Inicio arrow Portada arrow Casos de interés arrow La Fiscalía del CONI solicita dos años de suspensión para Valverde 08 de diciembre de 2024

02 de abril de 2009
SE COMPLICA EL CASO VALVERDE
El Juzgado de Instrucción reitera que no pueden utilizarse pruebas de un procedimiento penal en otro de carácter administrativo

La nueva resolución del Juzgado de Instrucción núm. 31 de Madrid del 15 de abril de 2009 invoca los mismos motivos esgrimidos en su día en la 'operación Puerto', en el sentido de que no pueden utilizarse pruebas de un procedimiento penal en otro de carácter administrativo.

La Federación Española de Ciclismo emitió un comunicado manifestando "su total y absoluto desacuerdo frente a la resolución denegatoria dictada por el Juez Instructor, por lo que sus Servicios Jurídicos interpondrán, de manera inmediata, los recursos pertinentes, con el fin de poder obtener definitivamente los elementos de convicción existentes dentro del procedimiento penal denominado Operación Puerto".

Valverde y el CONI

La tercera negativa del juez Serrano puede complicar aún más, si cabem, el 'caso Valverde' que se juzga en Italia, ya que las autoridades españolas habían reivindicado su exclusiva competencia para sancionar a un corredor presuntamente implicado en la 'operación Puerto'.

El Tribunal Antidopaje de Italia juzgará al ciclista español el próximo 11 de mayo. Sobre la mesa tiene la petición de dos años de suspensión por parte del fiscal antidopaje del Comité Olímpico Italiano. Tras la nueva negativa del juez a dar las pruebas en España, los italianos, que dicen tenerlas, podrían fortalecer su posición en el proceso.

Los abogados de Valverde solicitan la suspensión de la causa, por considerar incompetentes a las autoridades deportivas italianas y por considerar que han acusado sin pruebas y en contra de la legalidad a Alejandro Valverde.

ARCHIVO IUSPORT
La Fiscalía del CONI solicita dos años de suspensión para
Valverde

La fiscalía antidopaje del Comité Olímpico italiano (CONI) pidió hoy dos años de suspensión para el ciclista español Alejandro Valverde por su supuesta implicación en la Operación Puerto, anunció la entidad en un comunicado. Si resultara sancionado, Valverde no podría correr el Tour de Francia 2009, al tener éste una étapa que pasa por territorio italiano. La UCI, por su parte, anunció hace tiempo que haría extensivas a nivel mundial las sanciones sobre dopaje, lo que impediría a Vaverde el acceso a las competiciones internacionales durante dos años.

Antecedentes

En febrero pasado, el fiscal del CONI Ettore Torri presentó pruebas de ADN y documentos para demostrar los contactos de Valverde con el doctor Eufemiano Fuentes, protagonista principal de una trama de dopaje sanguíneo en España.

El caso se fundamenta en que la muestra de ADN tomada al pedalista en la etapa italiana del pasado Tour de Francia coincide con el contenido de una bolsa de sangre, incautada hace tres años en la clínica de Fuentes en la nación ibérica.

Las autoridades italianas también sostienen que los documentos confiscadas en el allanamiento vinculan a Valverde con Fuentes.

Esos papeles indican los montos de dinero que el ciclista pagó y cuáles sustancias consumió en el proceso de dopaje sanguíneo, dijo Torri tras la indagatoria.

Valverde, por su parte, defendió su inocencia durante el interrogatorio de Torri y argumentó que los italianos no tienen jurisdicción en el caso, después de ser interpelado en su país.

Pero el CONI subrayó que tiene toda la facultad para juzgar a Valverde y que sus pruebas fueron recabadas de acuerdo con las reglas.

Más de 50 ciclistas aparecen involucrados inicialmente en la Operación Puerto, entre ellos el italiano Ivan Basso, quien purgó una sanción de dos años.

Luego de verse implicado en la pesquisa, la Unión Ciclista Internacional le prohibió a Valverde competir en el mundial de ruta de 2007.

La máxima entidad ciclística le exigió a la Federación Española abrirle un expediente a Valverde, pero no lo hizo y al final pudo competir en la justa universal, tras un fallo del Tribunal de Arbitraje Deportivo.

Reacción del abogado de Valverde

El abogado de Valverde, en declaraciones de hoy (01.04.09) a la CADENA SER, reiteró su rechazo a la competencia del CONI e invocó la resolución judicial española que declaró nulo el proceso de petición de las autoridades italianas.

Añadió que le resulta incimprensible esta actuación contra de un ciclista por hechos acaecidos -caso de ser ciertos- fuera del territorio italiano y que su cliente se ha visto sumido en una total indefensión; "aun no nos han exhibido prueba alguna que incrimine a Alejandro".

Por útimo, ratificó que estan analizando la viabilidad de interponer querella contra los responsables del CONI. Atacará la falta de credibilidad del organismo italiano, pues hace dos años fue sospechoso por utilizar su laboratorio para que sus ciclistas eludieran el dopaje. Así figura en la información difundida por LAVERDAD.ES.

Reacción del CSD

El Consejo Superior de Deportes (CSD) subrayó en un comunicado que "respeta" la autonomía del Comité Olímpico Italiano (CONI) en su petición de dos años de sanción para el ciclista Alejandro Valverde, por un presunto caso de dopaje relacionado con la 'Operación Puerto', pero recuerda que la resolución de ésta es competencia española.

 

El CSD reitera que la denominada 'Operación Puerto' fue llevada a cabo por orden de un juzgado español y en consecuencia debe ser la justicia española quien resuelva definitivamente un procedimiento que celebrará "juicio oral en próximas fechas".

 

La nota añade que la Federación Española de Ciclismo (RFEC), de acuerdo con el CSD, "solicitó el pasado 23 de febrero la obtención de todas las pruebas en poder del juzgado para iniciar lo correspondientes expedientes administrativos porque este es el organismo competente para imponer las sanciones disciplinarias en los casos de dopaje".

Redacción de IUSPORT. 01.04.09

OPINIÓN
El caso Valverde: GIRO inesperado

ImagePor Javier LATORRE MARTÍNEZ

No hay dudas de que el caso VALVERDE toma nuevos derroteros con argumentos jurídicos poderosos. El Juez Titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, D. ANTONIO SERRANO ARNAL, ha dictado, en fecha 18 de febrero de 2009, un Auto en el que declara la nulidad de todo el proceso de petición de pruebas que ha realizado el CONI (Comité Olímpico Nazionale Italiano) por la presunta implicación del ciclista español ALEJANDRO VALVERDE BELMONTE en un caso de dopaje sanguíneo. Este Juez instruye asimismo la “Operación Puerto” por un presunto delito contra la salud pública.

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NOTICIA ANTERIOR
El abogado de Valverde afirma que la actitud del CONI no es pacífica
El periodico LAPROVINCIA.ES recoge en su edición del 20 de febrero de 2009 las declaraciones de Federico Cecconi, abogado italiano de Alejandro Valverde, según las cuales la investigación de la fiscalía antidopaje del Comité Olímpico Italiano (CONI) al ciclista español "parece de todo menos pacífica".

Cecconi se mostró perplejo ante la insistencia de la fiscalía antidopaje del máximo organismo deportivo italiano en continuar con las acusaciones sobre el corredor español.

El abogado italiano indicó que la fiscalía del CONI ha construido sus acusaciones sobre elementos de la "Operación Puerto", como se conoce a la investigación sobre la red de dopaje alrededor del doctor español Eufemiano Fuentes, "que ya fueron analizados y desestimados por la Justicia española y por el Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS)".

La fiscalía del CONI acusa a Valverde de intento de dopaje porque considera que una de las bolsas de sangre, la número 18, incautada al doctor Eufemiano Fuentes durante la "Operación Puerto" contiene "la sangre de Valverde" y en ella existen restos de EPO.

Cecconi explicó que durante el interrogatorio de ayer, el CONI no resolvió ninguna de las dudas que presentaron tanto él como el abogado español que viajó con Valverde, José Rodríguez.

Cecconi explicó que al margen de algunos detalles procesales como el conflicto de jurisdicción o la invalidez de las cartas rogatorias, como decretó esta semana la justicia española, el CONI tampoco precisa "cuándo se cometió el supuesto delito".

Aunque el CONI explicó que la acusación de Valverde se basa, como en caso del ciclista Ivan Basso, en un "intento de hacer uso de sustancias dopantes", el abogado italiano matiza que también en este caso se tendría que precisar "en que periodo de tiempo se produjo".

Con todas estas matizaciones, los abogados de Valverde escribirán una memoria defensiva que tienen que entregar al CONI en los próximos 15 días.

"Creo que nuestra memoria defensiva no puede ser rechazada", dijo Cecconi, que añadió que si la fiscalía antidopaje del CONI no la tuviera en consideración "se verá claramente que mantiene un comportamiento forzado para proseguir este caso".

Cecconi espera que "el CONI no decida alguna suspensión cautelar" sobre Valderde, aunque puntualizó que si se decide a aplicarle una sanción "podrá ser sólo relativa al territorio italiano".

El abogado comentó que Alejandro Valverde se mostró "sereno durante todo el interrogatorio, a pesar de estar claramente en un contexto que no es el suyo".

Sobre la apertura de una investigación por parte de la fiscalía de Roma, Cecconi aseguró que se trata de "un acto debido", ya que en el código penal italiano se contempla el delito de dopaje y por tanto es perseguible.


NOTICIA ANTERIOR
El juez declara nulo el proceso de petición del CONI contra Valverde

El juez titular del Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid ha dictado hoy, 18 de febrero de 2009, un auto declarando la nulidad de todo el proceso de petición de pruebas efectuado por el CONI (Procura del Comité Olímpico Nazionale Italiano), en especial la obtención de muestras personales de sangre, al ponerse de manifiesto que el denominado Procura Antidoping del Coni, el organismo peticionario, aunque aparezca en sus comunicaciones como Oficina de la Fiscalía Antidopaje, no es sino un órgano administrativo dependiente del Ministerio de Cultura italiano, en caso alguno vinculado a la Administración de Justicia italiana.

En el mismo auto, el Juzgado nº 31 de Madrid, que instruye las diligencias conocidas popularmente como ‘Operación Puerto’ por la presunta comisión de un delito contra la salud pública, ha prohibido expresamente emplear las evidencias obtenidas en la comisión de un delito para la investigación de otros distintos, como es el caso del referido al ciclista español Alejandro Valverde Belmonte.

Según informó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el juez declara la nulidad del proceso, "en especial la obtención de muestras personales de sangre, al ponerse de manifiesto que el denominado Procura Antidoping del CONI, organismo peticionario, aunque aparezca en sus comunicaciones como Oficina de la Fiscalía Antidopaje, es un órgano administrativo dependiente del Ministerio de Cultura, en caso alguno vinculado a la Administración de Justicia italiana".

Éste argumento fue uno de los utilizados por la representación procesal de Valverde contra la pretensión del CONI de citar a declarar al corredor, después de comprobar que su ADN se corresponde con una de las muestras requisadas en las bolsas de sangre -la número 18- encontradas en un domicilio del doctor Eufemiano Fuentes durante la 'Operación Puerto'.

El auto del magistrado-juez Antonio Serrano afirma también que, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "al no haber considerado necesaria para la instrucción de la causa la investigación de los titulares de las bolsas de sangre intervenidas, éstas no pueden ser utilizadas en otro procedimiento y para otro distinto".

"El Juzgado encargado de la legalidad del procedimiento de cooperación judicial internacional ha de regir su actuación por los derechos fundamentales", añade el auto, que razona la nulidad de las actuaciones del CONI por "emplear las evidencias obtenidas con una autorización relativa a la investigación de un presunto delito contra la salud pública" para "la indagación de otro pretendido hecho ajeno a la investigación".

El auto también alude a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y a la doctrina del Tribunal Supremo que entiende que "debe considerarse contraria a derecho la pretensión de obtener evidencias incriminatorias" sobre un delito "bajo el amparo de una autorización judicial para descubrir uno o varios delitos que nada tenían que ver con aquel".

El juez recuerda además que la normativa sobre asistencia jurídica en materia penal entre estados de la UE establece que "el Estado miembro requerido observará los trámites indicados por el requirente siempre que éstos no sean contrarios a los principios fundamentales del derecho" del primero.

El pasado 13 de febrero el CONI citó a declarar al corredor murciano en su sede en Roma para responder a las acusaciones de "violar el artículo 2.2 del Código Mundial de la Agencia Antidopaje (AMA) y el 2.11 de las Normas antidopaje italianas, en el marco de la 'Operación Puerto'.

El CONI, que notificó a la Federación Internacional de Ciclismo (UCI) y a la AMA la citación a Valverde, aceptó los aplazamientos para su comparecencia solicitados por el corredor.

La Fiscalía antidopaje olímpica italiana convocó al ciclista por los resultados de un análisis de sangre y orina efectuado por sorpresa por el CONI el 21 de julio de 2008 durante el Tour de Francia tras comprobar que su ADN coincide con el de la bolsa número 18 de las intervenidas en la Operación Puerto.

VER TEXTO ÍNTEGRO DEL AUTO


VIDEO MESA DE DEBATE

El dopaje estuvo presente en el coloquio así como un posible cambio de fechas en La Vuelta a España.

Más en www.sportyou.es


VIDEO: ENTREVISTA A ALEJANDRO VALVERDE SOBRE SU TRAYECTORIA DEPORTIVA




Modificado el ( 20 de abril de 2009 )
 
 

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