02 de marzo de 2009 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
(15/12/2006)
Jurisdicción: |
Contencioso |
Fecha: |
15/12/2006 |
Marginal: |
286445 |
Nº Sentencia: |
2207/2006 |
Nº Recurso: |
441/2003 |
Ponente: |
JULIO LUIS GALLEGO OTERO |
A favor de: |
ADMINISTRACION LOCAL |
Tribunal: |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS |
Sección: |
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Sala: |
Contencioso |
Conceptos
- DERECHO ADMINISTRATIVO. RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACION
Resumen
Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la
resolución del Ayuntamiento de Avilés, sobre indemnización por responsabilidad
patrimonial de la Administración.
Las lesiones sufridas por la recurrente derivan de la actividad deportiva
para la que se había inscrito y programada para grupos de personas, al caer
fortuitamente sin que conste demostrado que influyera el estado de las
instalaciones deportivas ni que la monitora pautara un ejercicio inadecuado y
peligroso. Asiste, pues, la razón a las partes codemandadas para rechazar la
viabilidad de la acción ejercitada, debido a la participación voluntaria de la
demandante en una actividad deportiva y la realización en grupo de ejercicios de
acuerdo con sus condiciones físicas, y la caída fortuita sin intervención de
elemento ajeno. El riesgo de lesión, en este caso, es inherente para los
participantes en las actividades deportivas, sin que en la producción del
siniestro haya contribuido de manera causal y directa ni en sus consecuencias
lesivas otro elemento que la propia actuación de la demandante, por lo que el
desenlace fortuito del deporte asumido voluntariamente por todos los
participantes, excluye la responsabilidad de la Administración demandada.
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Modificado el ( 02 de marzo de 2009 )
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