La inexistencia de adaptación del nuevo Plan General de Contabilidad complica la angustiosa situación de muchos clubes El rotativo especializado en economía Expansión señaló hoy que el desplome de ingresos por publicidad, la caída de la taquilla y los compromisos de sueldos millonarios a los jugadores han encontrado en la nueva contabilidad un serio peligro. "En la recta final de la liga, las normas contables alterarán el modo de contabilizar los ingresos para los equipos deportivos, sobre todo los derechos publicitarios, que suponen la mitad de las ganancias", añadió. Expansión resaltó que el motivo principal de los recientes cambios contables reside en los derechos televisivos, que pueden suponer hasta la mitad de los ingresos totales de un equipo. La razón: la forma de contabilizar este capítulo, que en vez de computar como fondos propios (como patrimonio del club a todos los efectos), pasan a incluirse como una cuenta de anticipos cuyos ingresos no podrán tenerse en cuenta a efectos de entrar o no en un proceso concursal (quiebra).
Junto a este cambio en la forma de considerar los ingresos, aparece el problema de su contabilización temporal, ya que las modificaciones alteran la manera de distribuirlos entre distintos ejercicios. "Los clubes ya auguraban la amenaza que supondrían estos cambios, pero hasta ahora no habían calculado el peligro de quiebra que supone para un deporte que aporta nueve mil millones de euros (12 mil 307 millones de dólares) a la economía", acotó. Expansión reiteró que las nuevas normas de contabilidad pueden dejar fuera de juego a grandes equipos de fútbol españoles.
En la recta final de la Liga, la adaptación del Plan General Contable (PGC) a los clubes deportivos está agravando sus ya serias complicaciones financieras, al cambiar el modo en el que computan sus principales ingresos en las cuentas de resultados, añadió. Aseveró que la gravedad de la situación actual lleva a que decenas de equipos de la liga española, por el momento, de categorías inferiores, estén ahora al borde de la desaparición. "En el mejor de los casos, sobre muchas sociedades deportivas sobrevuela el fantasma de la quiebra y el descenso de categoría", puntualizó.
Así, las consecuencias de esta situación empezarán a verse en los próximos meses en los grandes equipos, ya dañados por las deudas con Hacienda, que asciende a 625 millones de euros (casi 855 millones de dólares). Para hacer frente a estos pagos, ya se han visto abocados a acogerse a la Ley Concursal ocho clubes históricos del fútbol español: Celta, Málaga, Sporting, Las Palmas, Levante, Real Sociedad, Alavés y Murcia, que ahora están al borde de la quiebra.
El nuevo PGC
El nuevo PGC aprobado por Real Decreto de 16 de noviembre de 2007, entró en vigor el 1 de enero de 2008. En dicho Real Decreto, en su disposición final primera, se habilitó al Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del ICAC, para aprobar mediante Orden Ministerial las adaptaciones sectoriales del citado nuevo Plan. Desde el 1 de enero de 2008, las empresas tienen que utilizar un Plan General de Contabilidad nuevo, que sustituye al vigente desde 1991. El plan adopta las normas internacionales en la materia, que siguen diversos criterios muy diferentes de los de la contabilidad tradicional española.
Las nuevas normas de contabilidad para las empresas que han entrado en vigor en 2008 año le han metido un gol por la escuadra a los clubes de fútbol. Estas reglas colocan a las Sociedades Anónimas Deportivas (todos los equipos, salvo Madrid, Barcelona, Athletic de Bilbao y Osasuna, que tienen una regulación distinta) en una situación económica complicada.
La transición a la nueva regulación está suponiendo serias complicaciones para las empresas españolas. Y ahora han alcanzado a las sociedades y federaciones deportivas. Uno de los cambios que afecta a los clubes de fútbol y baloncesto es la manera de valorar los ingresos a distribuir en diferentes ejercicios (por ejemplo, por los derechos de televisión). Hasta ahora, las sociedades deportivas los incluían en el balance dentro sus fondos propios, esto es, una de las partidas que forman parte del patrimonio de la sociedad. Esta práctica estaba autorizada por la normativa contable de 1991. Pero el nuevo plan ya no lo permite, y obliga a colocar estas cantidades en una cuenta del pasivo (donde se apuntan, entre otras cosas, las deudas de la sociedad).
Desequilibrio
Al sacar estos ingresos de los fondos propios, según explican los expertos consultados, las sociedades deportivas se sitúan en una situación de “desequilibrio patrimonial” que compromete su viabilidad. La ley de sociedades anónimas establece que, si el patrimonio se reduce por debajo de los dos tercios del capital social, los socios deben realizar aportaciones para restablecer el equilibrio; si es inferior a la mitad del capital social, se entra en causa de disolución. Una situación parecida atraviesan las federaciones deportivas. Las anteriores normas contables permitían incluir en su activo (la parte del balance donde se incluyen los bienes y el patrimonio de la sociedad) los gastos asociados a la organización de competiciones internacionales (por ejemplo, los actos previos de promoción), que permitirían obtener sus derechos y, por tanto, unos ingresos por su explotación.
Existen dudas entre algunos responsables de las federaciones de que el nuevo plan contable siga permitiendo este tratamiento, lo que supondría un revés patrimonial.
Por eso, se han dirigido al ICAC, el regulador contable, que depende del Ministerio de Economía, para conocer su posición oficial.
Nuevo ejercicio
Las sociedades deportivas se enfrentan por primera vez al nuevo plan. Según las fuentes consultadas, los clubes se movilizarán para buscar una solución.
Esta solución podría venir con la correspondiente adaptación sectorial del plan contable. La norma de 1991 se complementó con una docena larga de versiones que recogían las peculiaridades de otros tantos sectores, como aseguradoras, inmobiliarias, cooperativas, eléctricas, autopistas... y también los clubes y federaciones. El ICAC todavía no ha empezado la elaboración de estas adaptaciones.
Dado el corto espacio de tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del nuevo PGC, todavía el ICAC no ha propuesto ninguna adaptación sectorial, ya que la aprobada, en julio de 2008, para las entidades de seguros, al tratarse de entidades de carácter financiero, el ICAC se ha limitado a emitir un informe previo.
Pero mientras se aprueban las nuevas adaptaciones sectoriales hay que tener en cuenta que la disposición transitoria quinta del Real Decreto de aprobación del nuevo PGC establece que las adaptaciones sectoriales en vigor a la fecha de la publicación de dicho Real Decreto, seguirán aplicándose en todo aquello que no se oponga a las nuevas normas contables. Por tanto las empresas, incoluidas las SAD, tendrán que hacer, por ahora, la adaptación al nuevo PGC por su cuenta, si bien las que dispongan de adaptación sectorial del anterior Plan, podrán aplicar dicha adaptación, pero sólo en lo que no se oponga al citado nuevo PGC.
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