12 de septiembre de 2008 |
EN LAS ELECCIONES A PRESIDENTES DE FEDERACIONES El Consejo Superior de Deportes aprueba el voto electr贸nico
El Ministerio de Educaci贸n, Pol铆tica Social y Deporte public贸 en el BOE 219 de
10/9/2008 la Resoluci贸n de 29 de julio de 2008, del Consejo Superior de
Deportes, por la que se desarrolla el procedimiento de voto electr贸nico previsto
en la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre.En un gesto pionero en Espa帽a en el 谩mbito electoral, el CSD inicia el desarrollo de las condiciones y elementos del
procedimiento de voto electr贸nico en las elecciones a Presidente de las
Federaciones deportivas espa帽olas, recogido en el art铆culo 18 de la
Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, que regula los procesos
electorales en las Federaciones Deportivas espa帽olas.
PREAMBULO
La aprobaci贸n de la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales a las Federaciones Deportivas espa帽olas, brinda una oportunidad inmejorable para incorporar el deporte a las nuevas tecnolog铆as. Para ello se establece por parte del Consejo Superior de Deportes la posibilidad de elegir a los Presidentes de la Federaciones deportivas espa帽olas por medio de un procedimiento de votaci贸n electr贸nica en las que as铆 lo solicite un candidato, lo que es un paso pionero en la implantaci贸n de las tecnolog铆as de la informaci贸n en los procesos electorales. M谩s all谩 de esto 煤ltimo, la utilizaci贸n de este sistema dota al ejercicio del voto de mayor transparencia y seguridad, siguiendo los objetivos fijados en la citada Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre a la hora de regular el voto por correo.
Por todo ello, y seg煤n la Disposici贸n Final Primera de la Orden Ministerial ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones deportivas espa帽olas, corresponde al Consejo Superior de Deportes la interpretaci贸n y desarrollo de la presente Orden, en aquello que sea necesario para su aplicaci贸n. Por su parte, el art铆culo 18.10 de la Orden Ministerial citada, reconoce la posibilidad de utilizar el sistema de voto electr贸nico, establecido por el Consejo Superior de Deportes, para la elecci贸n del presidente de la Federaci贸n siempre y cuando lo solicite al menos un candidato.
A la hora de elaborar esta regulaci贸n, se ha tomado como texto de referencia la Recomendaci贸n (2004)11 del Comit茅 de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros sobre los est谩ndares jur铆dicos, operativos y t茅cnicos del voto electr贸nico, aprobada el 30 de septiembre de 2004, gracias a la cual se cumplen de forma escrupulosa los principios de universalidad, igualdad, libertad y secreto de la votaci贸n junto con las salvaguardas procedimentales de transparencia, verificabilidad y seguridad del mismo.
En consecuencia, el Consejo Superior de Deportes resuelve:
Primero. 脕mbito de aplicaci贸n.-La presente Resoluci贸n tiene como objeto desarrollar las condiciones y elementos del procedimiento de voto electr贸nico en las elecciones a Presidente de las Federaciones deportivas espa帽olas, recogido en el art铆culo 18 de la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, que regula los procesos electorales en las Federaciones Deportivas espa帽olas
TEXTO 脥NTEGRO
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Modificado el ( 12 de septiembre de 2008 )
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