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08 de noviembre de 2012
 
La AMA recibe un centenar de enmiendas al C贸digo Mundial Antidopaje

El Comit茅 Ejecutivo y el Consejo de Fundaci贸n de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA)
analizar谩n los pr贸ximos 17 y 18 de noviembre el proceso de revisi贸n del C贸digo, despu茅s de concluir la segunda fase de consultas, en la que ha recibido m谩s de un centenar de propuestas nuevas.

Seg煤n inform贸 la AMA el martes, de las sugerencias presentadas en esta etapa de consultas, que acab贸 el 10 de octubre, 33 proceden de autoridades deportivas, 33 de organizaciones nacionales antidopaje, 11 de autoridades p煤blicas y 30 de otras partes interesadas.

En total, y desde que se inici贸 la fase de consultas, la AMA ha recibido 1.350 comentarios para ser incorporados al C贸digo, que ser谩n analizados por el comit茅 encargado de elaborar el borrador del mismo y presentados en la pr贸xima reuni贸n que el Ejecutivo y el Consejo de Fundaci贸n celebrar谩n dentro de unos d铆as en Montreal.

Al hilo de la normativa antidopaje, Juli谩n Espartero Casado comentaba hace unos d铆as en estas mismas p谩ginas de IUSPORT que "es insostenible que pueda contribuirse a ese empecinamiento de determinadas organizaciones deportivas por mantener el deporte que ellas controlan como un fen贸meno ajeno al devenir de la vida social y, por tanto, fuera de los cauces jur铆dicos que imperan y regulan la misma. Antes al contrario deben combatirse estas actuaciones que bien pueden calificarse, en algunos casos, como aut茅nticas coacciones para el impedimento del leg铆timo ejercicio de un derecho inherente a 芦todos禄, en la dicci贸n de nuestra Constituci贸n, ante la pasividad, cuando no permisividad, con que los poderes p煤blicos han venido actuando ante las mismas".

Y a帽ad铆a Espartero: "Porque, quiz谩s, sea 茅sta la ra铆z del problema. La actitud abstencionista de los poderes p煤blicos en estas concretas y puntuales situaciones. Hace ya tiempo que devinieron en trasnochados aquellos planteamientos que postulaban tanto la tradicional incardinaci贸n del deporte en el 谩mbito organizativo privado como su pretendida caracterizaci贸n de actividad o movimiento absolutamente aislado de la actividad de los poderes p煤blicos. Peor todav铆a es el planteamiento que supone el legislar ahora atendiendo a concretas pretensiones de determinadas organizaciones deportivas, cuando lo que est谩 en juego es el ejercicio, como se ha reiterado, de derechos fundamentales 驴d贸nde queda, pues, su obligaci贸n, contenida en el art铆culo 9.2 de la Constituci贸n, 芦(鈥) de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obst谩culos que impidan o dificulten su plenitud (鈥)禄?

Y conclu铆a el miembro del Consejo de IUSPORT: "En definitiva, es obvio que la regulaci贸n de los distintos aspectos del deporte, como la de cualquier otro 谩mbito de la vida social, debe hacerse efectiva con el respeto a los derechos fundamentales, cuya garant铆a y protecci贸n ha de resultar efectiva, no s贸lo frente a los propios poderes p煤blicos, sino tambi茅n frente a los grupos en que el individuo se integra. Conclusi贸n 茅sta que resulta de la necesaria afirmaci贸n de la unidad del ordenamiento jur铆dico y de la primac铆a de las normas y principios constitucionales. La lucha contra el dopaje no puede justificarse cuando compromete seriamente concretos derechos fundamentales. La vigencia de los mismos en este contexto no puede en modo alguno asimilarse a una injerencia externa o cortapisa en la libertad asociativa de las entidades deportivas, sino que debe obedecer al necesario ajuste al soporte crucial propio de un Estado social y democr谩tico de Derecho. Por consiguiente, ha de verificarse que la organizaci贸n privada del deporte no pueda comportarse como una autoridad que pueda imponer un orden extra帽o o ajeno a los valores que, en t茅rminos de respeto a la libertad y a la dignidad del individuo, rigen la estructura de la propia sociedad en la que se integra. La autonom铆a del movimiento deportivo debe arredrarse ante el necesario respeto a los derechos fundamentales y del que no puede sustraerse ninguna actividad socialmente organizada. Ser铆a injusto no reconocer que, en la actualidad, se ha avanzado mucho en este camino. Sin embargo, es preciso que la actuaci贸n de los poderes p煤blicos no permita vacilaciones que puedan invitarnos a abrigar serias dudas de que est茅 pr贸xima su completa andadura."

icon TEXTO COMPLETO DEL ART脥CULO DE JULIN ESPARTERO (10 P脕GINAS)


Modificado el ( 10 de noviembre de 2012 )
 
 

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