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01 de febrero de 2008

Nueva regulaci贸n de los agentes de futbolistas en Inglaterra

Por Antonio J. ROCA ALOMAR

La Federaci贸n Inglesa de F煤tbol (the Football Association, en adelante la 鈥淔A鈥) ha introducido nuevas normas en la regulaci贸n de las actividades de los agentes de futbolistas que entraron en vigor el pasado d铆a 1 de septiembre de 2007 y que son aplicables a todas las transferencias de futbolistas que se hayan llevado a cabo desde dicha fecha, en lo que constituye un nuevo intento por parte de la FA de regular de forma m谩s detallada, segura y estricta las relaciones jugadores-agentes-clubes en Inglaterra.

Las principales novedades de esta nueva regulaci贸n son las siguientes:

a) 脕mbito de aplicaci贸n del Reglamento: El nuevo reglamento de agentes se aplica a todos aquellos agentes -nacionales y extranjeros- que lleven a cabo actividades de agencia y representaci贸n en Inglaterra, incluy茅ndose tambi茅n la representaci贸n de un jugador que ficha por un club ingl茅s.

b) Registro de los Agentes: Como consecuencia de lo dispuesto en el punto a) anterior, todos los agentes extranjeros est谩n obligados a registrarse en la FA con car谩cter previo a desarrollar cualquier tipo de actividad de agencia y representaci贸n para un jugador o un club en Inglaterra, debi茅ndose registrar el agente extranjero incluso si para representar a su jugador utiliza a un agente con base en Inglaterra.

Lo mismo resulta de aplicaci贸n tanto a los familiares como a los abogados que, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento sobre Agentes FIFA, act煤en como agentes de jugadores, por lo que deber谩n registrarse oficialmente en la FA si quieren llevar a cabo su actividad de agencia y representaci贸n en Inglaterra.

Las solicitudes de registro, las cuales son gratuitas, deber谩n ir acompa帽adas necesariamente de una copia del contrato de representaci贸n del jugador.

c) Doble representaci贸n y otras limitaciones: En este aspecto es donde se ha producido un mayor cambio con respecto a la regulaci贸n anterior. As铆, se consagra expresamente y se prev茅 una mayor vigilancia sobre la prohibici贸n, ya prevista en el Reglamento de FIFA, de representar a dos partes en una misma transacci贸n. As铆, un agente solo podr谩 actuar por una de las partes (el club o el jugador) en relaci贸n a una transacci贸n o a negociaciones contractuales.

Tambi茅n se han previsto restricciones sobre los agentes que act煤en por un club en los casos que ese mismo agente haya actuado en el pasado por el jugador que ahora ficha por dicho club. En este sentido, se proh铆be a un agente actuar por un club en una transferencia si 茅l mismo o cualquier que haya trabajado en su agencia, ha representado al mismo jugador en cuesti贸n en los tres a帽os anteriores a esa transferencia.

Adicionalmente, se establece otra limitaci贸n a la actividad de los agentes, al establecerse que un agente podr谩 actuar en nombre de un solo club respecto de un jugador durante toda su carrera, lo cual implica que un mismo agente no podr谩 actuar representando a dos clubes distintos en traspasos por un mismo jugador, en este caso sin la limitaci贸n de 3 a帽os prevista para el supuesto anterior, sino, en principio, de forma indefinida.

Finalmente, se proh铆be de forma taxativa que los agentes puedan tener cualquier tipo de derechos econ贸micos sobre los jugadores. Con esto se pretende de evitar casos como los recientes problemas surgidos en la contrataci贸n del jugador argentino T茅vez por el West Ham ingl茅s, donde exist铆an sociedades terceras con derechos econ贸micos sobre el jugador.

d) Comisi贸n del Agente: El nuevo reglamento de la FA exige, como no puede ser de otra forma, que sea el jugador el que pague de sus propios emolumentos la comisi贸n al agente por el desarrollo de su actividad.

Por su parte, un club s贸lo podr谩 pagar la comisi贸n del agente mediante la deducci贸n en pagos peri贸dicos del salario del jugador. Como consecuencia de ello, algunos clubes pueden ser en el futuro m谩s reticentes a pagar la totalidad de la comisi贸n al agente. Igualmente, y con car谩cter adicional, se prev茅 por parte de la FA un mayor control en los pagos realizados a agentes por parte de los clubes en los transfers.

A partir de ahora, la estructuraci贸n del acuerdo en la forma comercialmente m谩s eficiente ser谩 a煤n m谩s importante para asegurar que los agentes reciben su comisi贸n 铆ntegra, que el Club no se exceda de su presupuesto y que el jugador no salga perdiendo desde un punto de vista financiero.

e) R茅gimen disciplinario: Tras la entrada en vigor del nuevo reglamento, un agente extranjero estar谩 sujeto a sanciones por la FA si incumple alguna de las anteriores normas. Ello a帽ade un problema jur铆dico a la actual situaci贸n, toda vez que a partir de ahora existe una dualidad de jurisdicci贸n en los conflictos que se generen por agentes extranjeros que act煤en en Inglaterra: la propia del pa铆s al que pertenece el agente extranjero y, en lo sucesivo, la jurisdicci贸n inglesa (茅sta 煤ltima suplantando la competencia hasta el momento de FIFA en las controversias internacionales, por lo que habr谩 que ver c贸mo se soluciona en el futuro).

Las anteriores modificaciones elaboradas por la FA han coincidido casi en el tiempo con la entrada en vigor, desde el pasado d铆a 1 de enero de 2008, del nuevo Reglamento FIFA sobre los Agentes de Jugadores. Ambos textos tienen por objeto regular de una manera m谩s detallada la actividad de los agentes de futbolistas -muchas veces denostados y mal vistos dentro del mundo del f煤tbol- y responden a la necesidad de dotar de mayor seguridad jur铆dica la actividad de los agentes.

Antonio J. ROCA ALOMAR

Abogado. Equipo del Deporte de Cuatrecasas

 

 

Modificado el ( 18 de febrero de 2008 )
 
 

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