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20 de enero de 2013
El principio del fin de las SADs

Otro cambio que incluirá la nueva Ley del Deporte Profesional será la abolición de la  obligación de convertirse en sociedad anónima deportiva para competir en Segunda y Primera  y en la Liga ACB.

Los clubes que lo prefieran podrán mantener su forma jurídica, siempre que cumplan unas  condiciones económicas que serán auditadas periódicamente, no como sucedió a partir de la  aprobación de la Ley del Deporte, en 1990, que sólo contempló la excepción con el Real  Madrid, Barcelona, Athletic de Bilbao y Osasuna.

En el año 2009, Enrique Cerezo expuso en el Congreso de los Diputados, ante de la comisión  parlamentaria sobre el Deporte Profesional, un plan para conseguir que todos los clubes  profesionales del fútbol español puedan competir en igualdad de condiciones, amparados  todos ellos bajo el mismo marco legal, ya que, según él, el actual sistema del fútbol  español "vulnera los criterios de competencia perfecta".

En el año 92, impulsada por el Estado, entró en vigor la Ley de Sociedades Anónimas  Deportivas, que obligaba a los clubes de Primera y Segunda División a transformarse en  SAD. Esta medida debía proteger al fútbol frente a la situación de endeudamiento en la que  se encontraban muchos clubes.

La transformación se llevó a efecto por todos los clubes, dado que superaban los límites  de endeudamiento establecidos, con excepción de cuatro: Madrid, Barcelona, Athletic y  Osasuna. Sin embargo, años después, estas cuatro entidades sí llegaron a superar esos  límites marcados en el 92, pero nunca tuvieron que transformarse en SAD.

A diferencia de los clubes-asociaciones, los clubes convertidos en SAD se rigen como una  empresa y, por el sector al que pertenecen, están sujetos a una presión social y mediática  muy elevada -para satisfacer deportivamente a sus aficionados y socios- y esto provoca que  se efectúen inversiones por encima de la capacidad para generar ingresos. Dado su perfil  de Sociedad Anónima, estos clubes están sometidos a un estricto control financiero que les  sitúa en franca desventaja respecto a los cuatro clubes que viven en régimen de Asociación  o Entidad Deportiva (ED), cuya posibilidad de endeudamiento y maniobrabilidad en el  mercado es mucho mayor. Comentaba Cerezo que es entonces una gran contradicción conforme  al espíritu de la ley del 92, que pretendía proteger al fútbol como bien de interés  general.

El Atlético considera que el sistema debería fomentar la igualdad y sin embargo son las ED  las que tienen más facilidad para realizar sus inversiones -no son tan controladas- y  además históricamente reciben más ayudas por parte de las instituciones. En definitiva,  una Liga de dos velocidades, ya que al no tener todos las mismas limitaciones del gasto,  se merman de manera gigantesca las posibilidades de competir.

Cerezo propuso que lo "más razonable es que Madrid, Barcelona, Osasuna y Athletic se  conviertan en SAD para que todos puedan competir bajo las mismas limitaciones o, en todo  caso, que mantuvieran su formato pero recogidos todos bajo el mismo marco legal".

También propuso limitar la capacidad de endeudamiento para prevenir los desequilibrios  financieros de los clubes. Que nadie viva por encima de sus posibilidades para que después  no se entre en una espiral de deudas que lleve a los clubes al borde de la desaparición.  En consecuencia, el Atlético ha propuesto limitar el gasto en salarios a jugadores y  amortizaciones de los clubes para que no sobrepase el 80% de sus ingresos, aunque el  porcentaje debería ser consensuado por todos.

Por lo demás, la actual Ley del Deporte de 1990 seguirá vigente.

Modificado el ( 22 de enero de 2013 )
 
 

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