Inicio arrow Opinión arrow Artículos de opinión 2005-2006 arrow El Caso PONTEVEDRA. Por Javier Latorre Martínez 13 de octubre de 2024

OPINIÓN  1997-2013

FIRMAS    (Ver Listado)

EDITORIALES 

ENTREVISTAS

 DESDE OTRO ÁNGULO

OPINIÓN 2005-2006

OPINIÓN 1997-2004

04 de noviembre de 2006
El Caso PONTEVEDRA o la judicialización del fútbol

Image

Por Javier Latorre Martínez (septiembre 2005)

Si a principios de semana se dudaba si el REAL MADRID sería o no el primer Club en impugnar un resultado en la Liga española, tras su partido contra el Espanyol, hoy podemos asegurar que no ha sido el primero, sino que debe decirse, en cambio, que el "privilegio" ha correspondido al PONTEVEDRA C.F. Curiosamente, este modesto, histórico y simpático Club se ha visto envuelto en pocas semanas en dos situaciones ajenas a su voluntad que claramente le han perjudicado: la primera relacionada con la Copa del Rey y la segunda con el último partido de Liga de Segunda División B.

Respecto a la primera situación, puede recordarse que entre los equipos que inicialmente se negaron rotundamente al presunto "cambalache", propuesto por la Federación, y, en realidad, promovido por la Liga de Fútbol Profesional, con objeto de cambiar el sistema de competición de la Copa del Rey, una vez iniciada la misma, destaca el Pontevedra, Club de Segunda División B Grupo 1. La correcta oposición que ha planteado esta entidad desde el primer momento hacia el citado planteamiento federativo, al igual que la planteada por otros Clubes, también perjudicados por el cambio de formato de competición, ha servido para advertirnos a todos de que algo no funciona en el fútbol español, y, más concretamente, en el interior de las instituciones que lo dirigen.

Sólo hay que recordar el boicot que algunos de los presidentes de los clubes modestos afectados realizaron al sorteo de la primera eliminatoria de la segunda fase de esta competición, como consecuencia de que “se consideraron estafados”, al no haberse incorporado al sorteo los equipos “grandes”, tal como estaba previsto en el desarrollo de la competición. No hay partido más gratificante para un Club modesto y para su afición que el posible enfrentamiento a un Real Madrid o a un Barcelona. Incluso directivos de algunos clubes afectados increparon a miembros del Ente federativo con frases tan elocuentes como las siguientes: “sois los piratas del renacimiento”, “esto es una vergüenza”.

En estos momentos se está ultimando el acuerdo con la mayoría de Clubes perjudicados, con compensaciones económicas (unos 600.000 euros a repartir), para que el mal hecho “duela menos” y también para que los grandes de nuestro fútbol sigan haciendo y deshaciendo a su gusto desde los despachos, con la presumible connivencia de algunos federativos. Sin embargo, algún Club ya ha dicho basta, como el Alicante, C.F., y ha decidido acudir a la justicia ordinaria para solicitar una indemnización mayor a los 24.000 euros acordados entre los Clubes y la RFEF, y reclama 400.000 euros (cantidad ingresada hace dos temporadas cuando alcanzó los octavos de final). Otra vez aparece la justicia ordinaria en nuestros horizontes. No tuvimos bastante con lo del “cochinillo” que de nuevo los Juzgados serán los protagonistas del encuentro ...

Si no se han apagado todavía los fuegos avivados por estas decisiones federativas contra los clubes modestos, entre ellos el Pontevedra, esta entidad vuelve a sufrir un nuevo revolcón, digno de una película de suspense y de terror. El domingo jugaba en su campo de Pasarón contra el ex-primera división Rayo Vallecano, el partido correspondiente a la cuarta jornada de Liga. En el minuto 90 ganaba el Pontevedra con resultado de 1-0 y con el hándicap de tres expulsiones locales (jugadores Mannara, Charles y Fede, entre los minutos 76 y 84). En el minuto 96 ya perdía el club gallego por 1-2, con dos expulsados locales más (Montenegro y el entrenador Argibay). El colegiado castellano leonés Gómez Carbajo decidió la suspensión del encuentro tras conseguir el equipo visitante el segundo gol, “por el lanzamiento de 40 o 50 almohadillas y botellas semivacías” Este club pontevedrés ha presentado su impugnación, alegando "la no aplicación del reglamento en la jugada del segundo gol del Rayo Vallecano". Según el Pontevedra, en el momento de ese segundo gol se hallaban presentes en el terreno de juego dos balones en el campo. Se acoge a la regla octava del reglamento, que indica la necesaria interrupción del partido por invasión de aficionados o de objetos (como tal, podría ser considerado el segundo balón), que puedan interferir en el juego.

Como confirmación de lo anterior, se aporta como material probatorio la grabación en vídeo del momento en que un jugador del Rayo Vallecano recoge ese segundo balón, estando desarrollándose la jugada que termina en el gol del triunfo del equipo visitante. Además, se aporta también como prueba otra grabación videográfica en la que se demuestra que “ni en el primer gol, ni el segundo gol, ni en el saque de centro hubo lanzamiento masivo de almohadillas, sino que sólo lo hubo cuando el árbitro decretó la suspensión del partido”. El equipo pontevedrés, por medio de su Director General, D. Elías Espiñeira, ha solicitado en su escrito tres planteamientos:

1) La impugnación del partido, contemplando dos alternativas:

    a) La repetición total del encuentro, o en su defecto,

    b) La repetición del encuentro desde el instante previo al segundo gol vallecano (min. 96).

 2) La impugnación del acta arbitral al considerar que existen importantes defectos de forma.

 3) La recusación indefinida del árbitro Gómez Carbajo, perteneciente al Colegio Castellano-Leonés.

Con una urgencia inusitada (recordemos en cambio lo que se tuvo que “rumiar” para decidir el cierre del Nou Camp por el famoso “cochinillo”), a las pocas horas de la presentación de las alegaciones, el Comité de Competición de la RFEF ha decidido cerrar el tema del modo más “light” posible. El Club se siente “atropellado y víctima de una injusticia”, con cierta razón.

El Juez único de Competición ha desestimado algunas de las peticiones presentadas por el Pontevedra, considerando que no es el órgano adecuado para atender esta impugnación, entendiendo, además, que, en cualquier caso, es decisión discrecional del árbitro suspender o dar continuidad a una acción del partido por una incidencia en el juego (?). Por otro lado, el Juez Único de Competición ha mostrado su facción más benevolente y sí que ha estimado otras alegaciones del Club, quitando dos de las tarjetas, desestimando además el posible cierre de Pasarón, y también ha considerado que el club pontevedrés no tiene ninguna responsabilidad en los daños sufridos por el vehículo del colegiado a la finalización del encuentro.

Tiene razón nuestro amigo Antonio Aguiar, que tan magníficamente dirige la web IUSPORT, cuando afirma que se ha abierto una importante grieta en el fútbol español, y necesita una rápida restauración. Podemos decir que "se ha abierto la veda" y, consecuentemente, el derecho a impugnar resultados deportivos puede convertirse en el verdadero deporte nacional, en unos casos con razón (buena fe del recurrente, como considero que es el caso del Pontevedra) y en otros sin razón o con falta de ética deportiva (mala fe del recurrente). Llegará un momento en que los clubes deportivos tendrán más juristas que deportistas, para ganar en despachos lo que no se gana en el campo, y para desvirtuar el principio básico de toda competición deportiva: el fair play. Es urgente, si se puede (que lo dudo), concretar las actuaciones, resoluciones, etc. que puedan ser impugnables o no en el ámbito deportivo, y lo mismo en el ámbito contencioso-administrativo, civil y/o penal.

Pero la pregunta clave es: ¿debemos o no criticar a un Club que está en su legítimo derecho para recurrir alguna resolución que le perjudique y vaya claramente contra sus intereses?. Creo que en este caso el Pontevedra pudo sentirse claramente agraviado. No es la primera vez que hemos contemplado por televisión que un árbitro interrumpe el juego con la presencia de dos balones en el campo. No sirve el argumento de que el recurso es absurdo ya que son “sólo tres puntos al inicio del campeonato”. Al final de temporada un equipo puede dejar de ascender o descender por un solo punto. La justicia debe impartirse de igual modo desde la primera jornada hasta la última, y desde el primer minuto de un partido hasta el último.

No es la primera vez que un Club tiene que desaparecer por problemas económicos ocasionados por cualquiera de las dos circunstancias anteriores. ¿Podría valorarse económicamente cuánto puede suponer un determinado error técnico o de apreciación de un árbitro al club perjudicado y pedir las consiguientes indemnizaciones por daños y perjuicios?. Más vale ni pensarlo. Además de juristas, también “deberían” completarse en este caso las plantillas con economistas. Se han leído y oído opiniones en contra muy radicales sobre la posible impugnación que iba a presentar el Real Madrid, y la que sí que ha hecho el Pontevedra. ¿Quién tiene razón: quién las defiende o quién se opone frontalmente?. Depende siempre según el cristal con que se mire.

No obstante, aun teniendo clara la dificultad que puede entrañar toda una continua concatenación de recursos para el desarrollo adecuado de las competiciones deportivas, conviene hacer referencia a la situación jurídico-deportiva normalizada de nuestros vecinos franceses, en donde no se presentan grandes dificultades para la justiciabilidad en tribunales contencioso-administrativos de cualquier resolución de una Federación Deportiva (recordemos que, en estos casos que se están debatiendo en nuestro fútbol, suele hablarse de acciones u omisiones de la función arbitral, y sabemos que no hay una independencia real entre un Colegio de Árbitros y una Federación Deportiva).

Creo muy interesante (aunque probablemente nefasta para el ámbito deportivo) citar la frase de GROS y VERKINDT, haciendo referencia a la "(...) necesaria penetración en el deporte de las reglas de Derecho Público desde la óptica de una salvaguardia de las libertades, pues el movimiento deportivo tendría tendencia a no tomar del Derecho más que lo que le sirve (interés general, servicio público y prerrogativas que le son inherentes), rechazando simultáneamente lo que le puede constreñir (respecto a reglas internacionales, principios generales de derecho y reglas de procedimiento ...". Éste es un planteamiento inmerso en un Estado de Derecho. No hay que irse muy lejos para recordar otro caso reciente, en el cual se ha llevado a la justicia ordinaria, no un error técnico, sino un posible error de interpretación o apreciación de un árbitro. En el partido de Liga, Real Madrid-Valencia, de hace dos temporadas se produjo la famosa jugada del penalty señalado por el árbitro murciano Tristante al jugador valencianista Marchena sobre el madridista Raúl, convertido en gol del empate en el último minuto del encuentro. Un grupo de aficionados valencianos interpusieron una demanda en los Juzgados y fue admitida a trámite... Solicitaban indemnización por daños y perjuicios, entre otras historias, a pesar de que la Liga la ganó el Valencia. Cuidado: no la planteó el propio Club presuntamente perjudicado por el arbitraje sino algunos aficionados de ese Club. De verdad, como decía antes, se ha abierto la veda.

Los tiempos han cambiado: hay demasiados intereses en juego. Un gol, un penalty, un fuera de juego, etc. pueden suponer cientos o miles de millones de euros, contratos posteriores de publicidad, contratos televisivos, renovaciones de contratos galácticos, etc. Quizás tengamos que empezar a acostumbrarnos a la judicialización del deporte. El aficionado está exigiendo la profesionalización de sus equipos y deportistas, y, por ello, las entidades, cada día más, intentarán acogerse a cualquier posibilidad que le ofrezca un Estado de Derecho para velar por sus intereses.

Quizás también debamos de nuevo diferenciar claramente entre lo que es un deporte amateur y un deporte superprofesionalizado. No me imagino que alguien se dedique a impugnar un partido de categoría regional o de juveniles porque un árbitro ha pitado antes de un gol o porque haya dos balones en el terreno de juego. En el deporte profesional, hasta llego a entenderlo. Si cualquier ciudadano puede ir a la justicia a defender sus derechos, ¿por qué no puede hacerlo un Club deportivo?. ¿Son admisibles las amenazas que plantean organismos, como UEFA y FIFA, hacia quien se atreve a hacerlo, coacciones totalmente incompatibles con un Estado de Derecho?. Veremos qué le ocurre próximamente al equipo de fútbol Charleroi belga, que cuenta con el apoyo del G-14.

Impedir recurrir a instancias superiores podría suponer una afirmación de que Deporte y Derecho no tienen ninguna relación entre sí, y todos sabemos que en la actualidad no es así. Continuará...

Barcelona, 23 de septiembre de 2005

 Javier Latorre Martínez

Socio AEDED. Vicepresidente FCB.


Modificado el ( 20 de junio de 2010 )
 
 

INFORMACIÓN RELACIONADA


Home Aviso Legal Personalizar Cookies Política de Cookies Política de Privacidad
Enlace a la portada Enlace a la sección de Opinión Enlace a la sección de Casos Enlace al mapa web Enlace a la sección Dossier Enlace a la sección Jurisprudencia Enlace al Boletín Oficial del Estado Enlace al listado de boletines oficiales autonómicos Enlace a la sección Libros Enlace a la sección Nosotros Enlace a la sección Noticias Enlace a la sección Congresos Enlace a la sección Servicios Enlace al listado de links Enlace a la sección Legislación Canaria Enlace a la sección Legislación Enlace al buscador Enlace a la página de Contacto Enlace a la sección Hemeroteca Venta del libro 10 años de iusport