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El voto por correo como 'casus belli'. Por ALFREDO RELA脩O
07 de octubre de 2008

El voto por correo como 'casus belli'

AUTOR: ALFREDO RELA脩O (Director Diario AS)

Reconsider茅moslo: las federaciones deportivas (la de f煤tbol, por ejemplo) son sociedades de derecho privado que se deben a sus federaciones internacionales, y por eso mismo se espera de ellas que se subordinen a la correspondiente norma internacional. Pero al tiempo, esas federaciones tienen delegada la competencia del desarrollo de su deporte en el pa铆s, y su representaci贸n internacional. En nuestro caso, el uso del nombre de Espa帽a, sus deportistas, su himno y su bandera. Y subvenciones. Por eso mismo cabe esperar de ellas que se atengan al ordenamiento jur铆dico espa帽ol sin reservas.

Compaginar ambas normativas no deber铆a ser dif铆cil para cualquier persona razonable. Puede haber colisi贸n en pa铆ses turbulentos en los que de pronto un dictador semisalvaje pretende, por la cara, poner a su cu帽ado de presidente de tal federaci贸n. Para esos casos cre贸 la FIFA (por centrarnos en el caso del f煤tbol) un reglamento que protegiese su funcionamiento ante arbitrariedades e intromisiones. Pero en pa铆ses de la calidad de democracia y de convivencia del nuestro no deber铆an existir fricciones. Y, sin embargo, existen. Villar apuesta por una normativa electoral que el CSD no ve admisible.

Villar viene de un enfado a mi juicio justo: se le pretendi贸 empujar a que convocara elecciones antes de plazo. Se resisti贸. Lissavetzky entendi贸 razonable su resistencia y la atendi贸. Pero en aquel alboroto Villar obtuvo de su asamblea un modelo electoral 'sui g茅neris', del que ahora ha estado dispuesto a abdicar en todo menos en el modelo del voto por correo, un modelo 'a lo Florentino', para entendernos. El CSD lo ve inaceptable. Y es inaceptable. El voto por correo no puede ser recaudado con intimidaci贸n y sin garant铆as. Por algo tan irracional no puede Villar volcar la mesa y ponerse en evidencia ante la FIFA y el COI.

Villar lleva al CSD a una situaci贸n l铆mite

Lissavetzky har谩 cumplir la Orden Ministerial en el voto por correo

Autor: ENRIQUE ORTEGO (Adjunto a la Direcci贸n Diario AS)


La convocatoria de elecciones a la Federaci贸n Espa帽ola de F煤tbol (FEF) est谩 a punto de provocar otra guerra abierta entre el organismo que preside 脕ngel Villar con el Consejo Superior de Deportes (CSD). Despu茅s de tres semanas de negociaciones entre ambos organismos para intentar consensuar la Orden Ministerial del 7 de diciembre 2007- que regula la asistencia a las urnas en las distintas Federaciones-, con el reglamento de la FIFA al que se quiere ajustar la FEF, se hab铆a llegado a un principio de acuerdo, aprobado incluso por la Comisi贸n directiva de CSD y la Junta de Garant铆as Electorales, s贸lo con una observaci贸n sobre el voto por correo, pero Villar ha roto el pacto al negarse a ajustarse en este asunto a la legislaci贸n espa帽ola.

Jaime Lissavetzky, secretario de Estado para el deporte, espera que en las pr贸ximas horas Villar entre en razones y acepte las soluciones que le han planteado desde el CSD para adecuar el voto por correo a la Orden Ministerial y si no lo hace est谩 dispuesto a cumplir con la legislaci贸n vigente. En todo caso ser铆a la Junta de Garant铆as Electorales la que comenzar铆a un proceso administrativo contra la FEF y el primer paso ser铆a la suspensi贸n cautelar de las elecciones por no acogerse a dicha Orden Ministerial. Hay que tener en cuenta que, adem谩s, ya existe una denuncia externa puesta por Javier Tebas, vicepresidente de la Liga Profesional, -aunque lo hizo a t铆tulo personal-, en la que se denuncia la convocatoria electoral por no ajustarse a la normativa.

Negociaci贸n. Durante tres semanas, representantes del CSD y la FEF han estado negociando la adecuaci贸n de los dos distintos puntos de vista que enfrentaban a los dos organismos. La Federaci贸n acept贸 distintos puntos planteados en la Orden Ministerial que chocaban con su reglamento. El principal es que a las elecciones se pudiera presentar cualquier persona f铆sica sin la necesidad de tener un a帽o de antigüedad en alguno de los 贸rganos de gobierno y representaci贸n de la FEF, de la FIFA, de la UEFA, de una Federaci贸n de 谩mbito auton贸mico o de las Ligas nacionales, o ser miembro de Juntas Directivas o Consejos de Administraci贸n de los clubes de 谩mbito estatal.

Tambi茅n acept贸 que un miembro de la Asamblea pudiera avalar a m谩s de un candidato en lugar de s贸lo a uno como planteaban en sus estatutos; que los avales para presentar un candidato fueran del 15 por ciento en lugar del 25 por ciento como la Asamblea federativa pretend铆a y, finalmente, que el voto electr贸nico fuera una realidad simplemente con la petici贸n de uno de los candidatos, no de todos como pretend铆an desde el organismo presidido por Villar.

Incluso el CSD acept贸, en prueba de buena voluntad, que no se reflejara exactamente en el reglamento que se ten铆a que "acoger al ordenamiento jur铆dico espa帽ol" como se refleja en la Orden Ministerial y se hab铆a eliminado del elaborado por la FEF porque se sobreentiende que si se presenta para su aprobaci贸n ante el Consejo es que se ajusta a la legislaci贸n espa帽ola y para evitar que la FEF pudiera argumentar que esa inclusi贸n pudiera contradecirse con la normativa FIFA.

Una vez consensuados todos estos puntos se redact贸 un reglamento com煤n aprobado por la Comisi贸n directiva con la 煤nica observaci贸n de que la FEF ten铆a que especificar c贸mo iba a desarrollar el voto por correo. Esta observaci贸n no significaba ning煤n cambio en todo lo acordado en las negociaciones, ni ninguna correcci贸n, pero sin embargo ha suscitado una reacci贸n extrema de Villar hasta el punto de convocar las elecciones de acuerdo con el reglamento aprobado por la Asamblea del 3 de marzo y no con el que se acababa de pactar con el CSD con las salvedades antes expuestas.

Si Villar no cambia y se mantiene firme en convocar las elecciones de acuerdo a "su" reglamento y no al consensuado con el CSD en las 煤ltimas negociaciones mantenida por ambos organismos, la intervenci贸n de la Junta de Garant铆as ser谩 inmediata y el primer paso ser谩 la suspensi贸n cautelar de las elecciones y el comienzo de un proceso administrativo.

Desde el CSD se cree que el desarrollo del voto por correo, tal y como fija en la Orden ministerial, no choca con el reglamento FIFA, que tambi茅n exige en sus normas que sea lo m谩s democr谩tico posible, sino que son complementarios.

En las 煤ltimas horas presidentes de varios clubes est谩n intentado convencer a Villar de que acepte el voto por correo tal y como se recoge en la Orden ministerial. Estos mismos "hombres buenos" son los que le convencieron en su d铆a para solicitar el aplazamiento de las elecciones y el CSD no tuviera argumentos para inhabilitarle.

El voto por correo reabre la guerra

El CSD se va a mantener firme en el asunto del voto por correo porque quiere garantizar la mayor pulcritud posible y que no pueda haber ninguna duda al respecto, como pasara en las pasadas elecciones. Su propuesta a la FEF se concreta en dos posibilidades bien espec铆ficas. La primera es a trav茅s de una estafeta de correos donde el votante depositar铆a su voto f铆sicamente tras presentar la documentaci贸n pertinente y una segunda, que ser铆a ante notario, en la que incluso podr铆a acudir a las sedes de las territoriales para facilitar y agilizar los tr谩mites.

La FEF pretende que todo siga como hasta ahora y el voto se entregue en las territoriales o se env铆e a la Junta Electoral sin presencia f铆sica y sin ning煤n control por parte de nadie.

El proceso para tener el derecho al voto por correo es simple. Lo primero que debe hacerse es solicitar su inscripci贸n en el censo y aportar toda la documentaci贸n que se solicite y una vez que la Junta electoral ha aprobado su inclusi贸n en el censo le facilitar谩 el certificado y la papeleta que le autorizar铆a para votar por correo.

Entonces ser铆a cuando deber铆a acudir a la oficina de correos que le corresponda por su domicilio o en su defecto ante un notario y hacer efectivo as铆 el sufragio.


Modificado el ( 09 de noviembre de 2008 )
 
 

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