06 de febrero de 2012 |
Contador cae bajo la guillotina del TAS
Por Javier Navarro Navarro
Tras un largo procedimiento, el Tribunal Arbitral du´Sport se ha pronunciado definitivamente sobre el caso Contador, estimando que el deportista español es responsable de un caso de dopaje, imponiéndole una sanción de dos años. Para llegar a esta conclusión se ha formulado lo que en la Resolución han denominado “La teoría del complemento alimenticio”, haciendo referencia con este término a una abstracta, confusa, heterogénea y, en cierto modo, enrevesada mezcla de factores.
Pero, antes de nada, retrotraigámonos en el tiempo y hagamos un poco de historia. Tras haber estado disputando los puestos de cabeza en las primeras jornadas del Tour de Francia, Alberto Contador se situó como líder de la prueba gala en la jornada 15. Todo parecía ir rodado para el corredor pinteño y, de hecho, terminó alzándose con la victoria en los Campos Elíseos tras recorrer algo más de 91 horas a lomos de su bicicleta. Pero, en aquel momento, el ciclista español no era consciente del vendaval que se le avecinaba.
Cerca de dos meses después de que el corredor se enfundase por última vez el “Maillot jaune” en la ronda gala del año 2010, en el mes de septiembre, la organización de la competición ciclista francesa emitió una nota en la que indicaba que se habían encontrado en los controles antidopaje de Contador 50 picogramos de una sustancia prohibida por las respectivas listas Agencia Mundial Antidopaje (WADA) y de la Unión Ciclista Internacional (UCI): el clembuterol. Esta sustancia es un fármaco empleado en el tratamiento de enfermedades respiratorias como descongestionante y broncodilatador, por lo que podría favorecer la cantidad de oxígeno percibida a nivel muscular, dando lugar a la producción de efectos ergogénicos y, por ende, mejorar el rendimiento deportivo. Ante unas acusaciones de tal calado, el ciclista se apresuró a desmentir cualquier implicación en un supuesto de dopaje, argumentado que había sido víctima de un caso de contaminación alimentaria por un solomillo de ternera comprado en una carnicería de Irún (Guipúzcoa).
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Modificado el ( 06 de febrero de 2012 )
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