15 de mayo de 2013 |
La "Reforma Laboral" aplicada al deporte profesional
Comentario
a la Sentencia de 7 de marzo de 2013 del Juzgado de lo Social 2 de
Tarragona (Caso Gimnàstic de Tarragona vs. R. Paragón y R. Gimeno)
Por Pere Vidal
Por primera vez, un Juzgado de lo Social se ha pronunciado a favor de la decisión de una entidad deportiva («Nàstic» de Tarragona) de reducir las cuantías salariales pactadas por contrato con sus jugadores profesionales, al amparo del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (en su nueva redacción dada por la conocida Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral), que permite a las empresas "acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción".
En este caso, en fecha 11 de julio de 2012 el Nàstic comunicó a sus jugadores Rodrigo Gimeno y Roberto Peragón sus nuevas condiciones salariales, con efectos del 1 de agosto de 2012, que pasarían a ser en ambos casos de 40.000 euros brutos anuales.
Las causas alegadas por el Nàstic para justificar la decisión fueron los resultados económicos negativos registrados desde el ejercicio 2009 y que persistían al momento de la comunicación, agravados por la pérdida de ingresos (televisivos, taquillas, publicidad, etc.) a consecuencia del inesperado descenso de categoría a 2ª División B al final de la temporada 2011/2012. Dicha decisión fue impugnada judicialmente por los jugadores afectados.
TEXTO COMPLETO
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Modificado el ( 15 de mayo de 2013 )
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