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03 de abril de 2013
Revuelo en la Segunda Divisi贸n por la impugnaci贸n de UD Las Palmas contra el Guadalajara

El asunto planteado por la Uni贸n Deportiva Las Palmas al Comit茅 de Competici贸n, en el que denuncia la alineaci贸n indebida de tres jugadores del Guadalajara por carecer de ficha profesional, y que aqul ya admiti贸 a tr谩mite, es espinoso, podr铆a sentar precedente y remover los cimientos de los clubes pertenecientes a la Liga de F煤tbol Profesional, si la reclamaci贸n prospera, ya que alterar铆a el statu quo al verse afectadas potencialmente un n煤mero indeterminado de licencias.

Existe la creencia fundada de que muchos de los equipos de la Liga Adelante no han cumplido en este apartado con el Reglamento General de la Real Federaci贸n Espa帽ola de F煤tbol aprobado el pasado 1 de julio. Esto explica las prisas que se est谩 tomando el Comit茅 de Competici贸n, que ten铆a previsto fallar ayer jueves el caso.

La pr贸xima jornada se ver谩 hasta qu茅 punto la denuncia hecha p煤blica por la Uni贸n Deportiva ata帽e al resto de clubes, que podr铆an entrar en un cruce alocado de denuncias por alineaciones indebidas.

El presidente del club grancanario, Miguel 脕ngel Ram铆rez, en declaraciones a Cadena Ser Las Palmas, desvel贸 que el Huesca elev贸 una consulta a la Real Federaci贸n Espa帽ola de F煤tbol acerca de esta problem谩tica y que la respuesta federativa avala la tesis de la Uni贸n Deportiva Las Palmas.

Volviendo al caso concreto del Guadalajara, desde el entorno del club castellano se apunta que la defensa de la entidad se ha basado en una circular de la LFP, la 4/2012, de 20 de julio, en la que se flexibiliza supuestamente distintos plazos para ajustar las fichas amateurs (A) a profesionales (P).

Seg煤n el presidente del club grancanario, esta circular ni modifica ni puede modificar el Reglamento General de la RFEF, por lo que no neutraliza la denuncia presentada por la Uni贸n Deportiva; prevalece 鈥渓a reglamentaci贸n que la Federaci贸n aprob贸 el 1 de julio de 2012鈥.

Ram铆rez recalc贸 que sab铆an de las intenciones de defensa del Guadalajara, por lo cual su club ya se ocup贸 de rebatir sus argumentos de forma anticipada al hacer la denuncia.

"No estamos hablando de un solo supuesto, son varios los clubes en los que los jugadores tendr铆an que haber sido ficha profesional pasado los diez partidos. Y UD Las Palmas los tiene鈥, explic贸 en la citada emisora.

Cinco jugadores de UD LAS PALMAS fueron dados de alta en diciembre

Juanpe, David Gonz谩lez, Dani Castellano, Javi Castellano y Vicente G贸mez fueron dados de alta en diciembre con ficha profesional a decisi贸n del Club, que quer铆a 鈥榗ubrirse las espaldas鈥 en caso de futuras impugnaciones. 鈥溌縋or qu茅 lo hicimos?鈥, cuestion贸 el presidente en la Cadena Ser, 鈥渘os estaban llegando los rumores que hab铆a equipos que interpretaban que ese acuerdo entre la LFP y los clubes no ten铆a la interpretaci贸n que se  estaba dando y pod铆a haber problemas de impugnaci贸n de partidos鈥, esgrimi贸 el presidente.

鈥淟o que tratamos es de gestionar el club de la manera m谩s responsable posible, en este caso se tom贸 la decisi贸n en el mercado invernal de darle de alta de esos jugadores como profesionales. Supuso una inversi贸n que nos merm贸 a la hora de haber fichado a cualquier otro jugador鈥, expuso Ram铆rez.

El convenio y la circular invocados por el Guadalajara

Conviene aclarar que aqu铆 entran en juego, despu茅s del Reglamento General de la RFEF, norma de preferente aplicaci贸n, el convenio suscrito entre esta y la LFP el 19 de julio de 2012, y las circulares de la RFEF, la n煤mero 2 de 2012, y de la LFP, la n煤mero 4 del mismo a帽o.

En cuanto al convenio y circular de la LFP invocados por el Guadalajara, la UD Las Palmas, en su reclamaci贸n, se adelantaba a esta cuesti贸n en los siguientes t茅rminos:

La UD Las Palmas cita las cl谩usulas SEGUNDA  Y TERCERA del Convenio suscrito el 19 de  julio de 2012 entre LFP y RFEF, cuyo tenor es el siguiente:
    鈥淪EGUNDA: A partir de la temporada 2012/2013, las plantillas de los equipos adscritos  a la Liga ADELANTE-Segunda Divisi贸n deber谩n tramitar, obligatoriamente, licencia tipo 鈥淧鈥  para todos aquellos futbolistas de nueva incorporaci贸n a la disciplina del equipo  respectivo, siempre que estas se encuentren en el cupo de 25 licencias autorizadas como  m谩ximo reglamentariamente para esta competici贸n. Se encuentran excluidos de esta  obligaci贸n los futbolistas adscritos a estas plantillas que en la actualidad dispongan de  licencia federativa tipo 鈥淎鈥, ello, claro est谩, sin perjuicio de lo dispuesto en el  p谩rrafo siguiente.鈥

    鈥淭ERCERA: En la temporada 2012/2013, las plantillas de los equipos adscritos a la LIGA  ADELANTE-Segunda Division, deber谩n disponer, obligatoriamente y como m铆nimo, de 16  licencias federativas tipo 鈥淧鈥, en el cupo de 25 licencias autorizadas como m谩ximo  reglamentariamente para esta competici贸n鈥
Comenta el club canario que en modo alguno excluye -ni podr铆a hacerlo por raz贸n de rango normativo- la aplicaci贸n a estos jugadores de la exigencia reglamentaria de obtener licencia P para  poder ser alineados v谩lidamente, una vez disputados diez partidos con licencia A.

Y a帽ade que lo que pretende el convenio es una 'pr贸rroga' sobre lo que era una imposici贸n  novedosa, que obligaba a los clubes de Segunda a tramitar las licencias P de todos sus  jugadores antes de comenzar la competici贸n, con el consiguiente impacto econ贸mico. Pero no  intenta, insistmos, eludir la idea o intenci贸n de que los jugadores m谩s utilizados por los  clubes profesionales sean profesionales.

Por 煤ltimo, la aplicaci贸n del art铆culo 122 del Reglamento, en los t茅rminos rese帽ados, fue  asumida desde la Federaci贸n Espa帽ola de F煤tbol en una consulta elevada por la SD HUESCA.


icon VER LA CIRCULAR DE LA LFP 4/2012

icon VER CONVENIO RFEF-LFP-19-07-12

icon VER CIRCULAR RFEF 2 - temporada-2012-2013



Modificado el ( 05 de abril de 2013 )
 
 

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