19 de diciembre de 2012 |
La Audiencia Provincial de Madrid reabre la causa por los viajes privados de la RFEF en contra de la petición del fiscal
La Audiencia Provincial de Madrid (sección cuarta) ha dictado auto revocando parcialmente el dictado en noviembre de 2010 por el juez a quo, y ordena a este proseguir las investigaciones en lo que se refiere a los viajes al Mundial de Corea y Japón y "a la justificación de las partidas de la cuenta de caja relativas a dietas y gastos de viajes".
El auto afecta a Villar, así como al administrador general de la RFEF, José María Castillón; al vicepresidente económico Juan Antonio Padrón; al miembro de la Junta Directiva Antonio Borrás; y al vicepresidente Juan Espino.
La reapertura del caso es consecuencia del recurso de apelación interpuesto contra el archivo por el vicepresidente segundo de la Liga de Fútbol Profesional, Javier Tebas, que fue quien en 2003 interpuso una denuncia por los presuntos delitos de apropiación indebida, administración desleal y falsedad documental.
El tribunal justifica la reapertura de la causa en las conclusiones de un informe elaborado por dos peritos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Ese informe señala que la justificación de los viajes realizados con fondos de la RFEF "es deficiente" y que la manera de facturarlos "era caótica". Así, según Hacienda, algunas facturas eran emitidas "con un retraso de años", mientras que en otras ocasiones faltaba en las facturas -cuyo pago la RFEF "demoraba mucho"- el detalle necesario para conocer "el desglose de los gastos en que incurrieron los acompañantes de los federativos".
"Puede aventurarse que los gastos de viaje de los acompañantes de determinados miembros o directivos de la RFEF eran abonados con fondos de ésta y que no estaba previsto que tales desembolsos fueran luego a ser reintegrados al patrimonio de la Federación", dice el auto, que añade: ".. no se había acordado por el órgano federativo competente que esos gastos de viaje a familiares o acompañantes fueran abonados con cargo al patrimonio de la Federación y, de otro lado, que los imputados conocían que el abono de esos gastos por la Federación era cuando menos irregular".
"Es claro que procede la continuación de la causa (...), pues existen indicios que conducen a la razonable probabilidad de que los imputados que ostentaban cargos en la RFEF puedan haber incurrido en un delito de apropiación indebida o en un delito societario de administración desleal", señala el tribunal.
Y concluye: La conducta atribuida a los imputados "sí generaba el perjuicio requerido por los tipos penales que pudieran resultar aplicables, pues es evidente que el pago de los gastos de viaje de los familiares o acompañantes de los cargos federativos suponía una directa detracción de fondos de la RFEF, con el consiguiente y directo perjuicio al patrimonio de ésta"
El fiscal se había opuesto a la reapertura de la investigación argumentando, entre otras cosas, que la RFEF es una entidad asociativa privada, pero la Audiencia entiende que el Código Penal no exige "que las conductas delictivas recaigan sobre fondos públicos o entidades públicas".
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Modificado el ( 24 de diciembre de 2012 )
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