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22 de mayo de 2008

Blatter: a vueltas con el 6 + 5

Por Juan de Dios CRESPO



Hemos ido leyendo desde hace tiempo una vieja cantinela, el 6+5, que como las canciones de verano, suele volver por temporadas, aunque no siempre son estivales.

Aquí, desde noviembre de 2007, el Presidente de la FIFA Sepp Blatter está insistiendo en la aplicación de ese 6+5, que es simplemente la aplicación al terreno de juego de la idea de que de los once jugadores de un equipo de fútbol, seis de los que comiencen el partido sea seleccionables para el equipo del país en el que jueguen y los cinco restantes sean no seleccionables.

Con ello se pretende ayudar a que las canteras y los jugadores nacionales (o seleccionables) puedan volver a poblar los terrenos de juego, al menos en los inicios de partido. Esta, sin duda loable, manifestación se topa con algunos inconvenientes de tipo legal y, a mi entender, también social.

Empecemos por lo más fácil, lo social, que no es sino decir que la globalización, esa palabreja denostada, existe también en el fútbol y que las habichuelas se buscan en todos los rincones del mundo y, por ejemplo, tenemos a cinco jugadores de la selección que va a representar a España en la Eurocopa que juegan en el extranjero (Inglaterra concretamente), lo que hace apenas unos años era difícil sino imposible. De la misma forma, una gran cantidad de jugadores extranjeros de nuestra Liga estarán, con sus selecciones nacionales, en dicha Eurocopa. Existe, por lo tanto un trasvase (otra palabrita innombrable) de jugadores entre las ligas europeas, para ceñirnos a nuestro continente, de un calibre que no se ha dado nunca históricamente. Hasta los italianos, renuentes a salir, al menos como futbolistas, tienen a jugadores en el extranjero y su selección ya se nutre de tres o cuatro de éstos, algo también poco habitual.

Así, al igual que el fontanero polaco que “invade†Gran Bretaña o Francia, el futbolista tiene a desplazarse y los intercambios son ya moneda corriente.

Pero, ¿porqué jugadores jóvenes españoles, para ceñirnos a nuestro caso, han de marcharse a Inglaterra, sobre todo, pero también a Holanda o Francia? La repuesta es sencilla: porque no tienen un sitio en su club de origen, o al menos no se lo hacen a la edad en que, en otros países, sí se les permite codearse con sus congéneres de mayor nivel, en sus primeras plantillas.

No sé si con el 6+5 que propone el Sr. Blatter se va a poder invertir esa situación o va a crear otra, distinta, de búsqueda de talentos jóvenes a nacionalizar y ser luego seleccionables. Será culpable la FIFA de una mayor sangría en Sudamérica, Ãfrica u Asia.

Esto, que no deja de ser una cuestión de macroeconomía (la globalización) o de ética (“pesca†de jóvenes valores), no es nada en comparación con el inconveniente legal, que es incuestionable.

En ese sentido, el Sr. Blatter se apoya en el nuevo Tratado de la UE y en el artículo que, en el mismo, reconoce una cierta especificidad del deporte y ello le permite creer que las demás reglas comunitarias podrían ser soslayadas, como la libre circulación de trabajadores, sin ir más lejos.

Pero, la Unión Europea no está por la labor y la establecida jurisprudencia sobre esa libre circulación no puede estar en entredicho, no haciendo distinciones, en palabras de un portavoz de la Comisión, “entre un portero y un empleado de fábrica, ya que ambos son trabajadoresâ€.

Es obvio que lo son, aún con sus diferencias y por ello existen leyes y regímenes especiales internos en muchos países, que regulan estas situaciones diversas, pero en lo básico, no pueden ser considerados como distintos.

La Comisión sí acepta la reglamentación de UEFA respecto de los jugadores de cantera que, con diversos cálculos dependiendo del número de jugadores inscritos en las competiciones europeas obliga a los clubes a realizar un esfuerzo de formación, si bien esa formación lo es de “jugadores†no de “seleccionablesâ€. Sin embargo, lo que no acepta la EU es esa discriminación por razón de la nacionalidad.

De hecho, el Parlamento europeo, ante las reiteradas peticiones de FIFA, ha efectuado recientemente una votación, con el valor que tiene por supuesto, en el que destrozaba es posibilidad, con 518 votos en contra del plan Blatter y 49 a favor.

El Parlamentario Toine Manders, uno de los más fieros contrincantes de la FIFA y de la especificidad del deporte por encima de todo, manifestó que “en la jungla del deporte necesitamos unas claras líneas jurídicas. Hablamos de negocios, y de grandes negocios, con clubes muy poderosos que irían a los tribunales si fuera necesario. El Sr. Blatter solo lograría abrir una nueva caja de Pandora, como aquélla de Bosman…â€

Ya se ha tratado en numerosas ocasiones esta situación y no vale la pena volver sobre ella en profundidad, ni este es el foro, aunque baste decir que esa regla del 6+5 infringiría la libre circulación de trabajadores y, por ende el Tratado Europeo.

Sin embargo, esos 49 votos a favor de la propuesta son una base, si bien mínima, para seguir luchando y ya existen algunas voces, inglesas sobre todo, que propugnan un número mínimo de jugadores seleccionables, si bien no en la cancha, sí en la plantilla, lo que podría ser una vía distinta y, quizá, adecuada. La Federación inglesa, a través de su Presidente, Lord Triesman, así lo ha manifestado, pero se ha encontrado, casi cogiendo el rebote, con la negativa de la patronal, la Premier League, que no desea ningún tipo de restricciones.

En su intento de aunar fuerzas, el Sr. Blatter acudió al Presidente de UEFA, Michel Platini, que como antiguo futbolista extranjero en una liga distinta a la propia (la italiana) manifestó que “los objetivos son buenos, y lo he dicho muchas veces, pero son totalmente contrarios a la legislación comunitariaâ€. La posición parece clara, pero se sigue luchando en los despachos.

En conclusión, creo que estamos ante la eterna disyuntiva sobre si el deporte (el fútbol aquí) es tan especial que merece una consideración legal diferente. Apoyo esa distinción, pero en niveles como el arbitraje deportivo como medio de solución de conflictos y en evitación de pleitos eternos (Obradoiro, Gurpegui, etc…), o en la estabilidad contractual (como en el Reglamento FIFA sobre el Estatuto de Jugadores), o en la cantera (como en el Reglamento UEFA),  o el control de los clubes (Reglamento UEFA de nuevo, sobre la licencia para participar en competiciones europeas, o la prohibición de participación de clubes en una misma competición si hay intereses compartidos entre ellos) etc… Pero de ahí a contravenir o intentar intervenir en derechos que denominaría “naturales†– aunque costaron años y luchas legales para obtenerse -, como la libre circulación de trabajadores o la libre circulación de capitales, existe un trecho que no se debe, en mi opinión, traspasar.

No obstante, como esa canción veraniega, quizá volvamos a oírla de nuevo pronto.


Juan de Dios Crespo Pérez
Abogado especialista en Derecho Deportivo
Ruiz Huerta & Crespo
Sports Lawyers


Modificado el ( 22 de mayo de 2008 )
 
 

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