05 de abril de 2012 |
La futura quiebra del concurso de acreedores para los clubes y las SS.AA.DD.
Por Jordi ZORRILLA MIR
El pasado 1 de enero de 2012 entr贸 en vigor la aplicaci贸n de la 煤ltima reforma de la Ley Concursal ( Ley 38/2011). En su Disposici贸n Adicional 2陋 bis de la L.C. se procede por el legislador a dar prioridad y preferencia a la aplicaci贸n de las normas de competici贸n reguladas a trav茅s de las diferentes federaciones deportivas. Dicha disposici贸n dispone que un plazo de 6 meses ( hasta el 30 de junio 2012 ) el legislador deber谩 desarrollar un proyecto de ley sobre especialidades del tratamiento de la insolvencia relativa a las sociedades y asociaciones deportivas profesionales.
El gran interrogante que depara la redacci贸n de dicho proyecto radica en saber si la aplicaci贸n preferente de lo que se denomina ley deportiva dejar谩 a la ley concursal en un segundo plano y en consecuencia dejar谩 a las S.A.D. sin la cobertura necesaria ante una situaci贸n de insolvencia actual o inminente.
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Modificado el ( 09 de abril de 2012 )
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