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04 de marzo de 2007

Crónica de la Jornada IUSPORT 2007

Crónica de la Jornada de Derecho Deportivo IUSPORT 2007

2 de marzo de 2007

Gianni Infantino, Secretario General de la UEFA, puso el broche final a la Jornada de Derecho Deportivo IUSPORT 2007. En su intervención de clausura manifestó, en cuanto al tema de la violencia, que el mundo del deporte en general y el fútbol en particular tienen que continuar sus medidas contra la violencia, que deben ser contundentes, pero en este esfuerzo es imprescindible el concurso de las autoridades públicas, con el fin de hacer que el fútbol aglutine de nuevo a todas las familias. Refiriéndose a los recientes sucesos de Italia, indicó que el gobierno transalpino tomó de forma inmediata las medidas necesarias, creando una nueva legislación sobre las infraestructuras y la seguridad, implementando la ley existente de forma contundente. Así mismo, los clubes y la federación están trabajando en la misma línea para que incidentes de ese tipo no vuelvan a producirse. En otro orden, Infantino defendió la necesidad de priorizar el calendario internacional único. Sobre el cuestionado derecho de los clubes a ser compensados por la cesión de jugadores a las selecciones, señaló  que deben estudiarse soluciones alternativas, como, por ejemplo, la concertación de pólizas de seguro. En ese sentido, puntualizó, UEFA y FIFA trabajan codo a codo en ese tema.

El 2 de marzo de 2007 tuvo lugar la Jornada IUSPORT sobre Derecho Deportivo. En el Real Club Náutico de Gran Canaria se dieron cita ANTONIO MILLÁN GARRIDO, Catedrático de Derecho mercantil y Vicepresidente de la AEDD; JUAN DE DIOS CRESPO PÉREZ, miembro, entre otros organismos, de la “International Association of Sports Law “(IASL)  -Olimpia (Grecia) y del Comité de la UIA de Derecho Deportivo - (Delegado español); MARCOS DE ROBLES MIRALBELL, Miembro del TAS (Tribunal Arbitral du Sport) (Suiza); XAVIER-ALBERT CANAL GOMARA, Ex-Secretario de la Comisión de Disciplina del Fútbol Club Barcelona y Presidente de la Associació Catalana de Dret Esportiu; JAVIER RODRÍGUEZ TEN, Doctor en Derecho y webmaster de la AEDD; JOSÉ MATEO DÍAZ, Ex Magistrado del Tribunal Supremo y Presidente del Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol; JUAN JOSÉ COBO PLANA, Magistrado en excedencia, Ex titular del Juzgado de lo Mercantíl que tramita el concurso de acreedores de la UD LAS PALMAS; EMILIO A. GARCÍA SILVERO, Abogado-Jefe de Asuntos Legales de la Real Federación Española de Fútbol y Vocal de la Cámara de Control y Disciplina de la UEFA; CARLOS DEL CAMPO COLAS, Secretario General de LFP; NICOLÁS DE LA PLATA CABALLERO, Doctor en Derecho y Master en Dirección y Gestión Deportiva; y GIANNI INFANTINO, Secretario General En Funciones de la UEFA.

Presidió el acto de inauguración el Consejero de Educación, Cultura y Deportes Isaac Cristóbal Godoy Delgado, acompañado por el Director General de Deportes, José Manuel Betancort Álvarez, ambos del Gobierno de Canarias, Institución que promovió el evento.

El primero en el uso de la palabra fue el director de IUSPORT, Antonio Aguiar, quien hizo un recorrido por los primeros diez años de la web, destacando que hasta febrero de 1997, año de nacimiento de IUSPORT, el Derecho Deportivo no existía en Internet. Tras él tomo la palabra el Director General de Deportes, cerrando el acto de inauguración el Consejero de Educación, Cultura y Deportes. Ambos pusieron de relieve que Canarias juega bien "en el campo", estamos dentro de las primeras cinco comunidades autónomas en rendimiento deportivo, pero también "fuera de él", como acontece, por ejemplo, con la web IUSPORT, pionera entre las de su clase.

La primera ponencia corrió a cargo de Antonio Millán Garrido, quien hablo sobre las "Consideraciones generales sobre el fenómeno de la violencia en el deporte: Propuestas de política normativa". Sus conclusiones fueron las siguientes: Resulta innegable la interrelación entre la violencia en la práctica deportiva (violencia endógena) y la violencia cometida con ocasión del evento deportivo (violencia exógena): la primera de ellas se retroalimenta de la violencia de los espectadores y ésta lo hace de los hechos violentos acontecidos en el propio juego. De aquí la orientación dual que deben tener las medidas básicas tendentes a eliminar los comportamientos violentos tanto de los espectadores y público en general como de los propios deportistas. En la lucha contra la violencia en la práctica deportiva son instrumentos utilizables el Derecho penal, el Derecho civil y el Derecho administrativo, éste a través de la ordenación técnica de la modalidad deportiva y de su régimen disciplinario. Como medidas básicas para luchar contra la violencia en la práctica deportiva destaca la depuración de las reglas técnicas por las federaciones deportivas (con control de la misma Administración), la aplicación inmediata y rigurosa tanto de las reglas del juego como de la disciplina deportiva (generalizando la actuación de oficio de los órganos competicionales, ampliando la legitimación activa, otorgando facultades a la Comisión Nacional y arbitrando cuantos medios técnicos sean necesarios para lograr que los procedimientos se resuelvan con celeridad) y la imposición de sanciones adecuadas dentro de las previsiones normativas vigentes, no necesariamente circunscritas a las multas o suspensiones (considerándose que una posibilidad efectiva en el estricto ámbito deportivo vendría dado por la pérdida de puntos o puestos en la clasificación como accesoria conjunta para aquellos deportistas o equipos que acumulasen un número determinado de sanciones por violencia), sin olvidar las actuaciones socioeducativas o de estímulo dirigidas a fomentar el respeto mutuo entre los deportistas y la asunción del juego limpio como valor esencial del deporte.

La segunda ponencia estuvo a cargo del prestigioso abogado Juan De Dios Crespo Pérez, autoproclamado “iusportista”, bajo el título "IUSPORT: El medio de publicar ágil y sin trabas. Una ventana para los profesionales del derecho deportivo". De su intervención entresacamos lo siguiente: “La verdad es que parece que haya tenido siempre a esta entrañable página de derecho deportivo a mi lado y que me haya acompañado desde los lejanos años de mis inicios en la abogacía, pero no, tuve que admitir que ni podía tirar de ella allá por 1982, cuando debía discutir con los demás vocales de la Junta Directiva de la Federación Valenciana de Fútbol-Sala (independiente, pero ahora desaparecida al ser engullida  por el fútbol) ni tenía acceso a la jurisprudencia o doctrina necesaria como Juez único de competición de esa misma Federación sobre 1987, ni tampoco había posibilidad de echar mano de ella para ayudarme profesionalmente tras incorporarme a la asesoría jurídica del Valencia CF en 1994”.

La ponencia de Marcos de Robles Miralbell versó sobre "La titularidad de la competiciones deportivas y las diferentes responsabilidades que se generan". De Robles puso el acento en la cierta indeterminación que aun subsiste sobre la identificación del verdadero organizador de un evento o competición, con las gravísimas consecuencias que ello trae consigo, habida cuenta la inseguridad jurídica que genera.

Javier Rodríguez Ten hizo una laboriosa sistematización de las principales sentencias dictadas por los tribunales españoles en las últimas décadas, estudio que consideramos imprescindible para conocer la evolución del Derecho Deportivo en España.

Xavier-Albert Canal Gómara, en su ponencia dedicada a la tributación de los deportistas con el nuevo IRPF, planteó la necesidad de diferenciar, a afectos de determinación del tipo aplicable en el IRPF, la etapa activa de los deportistas profesionales frente al resto de sus años fuera de la competición. Matizó, no obstante, que el asunto no es en absoluto sencillo, ya que, tras dejar el deporte activo, muchos deportistas se mantienen vinculados al deporte profesional como técnicos, entre otras labores, con altas retribuciones, lo que a su vez habría que considerar dentro de una, en todo caso, necesaria reformulación de la tributación de aquellos.

Juan José Cobo Plana se refirió a "La Ley Concursal y los clubes deportivos profesionales". Dedicó gran parte de su intervención a relatar su experiencia como juez de lo mercantil en el caso UD LAS PALMAS, primer concurso de acreedores producido en España tras la Ley Concursal [el precedente inmediato, el Oviedo CF, se había regido por la antigua de Ley de Suspensiones de Pagos, y terminó con la liquidación de la entidad ovetense]. Sin otorgarle preeminencia dentro de la problemática inherente a estos casos, Cobo Plana señaló “la intendencia” como uno de los primeros problemas de especial entidad que se le suscitaron en el momento de plantearse una eventual liquidación de la SAD. Recordó que en la UD LAS PALMAS concurrían -en grandes números- 500 acreedores, 37 empresarios de especial solvencia, y 300 abogados. El juicio, caso de haber llegado a la liquidación –que nunca se acordó- hubiese tenido que celebrarse en unas instalaciones similares al conocido Edificio Elder de Las Palmas de Gran Canaria, con una superficie de varios miles de metros cuadrados, y hubiese tenido una duración aproximada de dos años.

En la jornada de tarde, dentro de la Mesa de Debate "El deporte profesional en Europa. Especial referencia al caso español, tomó la palabra en primer lugar José Mateo Díaz, quien puso en solfa el a su juicio excesivo intervencionismo de la Administración Pública sobre las federaciones deportivas. También aludió a los tribunales ordinarios, citando el caso de Luís Aragonés, en el que el criterio de un juez unipersonal de lo contencioso-administrativo se impuso sobre tres comités deportivos (el de competición y apelación de la Real Federación Española de Fútbol, y el Español de Disciplina Deportiva), órganos pluripersonales que fallaron en un mismo sentido, justo el opuesto al mantenido por el Juez de lo Contencioso, circunstancia que debe hacer reflexionar.

Tras José Mateo tomó la palabra Emilio A. García Silvero, quien defendió la libre cesión sin contrapartida especial a cargo de las federaciones deportivas, apoyado en preceptos de la Ley española 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y en la normativa de las FIFA y de la propia Real Federación Española de Fútbol. Añadió que los jugadores obtenían un incremento en su cotización al participar con las selecciones, de la que se beneficiaban los clubes. También hizo mención a la naturaleza jurídica de los árbitros, a quienes –mutatis mutandis- equiparó a los profesores de religión; invocó la reciente sentencia del Tribunal Constitucional en la que se reconoció la preeminencia del ente titular –la Iglesia, en nuestro caso la Real Federación Española de Fútbol- sobre la entidad –el Ministerio de Educación, aquí la LFP-, que recibe la efectiva prestación de los servicios.

A continuación intervino Carlos del Campo Colás. Sin negar la obligación legal de asistir a las convocatorias de las selecciones, del Campo defendió el derecho de los clubes a ser compensados económicamente por las federaciones deportivas, y, en contestación puntual a Emilio A. García Silvero, “negó la mayor”; opinó que las únicas beneficiadas en dicha cesión eran las federaciones deportivas: son los clubes los que arriesgan y ponen la inversión, mientras que las federaciones deportivas se limitan a recoger los frutos de aquel esfuerzo. 

Nicolás de la Plata, en el tono ameno que le caracteriza, analizó el deporte profesional desde la óptica de los “otros deportes”, poniendo sobre la mesa las contradicciones en las que ha incurrido el legislador al dejar fuera de los límites de este segmento modalidades en las que, a su juicio, concurren todos y cada uno de los requisitos que la propia normativa  exige para la declaración de profesionalidad de una modalidad.
Cerró la Jornada Gianni Infantino, Secretario General de la UEFA, seguido de una rueda de prensa presidida por el Director General de Deportes del Gobierno de Canarias.

INFORMACIÓN RELACIONADA

  • Galería de imágenes - Jornada IUSPORT 2007 
  • Video JORNADA IUSPORT 2007 (I)  


  • Modificado el ( 19 de febrero de 2017 )
     
     

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