19 de diciembre de 2012 |
La Audiencia Provincial de Madrid reabre la causa por los viajes privados de la RFEF en contra de la petici贸n del fiscal
La Audiencia Provincial de Madrid (secci贸n cuarta) ha dictado auto revocando parcialmente el dictado en noviembre de 2010 por el juez a quo, y ordena a este proseguir las investigaciones en lo que se refiere a los viajes al Mundial de Corea y Jap贸n y "a la justificaci贸n de las partidas de la cuenta de caja relativas a dietas y gastos de viajes".
El auto afecta a Villar, as铆 como al administrador general de la RFEF, Jos茅 Mar铆a Castill贸n; al vicepresidente econ贸mico Juan Antonio Padr贸n; al miembro de la Junta Directiva Antonio Borr谩s; y al vicepresidente Juan Espino.
La reapertura del caso es consecuencia del recurso de apelaci贸n interpuesto contra el archivo por el vicepresidente segundo de la Liga de F煤tbol Profesional, Javier Tebas, que fue quien en 2003 interpuso una denuncia por los presuntos delitos de apropiaci贸n indebida, administraci贸n desleal y falsedad documental.
El tribunal justifica la reapertura de la causa en las conclusiones de un informe elaborado por dos peritos de la Agencia Estatal de Administraci贸n Tributaria (AEAT). Ese informe se帽ala que la justificaci贸n de los viajes realizados con fondos de la RFEF "es deficiente" y que la manera de facturarlos "era ca贸tica". As铆, seg煤n Hacienda, algunas facturas eran emitidas "con un retraso de a帽os", mientras que en otras ocasiones faltaba en las facturas -cuyo pago la RFEF "demoraba mucho"- el detalle necesario para conocer "el desglose de los gastos en que incurrieron los acompa帽antes de los federativos".
"Puede aventurarse que los gastos de viaje de los acompa帽antes de determinados miembros o directivos de la RFEF eran abonados con fondos de 茅sta y que no estaba previsto que tales desembolsos fueran luego a ser reintegrados al patrimonio de la Federaci贸n", dice el auto, que a帽ade: ".. no se hab铆a acordado por el 贸rgano federativo competente que esos gastos de viaje a familiares o acompa帽antes fueran abonados con cargo al patrimonio de la Federaci贸n y, de otro lado, que los imputados conoc铆an que el abono de esos gastos por la Federaci贸n era cuando menos irregular".
"Es claro que procede la continuaci贸n de la causa (...), pues existen indicios que conducen a la razonable probabilidad de que los imputados que ostentaban cargos en la RFEF puedan haber incurrido en un delito de apropiaci贸n indebida o en un delito societario de administraci贸n desleal", se帽ala el tribunal.
Y concluye: La conducta atribuida a los imputados "s铆 generaba el perjuicio requerido por los tipos penales que pudieran resultar aplicables, pues es evidente que el pago de los gastos de viaje de los familiares o acompa帽antes de los cargos federativos supon铆a una directa detracci贸n de fondos de la RFEF, con el consiguiente y directo perjuicio al patrimonio de 茅sta"
El fiscal se hab铆a opuesto a la reapertura de la investigaci贸n argumentando, entre otras cosas, que la RFEF es una entidad asociativa privada, pero la Audiencia entiende que el C贸digo Penal no exige "que las conductas delictivas recaigan sobre fondos p煤blicos o entidades p煤blicas".
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Modificado el ( 24 de diciembre de 2012 )
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