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BOLETIN Vie, 25.Mar.1994 XII/036

I. DISPOSICIONES GENERALES

Consejería de Educación, Cultura y Deportes


391 ORDEN de 8 de marzo de 1994, por la que se aprueba el Calendario Electoral General de las Federaciones Deportivas Canarias.

Vista la Orden de 8 de julio de 1993 (B.O.C. de 26.7.93), en la que se establece el primer semestre de 1994 como plazo para la celebración de elecciones a los órganos de gobierno y representación en las Federaciones Deportivas Canarias, y la Orden de 27 de diciembre de 1993, por la que se aprueba el Reglamento General de las Federaciones Deportivas Canarias.

Vistos los reglamentos electorales particulares actualmente en vigor en diversas Federaciones Deportivas Canarias.

Considerando que a la fecha de la presente no consta que se haya efectuado convocatoria alguna de elecciones en las Federaciones Deportivas Canarias, a excepción de la de Bolas y Petanca.

Considerando que, de aplicarse los plazos previstos en los reglamentos electorales particulares de las Federaciones Deportivas Canarias, se sobrepasaría con creces el plazo del primer semestre de 1994 establecido en la citada Orden de 8 de julio de 1993 para la celebración de elecciones a los órganos de gobierno y representación de las mismas.

Por todo ello, procede aprobar un Calendario Electoral General para todas aquellas Federaciones Deportivas Canarias que a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias no hayan procedido a efectuar la preceptiva convocatoria de elecciones, con el fin de acortar los procesos electorales, sin merma de las garantías que asisten a los interesados.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se aprueba el Calendario Electoral General de las Federaciones Deportivas Canarias para su aplicación en las elecciones a los órganos de gobierno y representación de las mismas, el cual se inserta en el anexo de la presente Orden.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogados los plazos establecidos para la celebración de elecciones, tanto en los reglamentos electorales particulares de las Federaciones Deportivas Canarias, como en el Reglamento Electoral General, aprobado por Orden de 27 de diciembre de 1993 (B.O.C. de 18.2.94), en sus artículos 16.5, 29 y 30.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se faculta al Director General de Deportes para aprobar un calendario singular y diferenciado a aquellas Federaciones que así lo soliciten, previa acreditación de las razones que lo motiven.

Segunda.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 1994.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Mendoza Cabrera.

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