12 de diciembre de 2010 |
ESPECIAL REFERENCIA AL CASO FC BARCELONA
La prescripción de la acción social de responsabilidad contra directivos de clubes deportivos
Por José Antonio VIVANCO HIDALGO
En la actualidad, y gracias a los medios de comunicación y al grado de complejidad del tejido social asociativo, las consecuencias jurídicas tanto de los eventos deportivos de cualquier tipo, campeonatos, relaciones entre federaciones y ligas con sus asociados y viceversa, así como de las propias entidades deportivas, se desarrollan a una velocidad de vértigo.
Como ejemplo de la complejidad de las relaciones de gobierno de los clubes deportivos, y la velocidad de vértigo con que se suceden las noticias relacionadas con los mismos, tenemos la reciente aprobación del acuerdo del ejercicio ante los Juzgados y Tribunales de Justicia de la acción social de responsabilidad contra los ex directivos del F. C. Barcelona por las deudas generadas durante su gestión.
El presente artículo versará sobre la naturaleza jurídica de dicha acción social de responsabilidad y el plazo de prescripción para su ejercicio en el territorio catalán, intentando así dar un algo de luz, modestamente, a tan complejo tema.
TEXTO COMPLETO
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Modificado el ( 13 de diciembre de 2010 )
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