05 de abril de 2012 |
La futura quiebra del concurso de acreedores para los clubes y las SS.AA.DD.
Por Jordi ZORRILLA MIR
El pasado 1 de enero de 2012 entró en vigor la aplicación de la última reforma de la Ley Concursal ( Ley 38/2011). En su Disposición Adicional 2ª bis de la L.C. se procede por el legislador a dar prioridad y preferencia a la aplicación de las normas de competición reguladas a través de las diferentes federaciones deportivas. Dicha disposición dispone que un plazo de 6 meses ( hasta el 30 de junio 2012 ) el legislador deberá desarrollar un proyecto de ley sobre especialidades del tratamiento de la insolvencia relativa a las sociedades y asociaciones deportivas profesionales.
El gran interrogante que depara la redacción de dicho proyecto radica en saber si la aplicación preferente de lo que se denomina ley deportiva dejará a la ley concursal en un segundo plano y en consecuencia dejará a las S.A.D. sin la cobertura necesaria ante una situación de insolvencia actual o inminente.
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Modificado el ( 09 de abril de 2012 )
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