05 de julio de 2013 |
El CEDD desestima también el recurso del Racing contra el Guadalajara
El presidente del Racing (izquierda), con el abogado del club
El
Comité Español de Disciplina Deportiva ratificó este viernes, de nuevo con
argumentos distintos, el acuerdo del Comité de Apelación de la Real
Federación Española de Fútbol con relación a la
reclamación formulada por el Racing de Santander por presunta alineación indebida del Club Deportivo Guadalajara en el
partido que disputaron el pasado 26 de mayo, correspondiente a la 40ª jornada de la Liga Adelante de la pasada temporada 2012-2013.
En su resolución, el Comité Español, reiterando los argumentos expresados en las resoluciones precedentes (UD Las Palmas-Guadalajara y Racing-Girona), sostiene que la conducta del Club Deportivo Guadalajara en este asunto “no puede considerarse constitutiva de una infracción indebida ya que su conducta, que no se produce por primera vez en ese día, venía amparada por la confianza legítima en el comportamiento de los órganos de la RFEF competentes sobre la competición e incluso por el de los clubes competidores, teniendo además en cuenta que cualquier sombra de duda sobre el comportamiento del club denunciado tendría que resolverse en su favor por operar en este sentido tanto el principio de presunción de inocencia como el principio pro competitione”.
Una resolución favorable al Racing le habría reportado dos puntos más y permitido superar en la tabla al Murcia, recobrando su plaza en Segunda A. El Murcia, a su vez, se ha beneficiado del descenso administrativo del Guadalajara a Segunda B.
El club cántabro invocó nuevamente el artículo 122.2 del Reglamento General de la RFEF, según el cual “deberán tramitar licencia p [profesional], aquellos futbolistas que, estando inscritos en equipos de clubes adscritos a competiciones profesionales se alineen en partidos oficiales de su equipo, en al menos 10 ocasiones”, pero con un añadido.
Para los abogados del Racing, "lo del Guadalajara es diferente, porque ya tenía una denuncia pendiente. Podía haber consignado cautelarmente los 23.002,48 euros que costaba la ficha P o no haber convocado a los jugadores, pero no hizo ninguna de las dos cosas. Y sabía perfectamente el riesgo que corría. La resolución no era firme y aceptó el riesgo calculado. Dijo, quiero ahorrarme el dinero pero contar también con la calidad de los jugadores. Perfecto, pero no se cumple con lo exigido en el Reglamento. Para nosotros la actuación del Guadalajara es diametralmente distinta a la del Girona. Nosotros pedimos que se aplique el principio de legalidad, porque el Racing lo cumplió escrupulosamente y pago todo lo que tenía que pagar para tener a sus futbolistas como indica y, reitero, exige el Reglamento, es decir, con licencia profesional. Y así se lo hemos demostrado al CEDD en el escrito remitido. Todo esto claro que afecta a la competición, uno se ahorró un dinero importante que pudo destinar a fichajes, mientras otro destinó esa cantidad -que le hubiera venido fantásticamente bien para potenciar el equipo- a cumplir, de forma escrupulosa, con el mandato fijado en el Reglamento. El Guadalajara ya sabía lo que podía ocurrir, pues tenía una demanda ya presentada y conocía, por lo tanto, el riesgo en el que incurría al no cumplir con lo estipulado en el Reglamento".
El gozo en un pozo. El CEDD ha vuelto a pisotear el derecho positivo y envía a Segunda B a un histórico del fútbol español. Cosas veredes Sancho.
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Modificado el ( 11 de julio de 2013 )
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