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¿Es necesaria la represión penal para evitar los fraudes en el deporte profesional? Imprimir E-Mail
02 de junio de 2009

¿Es necesaria la represión penal para evitar los fraudes en el deporte profesional?

La Editorial Laborum ha publicado una nueva obra jurídico-deportiva, de 345 pgs., cuyos coordinadores son Miguel Cardenal Carro, Miguel Mª. García Caba y Emilio A. García Silvero. 


En su día, el Defensor del Pueblo describió en el Congreso las bondades del deporte como "el esperanto de todas las razas". Sin embargo, la actividad deportiva puede constituir el escenario de conductas fraudulentas que atenten contra la integridad, pureza y "credibilidad" de las competiciones. Si dirigimos la atención a países cercanos nos encontramos con escándalos surgidos en Portugal, en Italia, en Alemania, en Reino Unido, etc..

De todos esos sucesos se infiere, como bien decía Shakespeare, que algo "huele a podrido". Si bien España, afortunadamente, ha sido inmune a dichas prácticas, desde hace décadas se habla de casos en los que se ofrecen cantidades económicas por conseguir un determinado resultado. Ahora bien: ¿es necesario acudir al Derecho Penal para combatir el fraude en el deporte? A mi juicio, debe ser la última ratio, empero, tras la celebración del Seminario organizado por la Cátedra de Estudios e Investigación en Derecho Deportivo de la Universidad Rey Juan Carlos, he constatado que, en la actualidad, la tipificación de las conductas fraudulentas en el deporte español no encuentra un acomodo lo suficientemente apto para aplicar una política de tolerancia cero contra las mismas y contra quienes las amparan, las apoyan, las disculpan o, de cualquier otra forma, las permiten.

Todas esas personas cuentan ahora con muchas ventajas, pues no existe una legislación suficiente para su persecución -se enfrentan a nimias sanciones- ni, lo que es aún más grave, para su descubrimiento -al no existir intervención judicial, no caben investigaciones que vayan más allá de la improbable confesión-. En consecuencia, resulta imprescindible aprobar normas penales que regulen el fraude en el deporte, a la luz de la experiencia del derecho comparado, especialmente en el momento actual, con una reforma del Código Penal en ciernes. Debemos ser fieles al consejo del clásico según el cual "el futuro será mejor si lo construimos ahora". 

No hay que esperar. Es preciso anticiparse. Sólo el tiempo, ese desconocido al que se refiriera Bergsson, como siempre, nos dará o quitará la razón pero, al menos, nada ni nadie nos podrá decir que no lo hemos intentado.

Autores:


José Luis Astiazarán Iriondo, Presidente de la Liga Nacional de Fútbol Profesional.
Miguel Cardenal Carro, Director de la Cátedra de Estudios e Investigación en Derecho Deportivo de la Universidad Rey Juan Carlos.
Eduardo de Urbano Castillo, Doctor en Derecho. Magistrado.
Miguel Mª García Caba, Asesor Jurídico de la Liga Nacional de Fútbol Profesional.
Emilio A. García Silvero, Director de la Asesoría Jurídica de la RFEF.
Peter Limarcher, Jefe de los Servicios Disciplinarios de la UEFA.
Jaime Lissavetzky Díez, Secretario de Estado - Presidente del Consejo Superior de Deportes.

Lorenzo Morillas Cueva, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Granada.
Robert Pongracz, Departamento de Relaciones Internacionales. Liga Nacional de Fútbol Profesional.

Antonio V. Sempere Navarro, Presidente de la Cátedra de Estudios e Investigación en Derecho Deportivo de la Universidad Rey Juan Carlos.
Jorge Vaquero Villa, Abogado del Departamento de Asuntos Legales de la RFEF.

Modificado el ( 15 de enero de 2010 )
 
 

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