02 de abril de 2009 |
Exclusi贸n de Hamilton del GP de Australia 2009
Antonio Jos茅 Gonz谩lez Hern谩ndez
En el pasado Gran Premio de Australia, los comisarios, tras tomar declaraci贸n a los implicados, decidieron sancionar con 25 segundos a帽adidos a su tiempo total al conductor de Toyota, Jarno Trulli, por adelantar a Lewis Hamilton, de McLaren, cuando el coche de seguridad o Safety Car, estaba en pista, con banderas amarillas. Ello constituye una infracci贸n sancionada con un 鈥渄rive throug鈥 o paso por el callej贸n de boxes a velocidad limitada, o bien 25 segundos a帽adidos al tiempo total cuando suceda en las 5 煤ltimas vueltas de una carrera. Posteriormente, el 2 de abril, los comisarios, tras encontrar nuevas evidencias, procedieron a revisar la decisi贸n anterior, concluyendo que tanto el equipo McLaren como el conductor Lewis Hamilton hab铆an dado informaci贸n no veraz, por lo que impusieron la sanci贸n de descalificaci贸n, tanto al conductor como al equipo, restituyendo a Jarno Trulli en su tercera posici贸n en la clasificaci贸n. Esas nuevas evidencias han sido un v铆deo de un aficionado, que muestra como, despu茅s del ingreso en pista del coche de seguridad, Jarno Trulli se sale levemente de pista, siendo adelantado por Lewis Hamilton, y por la grabaci贸n de las conversaciones de este 煤ltimo con su equipo, en la que se oye como le recomiendan varias veces a su piloto dejarse adelantar por el piloto de Toyota para no ser sancionados por adelantar con banderas amarillas. En su declaraci贸n, tanto el equipo como el conductor simplemente declararon que Jarno Trulli hab铆a adelantado con banderas amarillas, sin mencionar nada de las conversaciones anteriores.
A dichos hechos, los comisarios han aplicado el art铆culo 158 del C贸digo Deportivo Internacional, que estipula que los comisarios pueden excluir de uno o varios eventos o carreras a un piloto, en aplicaci贸n del art铆culo 141 del mismo C贸digo que establece las competencias de los comisarios. La raz贸n para decidir la exclusi贸n ha sido el art铆culo 151 c), que estipula que cualquiera de las siguientes infracciones se considerar谩 una infracci贸n a las normas: c) Cualquier conducta fraudulenta o cualquier acto perjudicial para los intereses de cualquier competici贸n o para los intereses del deporte del motor en general.
En mi opini贸n, una acertada decisi贸n de los comisarios.
Antonio Jos茅 Gonz谩lez Hern谩ndez Abogado
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Modificado el ( 09 de abril de 2009 )
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