18 de marzo de 2010 |
Los avales del F.C: Barcelona: Manual de uso de la Sentencia 87/2010
Por Romà BOSCH y Adrià COTS
La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado recientemente la sentencia nº 87/2010, por la que ha condenado a algunos miembros de la Junta Directiva del FC Barcelona a presentar el aval que la Ley del Deporte exige como garantía por la responsabilidad de los directivos de un club de fútbol profesional por las pérdidas que éste pueda sufrir por culpa de su gestión. Esta sentencia pone de manifiesto la incoherencia interna de la Ley del Deporte, y supone una advertencia para los socios que quieran presentarse a las futuras elecciones a la Junta del FC Barcelona.
Desde el ejercicio 2005-2006, la Junta presidida por Joan Laporta no prestaba dicho aval, gracias a los beneficios económicos acumulados durante toda su presidencia. Como veremos, la cuantía de este aval depende en buena medida del resultado económico derivado de la gestión de cada Junta.
Lo que ha hecho la sentencia 87/2010 ha sido determinar que el primer ejercicio del mandato de la actual Junta, cuya duración fue de ocho días, se cerró con unas pérdidas contables de 63,8 millones de euros. Estas pérdidas no habían sido tenidas en cuenta al calcular el resultado económico de la Junta presidida por Joan Laporta.
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Modificado el ( 10 de abril de 2010 )
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