".

El representante del ciclista, Antonio Sánchez, indicó que estudia apelar ante el Tribunal Federal Suizo, ya que el TAS tiene su sede en Lausana.



EL TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN ESTÁ DISPONIBLE EN
INCLUYE UN EJEMPLAR DEL LIBRO "IUSPORT 10 AÑOS"

VER DOSSIER VALVERDE
 

MÁS INFO ...

Modificado el ( 04 de junio de 2010 )
 
 

INFORMACIÓN RELACIONADA


MENU 2006-2013
Pagina nueva 2

 

gif/solo.gif (206 bytes)  Noticias

 

gif/solo.gif (206 bytes)  Opinión

 

gif/mas.gif (231 bytes)  Artículos

gif/mas.gif (231 bytes)  Editoriales

gif/mas.gif (231 bytes)  Entrevistas

gif/mas.gif (231 bytes)  Desde otro ángulo

gif/mas.gif (231 bytes)  Opinión 2005-2006

gif/mas.gif (231 bytes)  Opinión 1997-2004 

 

 

gif/solo.gif (206 bytes)  Casos de especial interés 

gif/solo.gif (206 bytes)  Dossier 

 

 

gif/solo.gif (206 bytes)  Eventos 

 

 

gif/solo.gif (206 bytes)  Bibliografía 

 

 

gif/solo.gif (206 bytes)  Jurisprudencia

gif/solo.gif (206 bytes)  Legislación

gif/mas.gif (231 bytes)  Legislación Española 

gif/mas.gif (231 bytes)  Legislación Comunidades Autónomas Españolas 

gif/mas.gif (231 bytes)  Legislación Deportiva Canaria 

gif/mas.gif (231 bytes)  Código Canario del Deporte 

gif/mas.gif (231 bytes)  Estatutos Federaciones Canarias 

gif/mas.gif (231 bytes)  Normativa internacional

 

 

gif/solo.gif (206 bytes)  Boletines oficiales

gif/solo.gif (206 bytes)  Enlaces

gif/solo.gif (206 bytes)  Contactar 

gif/solo.gif (206 bytes)  Servicios

gif/solo.gif (206 bytes)  IUSPORT Latinoamérica

gif/solo.gif (206 bytes)  IUSPORT English

 

gif/solo.gif (206 bytes)  Buscador

gif/solo.gif (206 bytes)  Hemeroteca 

 

 

 



Derecho deportivo


Home Aviso Legal Personalizar Cookies Política de Cookies Política de Privacidad
Enlace a la portada Enlace a la sección de Opinión Enlace a la sección de Casos Enlace al mapa web Enlace a la sección Dossier Enlace a la sección Jurisprudencia Enlace al Boletín Oficial del Estado Enlace al listado de boletines oficiales autonómicos Enlace a la sección Libros Enlace a la sección Nosotros Enlace a la sección Noticias Enlace a la sección Congresos Enlace a la sección Servicios Enlace al listado de links Enlace a la sección Legislación Canaria Enlace a la sección Legislación Enlace al buscador Enlace a la página de Contacto Enlace a la sección Hemeroteca Venta del libro 10 años de iusport