InicioPortadaOpinión Madrid 2016, el COI y sus conjeturas sobre el Spanish Doping. Por Javier LATORRE
16 de septiembre de 2024
03 de septiembre de 2009
Madrid 2016, el COI y sus conjeturas sobre el Spanish Doping
Por Javier Latorre
Martínez
Resulta que cuando más felices nos las prometíamos, gracias a las posibilidades reales de que Madrid sea escogida como sede de los Juegos Olímpicos del año 2016, nos encontramos con un jarro de agua fría sobre nuestras espaldas, y, el pesimismo o derrotismo se ha instalado sobre casi todos nosotros.
Y todo ello, ¿por qué?. Pues parece ser que a la Comisión de Evaluación del Comité Olímpico Internacional (COI) no les han gustado diversos detalles de esta candidatura de Madrid 2016, entre las que destacan su compleja estructura administrativa, y, sobre todo, nuestra legislación antidopaje, que, según manifiesta dicha Comisión, podría no cumplir con el Código Mundial Antidopaje.
No hace mucho tiempo que nos felicitábamos por la publicación en el BOE del Real Decreto 641/2009, de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de análisis autorizados, y por el que se establecen medidas complementarias de prevención del dopaje y de protección de la salud en el deporte, completando de ese modo una exhaustiva legislación antidopaje. Reconocíamos en el citado Real Decreto, como hecho destacable, la “humanización de los controles antidopaje”y el “respeto a los deportistas”, puesto que así “podrían dormir tranquilos”. Ningún “vampiro” les haría una visita en horario nocturno para pedirles una muestra de orina o de sangre.
Al menos, así lo destaca el reciente texto legislativo cuando manifiesta que “se ha atendido en su redacción al principio de preservar la intimidad y los derechos de los deportistas, como sucede cuando se establece la franja horaria de descanso nocturno tal y como determina la Ley Orgánica de referencia /Ley 7/2006)”.