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Comentarios a la "Ley Antidopaje"
23 de febrero de 2007

NUEVO LIBRO: Comentarios a la Ley Org谩nica de Protecci贸n de la Salud y de la Lucha contra el Dopaje en el Deporte. Antonio Mill谩n Garrido, Coordinador.

脥ndice sistem谩tico

 

 

Autores

Pr贸logo

Abreviaturas

搂1. Introducci贸n (Exposici贸n de Motivos), por Antonio Mill谩n Garrido

 

I. El dopaje: fen贸meno antiguo, problem谩tica reciente.

 

II. La intervenci贸n p煤blica y los intentos de armonizaci贸n: la reacci贸n del Movimiento Ol铆mpico:

A. La intervenci贸n p煤blica: de un modelo heterog茅neo a otro con pretensi贸n de homogeneidad.

B. Los intentos de armonizaci贸n.

C. La reacci贸n del Movimiento Ol铆mpico.

D. El Convenio Internacional contra el Dopaje en el Deporte.

III. La represi贸n del dopaje en Espa帽a:

A. Antecedentes.

B. El Plan de Lucha contra el Dopaje en el Deporte.

C. El Anteproyecto de Ley Org谩nica de Protecci贸n de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte.

IV. La Ley Org谩nica de Protecci贸n de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte: tramitaci贸n parlamentaria.

V. Estructura y contenido.

VI. Conclusi贸n.

搂2. La nueva regulaci贸n del dopaje en Espa帽a: 谩mbito de aplicaci贸n de la Ley y atribuci贸n de competencias (art. 1.潞), por Miguel 脕ngel Recuerda Girela

I. La definici贸n de dopaje en la nueva Ley.

II. El 谩mbito de aplicaci贸n de la Ley.

III. La atribuci贸n de competencias en la Administraci贸n deportiva.

搂3. La organizaci贸n de la Administraci贸n General del Estado para la protecci贸n de la salud y el control del dopaje en el deporte (arts. 2.潞 a 4.潞), por Miguel 脕ngel Recuerda Girela

I. Introducci贸n.

II. La Comisi贸n de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje.

III. La Agencia Estatal Antidopaje.

  (arts. 5.潞 a 11), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

 4. Controles de dopaje y garant铆as

搂5. La lista de prohibiciones (art. 12), por Antonio Mill谩n Garrido

 

I. Antecedentes.

 

II. Tramitaci贸n parlamentaria.

III. La lista vigente.

IV. La lista de la Agencia Mundial Antidopaje.

V. La lista de prohibiciones en Espa帽a, tras la ratificaci贸n del Convenio de Par铆s.

VI. Informaci贸n y difusi贸n de la lista.

搂6. El r茅gimen sancionador del dopaje: infracciones y sanciones (arts. 13 a 21), por Antonio Mill谩n Garrido

I. Antecedentes.

II. Tramitaci贸n parlamentaria.

III. El r茅gimen sancionador del dopaje: su naturaleza disciplinaria.

IV. Infracciones:

A. Infracciones muy graves:

1. Presencia de sustancia prohibida.

2. Uso de sustancias o m茅todos prohibidos.

3. Negativa, resistencia y obstrucci贸n al control de dopaje.

4. Incumplimiento de obligaciones en materia de localizaci贸n del deportista.

5. Incumplimiento de obligaciones de informaci贸n en tratamientos m茅dicos, autorizaciones de uso terap茅utico o productos susceptibles de producir dopaje en el deporte.

6. Alteraci贸n o falsificaci贸n en procedimientos de control y represi贸n del dopaje.

7. Posesi贸n ileg铆tima de sustancias o m茅todos dopantes.

8. Administraci贸n y tr谩fico de sustancias o m茅todos dopantes.

9. Promoci贸n o facilitaci贸n del dopaje.

10. Participaci贸n en pr谩cticas de dopaje.

B. Infracciones graves.

V. Sanciones:

A. Sanciones a los deportistas.

B. Sanciones a t茅cnicos, jueces, 谩rbitros, dem谩s personas con licencia deportiva, directivos, dirigentes o personal de federaciones deportivas espa帽olas, de ligas profesionales, de entidades organizadoras de competiciones deportivas de car谩cter oficial, clubes o equipos deportivos.

C. Sanciones a los m茅dicos y dem谩s personal sanitario de clubes o equipos.

D. Criterios para la imposici贸n de las sanciones.

E. Sanciones pecuniarias.

F. Efectos de las sanciones por dopaje.

搂7. El r茅gimen sancionador del dopaje: consideraciones preliminares al procedimiento disciplinario aplicable (arts. 22 a 26), por Javier Rodr铆guez Ten

I. Efectos de las sanciones impuestas por vulneraci贸n de la legislaci贸n contra el dopaje:

1. Introducci贸n.

2. El art铆culo 22: tramitaci贸n parlamentaria.

3. La comunicabilidad universal de las sanciones por dopaje.

4. En particular, los efectos de las sanciones por dopaje.

5. La facultad de instar la verificaci贸n de las sanciones por dopaje impuestas en el extranjero.

6. El requisito de superar un control antidopaje previamente a la reincorporaci贸n a la competici贸n.

II. La prohibici贸n de bis in idem:

1. Introducci贸n.

2. An谩lisis cr铆tico del art铆culo 23 de la Ley Org谩nica.

III. Las causas de extinci贸n de la responsabilidad disciplinaria:

1. Introducci贸n.

2. Generalidades.

3. Las causas de extinci贸n contempladas en el art铆culo 24 de la Ley Org谩nica.

A. Cumplimiento de la sanci贸n.

B. Prescripci贸n.

C. Colaboraci贸n del interesado.

IV. En particular, la prescripci贸n de infracciones y sanciones.

1. Generalidades.

2. La prescripci贸n de las infracciones.

3. La prescripci贸n de las sanciones.

V. Naturaleza, contenido y efectos de la colaboraci贸n del implicado en dopaje:

1. Introducci贸n.

2.- Generalidades.

3. Posibles beneficios que pueden obtenerse por colaborar en la lucha contra el dopaje.:

A. La no apertura de procedimiento disciplinario.

B. La exoneraci贸n parcial de responsabilidad.

C. La extinci贸n parcial de responsabilidad.

D. La remisi贸n condicional de la sanci贸n.

4. Otras consideraciones.

搂8. La potestad disciplinaria (art. 27), por Santiago Prados Prados

I. Tramitaci贸n parlamentaria.

II. La potestad disciplinaria en el deporte:

A. Consideraciones generales.

B. Su fundamento en materia de dopaje.

III. La titularidad de la potestad disciplinaria en la Ley.

IV. El ejercicio de la potestad disciplinaria:

A. El previo procedimiento.

B. Incoaci贸n, instrucci贸n y resoluci贸n de los procedimientos disciplinarios sobre dopaje por las federaciones deportivas espa帽olas y la Comisi贸n de Control y Seguimiento de la Salud y el Deporte.

C. La tutela de la Comisi贸n de Control y Seguimiento de la Salud sobre el 贸rgano disciplinario federativo y la problem谩tica de la caducidad del procedimiento.

D. El supuesto de la suspensi贸n del procedimiento disciplinario en aplicaci贸n del principio non bis in idem.

V. El ejercicio de la potestad disciplinaria por parte del Comit茅 Espa帽ol de Disciplina Deportiva.

搂9. El procedimiento disciplinario (art. 28), por Santiago Prados Prados

I. Cuestiones introductorias: la aplicaci贸n de los principios generales del procedimiento administrativo sancionador.

II. Tramitaci贸n parlamentaria.

III. El llamado 芦procedimiento禄 disciplinario del art铆culo 28.

IV. Procedimiento de control y procedimiento disciplinario.

V. El inicio del procedimiento como 煤nica fase regulada por la Ley:

A. Consideraciones generales.

B. El valor de los informes remitidos por los laboratorios.

C. Preservaci贸n de la intimidad del deportista y el secreto de la identidad del denunciante.

V. El principio de oficialidad.

VI. Instauraci贸n de una 煤nica instancia en v铆a federativa.

VII. Ejecutividad de las sanciones disciplinarias.

VIII. El deber de comunicaci贸n de la incoaci贸n y la resoluci贸n del procedimiento.

搂10. La revisi贸n de las sanciones por dopaje (art. 29), por Eduardo Gamero Casado

I. Antecedentes.

II. Tramitaci贸n parlamentaria.

III. El reducido alcance arbitral de la nueva f贸rmula de revisi贸n de sanciones por dopaje:

A. Las limitaciones del arbitraje como f贸rmula de resoluci贸n de conflictos en el Derecho administrativo.

B. El nuevo sistema de revisi贸n constituye realmente un recurso administrativo especial, sustitutivo de la alzada.

IV. Composici贸n de la nueva Secci贸n Antidopaje del Comit茅 Espa帽ol de Disciplina Deportiva.

V. El procedimiento de revisi贸n.

VI. Recursos.

搂11. Los controles de dopaje en competiciones internacionales celebradas en Espa帽a y fuera de competici贸n. Los efectos de las sanciones internacionales por dopaje en Espa帽a (arts. 30 a 33), por Miguel Mar铆a Garc铆a Caba

I. Antecedentes.

II. Tramitaci贸n parlamentaria.

III. Los informes del Consejo General del Poder Judicial, El consejo de Estado y la Agencia Espa帽ola de protecci贸n de Datos.

IV. Los controles de dopaje en competiciones internacionales celebradas en Espa帽a:

1. La distribuci贸n competencial en materia de deporte entre el Estado y las Comunidades Aut贸nomas.

2. El Deporte como organizaci贸n privada. Las Federaciones Deportivas Internacionales, Nacionales y Auton贸micas.

2.1. Las Federaciones Deportivas Internacionales.

2.2. Las Federaciones Deportivas de 谩mbito estatal y auton贸mico.

3. La Ley del Deporte de 15 de octubre de 1990 y el reparto de competencias en materia deportiva estatal e internacional. Los controles de dopaje a realizar en competiciones internacionales que se celebren en Espa帽a.

3.1. El reparto competencial en materia deportiva en la legislaci贸n estatal.

3.2. Los controles de dopaje a realizar en competiciones internacionales que se celebren en Espa帽a.

V. Los controles de dopaje fuera de competici贸n en Espa帽a.

1. Los controles a deportistas con licencia extranjera.

2. Los controles a deportistas con licencia espa帽ola por organizaciones internacionales.

VI. Los efectos de las sanciones impuestas en materia de dopaje por las organizaciones internacionales en Espa帽a.

搂12. La protecci贸n de datos de car谩cter personal y el dopaje (arts. 34 a 36), por Miguel Mar铆a Garc铆a Caba

I. Antecedentes.

II. Tramitaci贸n parlamentaria.

III. Los informes del Consejo General del Poder Judicial, el consejo de Estado y la Agencia Espa帽ola de protecci贸n de Datos:

1. El Informe del Consejo General del Poder Judicial.

2. El Informe de la Agencia Espa帽ola de Protecci贸n de Datos.

3. El Informe del Consejo de Estado.

IV. El derecho fundamental a la protecci贸n de datos en el deporte y su tratamiento en la Ley del Dopaje:

1. A modo de introducci贸n.

2. El r茅gimen jur铆dico supletorio de la Ley Org谩nica 15/1999, de 13 de diciembre.

3. Las exigencias de la Ley Org谩nica 15/1999 y su efectiva implementaci贸n en la Ley del Dopaje:

3.1. La protecci贸n de datos de car谩cter personal de los deportistas en otros art铆culos de la Ley del Dopaje:

a) Previo.

b) La comunicaci贸n de datos de localizaci贸n de los deportistas.

c) La obligaci贸n de facilitar los datos referidos al tratamiento m茅dico de los deportistas.

d) El tratamiento de datos en el procedimiento sancionador.

e) La tarjeta sanitaria del deportista.

f) El sistema de informaci贸n acerca de la protecci贸n de la salud y contra el dopaje en el deporte.

3.2. Los principios espec铆ficos de finalidad y secreto de la protecci贸n de datos de car谩cter personal en la Ley del Dopaje:

a) Su tratamiento en los art铆culos 34 y 35 de la Ley del Dopaje.

b) El principio de finalidad en el tratamiento de datos de car谩cter personal relacionados con el dopaje.

c) El deber de secreto y confidencialidad en el tratamiento de datos de car谩cter personal relacionados con el dopaje.

d) El sistema de responsabilidades en el tratamiento de datos de car谩cter personal relacionados con el dopaje y el procedimiento administrativo aplicable.

3.3. La cesi贸n o comunicaci贸n de datos de car谩cter personal relativos al dopaje:

a) Previo.

b) El responsable del fichero de datos personales relacionados con el dopaje.

c) El encargado del tratamiento.

3.4. La transferencia internacional de datos de car谩cter personal relativos al dopaje.

搂13. El control de los productos susceptibles de producir dopaje en el deporte (arts. 37 a 40), por Miguel 脕ngel Recuerda Girela

I. Obligaciones formales: Libro registro y declaraciones.

II. Trazabilidad.

III. La potestad de inspecci贸n.

IV. El decomiso.

搂14. Condiciones de utilizaci贸n de productos nutricionales susceptibles de producir dopaje en el deporte  (arts. 41-43), por Miguel 脕ngel Recuerda Girela

I. La publicidad e importaci贸n de productos nutricionales.

II. Prohibiciones de comercializaci贸n en la Ley de protecci贸n de la seguridad ciudadana.

III. La responsabilidad disciplinaria.

搂15. El tipo penal (art. 44), por Jos茅 Miguel Compa帽y Catal谩 y Emilio Basauli Herrero

I. Introducci贸n.

II. Bien jur铆dico.

III. Estudio del tipo. Propuesta alternativa de conducta t铆pica:

A. Ubicaci贸n sistem谩tica.

B. Tipo objetivo.

C. Tipo subjetivo.

D. Consumaci贸n.

E. Concursos.

F. Penalidad y tipos agravados.

G. Responsabilidad civil.

H. Propuesta alternativa.

搂16. El sistema de informaci贸n deportivo-sanitario y la tarjeta de salud de los deportistas  (arts. 45-49), por Javier M. Cuchi Denia

I. El T铆tulo IV. Consideraciones Generales.

II. El art铆culo 45: el sistema de informaci贸n deportivo-sanitario.

A. Tramitaci贸n parlamentaria: la inclusi贸n de las Comunidades Aut贸nomas.

B. El 贸rgano de cooperaci贸n Estado-Comunidades Aut贸nomas como creador del sistema de informaci贸n. Su naturaleza

C. El sistema de informaci贸n:

1. Su concepto y caracter铆sticas.

2. Sus finalidades.

3. Su contenido.

D. La recogida de datos que integran el sistema.

E. El acceso a los datos integrados en el sistema de informaci贸n.

F. Los poderes p煤blicos emisores y receptores de la informaci贸n.

G. La regulaci贸n del tratamiento de los datos del sistema.

H. La cesi贸n de datos del sistema de informaci贸n.

I. Los mecanismos de contacto con el deportista.

III. El art铆culo 46: la red de comunicaciones del sistema de informaci贸n:

A. La tramitaci贸n parlamentaria: un precepto de consenso.

B. El Consejo Superior de Deportes como gestor de la red de comunicaciones.

C. La red de informaci贸n y su estructura.

D. Una red de informaci贸n de seguridad alta.

IV. El art铆culo 47: las estad铆sticas deportivo-sanitarias.

A. Tramitaci贸n parlamentaria.

B. Unas estad铆sticas para fines estatales.

C. Las estad铆sticas: concepto. La estad铆stica deportiva-sanitaria espa帽ola.

D. El contenido de las estad铆sticas y su articulaci贸n: el reenv铆o a la Ley 12/1989.

E. El cumplimiento de las obligaciones internacionales.

V. El art铆culo 48: el intercambio de informaci贸n:

A. Tramitaci贸n parlamentaria.

B. El acceso de los facultativos a la informaci贸n m茅dica de los deportistas.

C. La integraci贸n de la asistencia deportiva en el Sistema Nacional de Salud.

D. El intercambio de informaci贸n deportiva-sanitaria.

E. Los requisitos del intercambio telem谩tico de informaci贸n.

F. La protecci贸n legal del intercambio de informaci贸n.

VI. El art铆culo 49: la tarjeta de salud de los deportistas:

A. Tramitaci贸n parlamentaria.

B. La tarjeta de salud: antecedentes en el derecho comparado y espa帽ol.

C. El concepto de tarjeta de salud de los deportistas.

D.  Naturaleza.

E. Titulares.

F. Finalidad.

G. Contenido.

H. El desarrollo reglamentario del documento.

I. Los reconocimientos m茅dicos para determinadas actividades f铆sico-deportivas.

J. La disposici贸n de los datos incorporados.

K. Los colectivos suministradores de la informaci贸n.

L. El Consejo Superior de Deportes como garante de la tarjeta.

LL. Las garant铆as de seguridad de la tarjeta.

M. El papel de las Comunidades Aut贸nomas.    

搂17. Dopaje de animales (disp. adic. 1.陋), por Jos茅 Mar铆a P茅rez Mongui贸

I. Antecedentes.

II. El Proyecto de Lucha contra el Proyecto de Ley de Plan de Lucha contra el Dopaje en el Deporte y el anteproyecto de Ley org谩nica de protecci贸n de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte.

III. La tramitaci贸n parlamentaria.

IV. Recapitulaci贸n y reflexiones finales.

搂18. Dopaje y deporte juvenil y universitario (disp. adic. 2.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂19 Adaptaci贸n del r茅gimen sancionador (disp. adic. 3.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂20. La implantaci贸n del sistema de informaci贸n y la tarjeta de salud

(disp. adic. 4.陋), por por Javier M. Cuchi Denia

I. Tramitaci贸n parlamentaria.

II. La aplicaci贸n efectiva de ambos instrumentos. sus presupuestos:

A. La disponibilidad financiera.

B. los convenios para implementar estos instrumentos.

搂21. Controles de salud y normativa (disp. adic. 5.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂22. Adaptaci贸n de las normas colegiales (disp. adic. 6.陋), por Miguel 脕ngel Recuerda Girela

搂23. La financiaci贸n de los controles antidopaje (disp. adic. 7.陋), por Javier M. Cuchi Denia

I. Tramitaci贸n parlamentaria.

II. La obligaci贸n de financiaci贸n de los controles antidopaje.

搂24. Concepto legal de entidades deportivas (disp. adic. 8.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂25. La homologacion de las tarjetas de salud para deportistas: hacia un modelo 煤nico (disp. adic. 9.陋), por Javier M. Cuchi Denia

I. Tramitaci贸n parlamentaria.

II. La colaboraci贸n estado-comunidades aut贸nomas en el reconocimiento de las tarjetas de salud.

搂26. R茅gimen transitorio de la procedimientos disciplinarios (disps. trans. 1.陋 y 2.陋), por Santiago Prados Prados

搂27. Ejercicio transitorio de competencias (disp. trans. 3.陋), por Miguel 脕ngel Recuerda Girela

搂28. Derogaci贸n normativa  (disp. derog.), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂29. R茅gimen jur铆dico de las licencias deportivas (disp. final 1.陋1), por Santiago Prados Prados

搂30. Modificaci贸n del art铆culo 76 de la ley del deporte (disp. final 1.陋2), por Javier Rodr铆guez Ten

搂31. rganos competentes de la jurisdicci贸n contencioso-administrativa (disp. final 2.陋), por Santiago Prados Prados

搂32. Modificaci贸n de la Ley Org谩nica de Protecci贸n de la Seguridad Ciudadana (disp. final 3.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂33. Habilitaci贸n competencial (disp. final 4.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂34. Naturaleza de la Ley  (disp. final 5.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂35. Desarrollo normativo (disp. final 6.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂36. Adaptaci贸n de las normas federativas (disp. final 7.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

搂37. Entrada en vigor (disp. final 8.陋), por Jos茅 Luis Carretero Lest贸n y Juan Antonio Landaberea Unzueta

Anexo: Ley Org谩nica de Protecci贸n de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte.

Bibliograf铆a

Contenidos

 

 

 

Modificado el ( 23 de febrero de 2007 )
 
 

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