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11 de julio de 2012
El F.C. Barcelona se plantea impugnar las medidas de gracia de la RFEF

Toni Freixa, portavoz del Fútbol Club Barcelona, hizo pública la postura oficial del club catalán a raíz de las medidas de gracia
acordadas por el presidente de la RFEF.

Freixa insistió en el rechazo a la medida de gracia y anunció la intención del club de solicitar a la Federación formalmente "la creación de un grupo de trabajo" para regular en los estatutos la aplicación de las medidas de gracia.

"El Barça mostró de varias formas su rechazo a la amnistía, pero no pudo evitarla. Le pedimos a la Federación un grupo de trabajo para evaluar cómo se debe proceder con las medidas de gracia. El presidente dice que puede tomarlas, pero en los estatutos no dice ni que sí, ni que no", puntualizó Toni Freixa.

"Se lo plantearemos a la Federación y esperamos respuesta satisfactoria. En caso contrario tendríamos que plantearnos cosas que no queremos ni plantearnos". En este sentido, preguntado por un periodista, el portavoz azulgrana dio a entender que el Barcelona no descarta recurrir, en última instancia, a la vía judicial. "La vía judicial está abierta para todo el mundo y, evidentemente, disponemos de esa opción. Pero ese no es nuestro planteamiento de base. Si al final no nos dejan ninguna opción más, podríamos recurrir a élla", concluyó.

Refiriéndose ya al personaje de siempre, Freixa añadió: "entendemos que una agresión como la de Mourinho no puede quedar impune. La agresión a Tito no se reflejó en el acta y la calificación del Comité fue que la agresión era leve pero fue una acción muy grave, a traición, que vio todo el mundo".

No deja de ser absurda esta argumentación, pues la historia de los indultos, en todos los ámbitos, demuestra que no es la gravedad de los hechos el único criterio, ni el determinante, a la hora de su concesión.

Otra cosa sería cuestionar la competencia federativa para adoptar estas medidas de gracia. De plantear así la cuestión, el recurrente contaría con un precedente importante a su favor.

El Comité Español de Disciplina Deportiva negó en 2004 la legalidad de las medidas de gracia deportivas

En su Resolución 20/2004 bis (Aranzadi, RJD n.º 12, RC 194, piragüismo), el Comité Español de Disciplina Deportiva (CEDD) declaró que «Este Comité conoce que, ocasionalmente, algunos órganos federativos de Federaciones diversas toman acuerdos similares que podríamos denominar “de indulto”.

Según el CEDD, no hay en la vigente Ley del Deporte ni en el Reglamento de Disciplina Deportiva norma alguna que otorgue a las Federaciones deportivas españolas la competencia para dictar actos generales de gracia.

La potestad disciplinaria deportiva está configurada en nuestro Ordenamiento jurídico como una potestad pública que ejercen por delegación las Federaciones deportivas, y como tal, no cabe extenderla ni restringirla más allá de lo que la propia Ley establece.

Y concluye: este Comité tiene que declarar, como cuestión de orden público, la nulidad absoluta de una decisión federativa que cancela o perdona responsabilidades disciplinarias, [...] revocando y dejando sin efecto alguno la condonación o perdón de las sanciones impuestas, [...] que deberán ser satisfechas por los Clubes sancionados»


INFO RELACIONADA:


- Ley 1/1988, de 14 de enero, por la que se modifica la Ley de 18 de junio de 1870, estableciendo reglas para el ejercicio de la Gracia de Indulto.

- Ley de 18 de junio de 1870, estableciendo reglas para el ejercicio de la Gracia de Indulto
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lregi.html

- Trabajo doctrinal

Modificado el ( 14 de julio de 2012 )
 
 

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