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03 de abril de 2008
RECUERDA AL VIVIDO POR EL BARCELONA EN 1995
El Caso Iurbentia Bilbao Basket-Real Madrid de baloncesto

Antonio Aguiar.

La ACB no ve 'infracción' en el tapón de Hervelle y mantiene el triunfo blanco en Bilbao


El Juez Disciplinario de la ACB, Juan Ramón Montero Estévez, ha decidido mantener el resultado final del Iurbentia Bilbao Basket-Real Madrid (78-79), al que se llegó tras un polémico final con tapón de Axel Hervelle a Lucas Recker que el equipo bilbaíno entendió como ilegal. Tras el choque, el Iurbentia calificó la decisión arbitral de "atropello" y pidió que se le diera el partido por ganado. Posteriormente, el director de Arbitraje de la ACB, Valenti Junyent, asumió públicamente el error arbitral.

El Juez ha decidido "el archivo de las actuaciones" llevadas a cabo de ese encuentro, correspondiente a la jornada 27, "tras estudiar el recurso presentado" por el equipo bilbaíno y al entender que "los hechos acontecidos no son constitutivos de infracción". Por lo tanto, da por finalizado el partido con el resultado 78-79, dando por vencedor al Real Madrid y procediendo al archivo de las actuaciones. La ACB recuerda que el iurbentia había presentado un recurso "tras considerar que la última jugada que se produjo en el encuentro era una acción ilegal".

Recurso

El Iurbentia se ha ratificado en su idea de recurrir, que "había anunciado en fechas anteriores", al considerar que la última jugada que se produjo en el choque "era una acción ilegal y por lo tanto la victoria debe ser para el equipo vizcaíno".

"Una vez recibido el fallo del Juez Único, y considerando que estamos en desacuerdo con su resolución, los servicios jurídicos del iurbentia Bilbao Basket vamos a preparar un recurso que enviaremos en los próximos días al Comité de Apelación de la FEB con el objeto de que se dé por ganado el partido al equipo bilbaíno, al quedar demostrado que el Real Madrid ganó gracias a una acción ilegal", ha adelantado el abogado Pablo Viana, responsable del equipo bilbaíno en la defensa del caso.

El caso del Barcelona en la Final de Europa de 1995

Igual de escandaloso fue el tanto no reconocido al BARCELONA de baloncesto en la final europea de 1995, cuando a escasos segundos para finalizar el partido, que perdía por un punto, un jugador del equipo griego interceptó el balón justo en el momento en que descendía hacia la canasta. Nada más y nada menos que la COPA DE EUROPA le fue arrebatada al club catalán, sólo por no admitirse EN EL ACTO el uso del vídeo. Y aquí radica la clave del asunto.

Como saben, los árbitros toman distintas decisiones, antes, durante y después de los partidos.

CLASES DE DECISIONES ARBITRALES

Como es conocido, la competición se rige por tres tipos de reglas (reglas de juego, normas de competición y normas de comportamiento o disciplinarias), de donde resultan tres variantes de decisiones arbitrales:

-    decisiones técnicas,
-    decisiones técnicas con consecuencias disciplinarias
-    y decisiones disciplinarias.

REGLAS DE JUEGO

Son las que regulan el juego propiamente dicho. Prevén cuando se comete penalti, cuando se saca de banda, etc.

Ahora bien, al tomar estas decisiones, el colegiado puede incurrir en dos tipos de errores:

- ERROR EN LA APRECIACIÓN DE LOS HECHOS: el árbitro señala penalti observando, erróneamente, que el jugador tocó el balón con la mano

- ERROR EN LA APLICACIÓN DE LAS REGLAS: ante un saque de banda mal ejecutado, ordena se repita, en lugar de dar la pelota al contrario.
 
Y aquí surge la gran pregunta: ¿PUEDEN SER REVISADAS ESTAS DECISIONES POR LOS COMITÉS? Para nosotros, como para la mayoría de los autores, existen poderosas razones para responder negativamente.

La naturaleza de la competición, su dinamismo, la necesaria celeridad en la resolución de los incidentes, la seguridad jurídica, exigen que estas decisiones sean inapelables, por afectar al modo de desarrollarse el juego.

REGLAS DE COMPETICIÓN

El segundo bloque lo integran las reglas de la competición, es decir aquellas que determinan, por ejemplo, si pueden jugar 2 ó 3 extranjeros, que se puedan hacer 3 ó mas cambios, que no pueda utilizarse publicidad en las camisetas, que el ganador obtiene tres puntos y el empate otorga uno, que sólo los 3 primeros clubes clasificados pueden subir de categoría, etc. La modificación de estas normas no implica cambios en el modo de desarrollarse el juego, que sigue siendo el mismo.

Precisamente por ello, porque no afectan al juego, cuando se infringen estas normas el árbitro no es el único sujeto competente para enjuiciarlas. Ejemplo: una alineación indebida. Si el árbitro se percata de la infracción, impedirá al equipo la inclusión del jugador en la lista inicial, pero, si no lo advierte, el hecho podría ser denunciado ante el Comité de Competición, el cual podrá declarar la alineación indebida e imponer la correspondiente sanción. Otro ejemplo: el colegiado debe suspender el encuentro en caso de incomparecencia de uno de los equipos contendientes, pero corresponderá al Comité decidir si aquella fue injustificada. Si así lo considerase, impondrá la pertinente sanción, pero, en otro caso, fijará nueva fecha para la celebración del partido.

NORMAS DE COMPORTAMIENTO
Por ultimo, sería imposible un desarrollo normal del juego si los  participantes no se comportasen de una manera leal, con fair-play. Un partido de fútbol con tarjetas amarillas o sin ellas es el mismo; las reglas de juego no cambian. Pero es necesario, además, que se dispute con fair play y se eviten interrupciones continuas en el juego.

Lógicamente, el árbitro debe sancionar las infracciones a las normas de comportamiento mediante tarjetas amarillas y rojas.

Pero, al igual que ocurría con las normas de competición, sus decisiones en este campo, y sus omisiones, también pueden ser revisadas por los comités, quienes analizarán la conducta antideportiva y, en su caso, impondrán sanciones adicionales a las tarjetas mostradas por el árbitro. Ejemplo: una falta por obstrucción es una infracción a las reglas de juego.  El  arbitro señala falta y balón para el equipo contrario. Ahora bien, si la obstrucción se hace de forma violenta, con riesgo para la integridad física del adversario, el árbitro, además de aplicar la regla de juego (falta y balón para el equipo contrario), podrá mostrar al infractor cartulina amarilla o roja directa, en función de las circunstancias concurrentes. Es decir, impondrá una sanción por mal comportamiento.

En el caso padecido por el Iurbentia Bilbao Basket va a tener el mismo desenlace que el del BARCELONA de 1995. El comité NO podrá revisar la decisión arbitral (no haber pitado un supuesto tapón que impidió una incierta canasta), decisión de caracter técnico), por lo que sólo cabrá instar la apertura de expediente disciplinario al colegiado o colegiados, sin que ello tenga la mas mínima incidencia en el resultado del encuentro.

Una vez más surge la pregunta: ¿Para cuando el uso de un monitor de TV durante los encuentros?

Antonio Aguiar.


Modificado el ( 04 de abril de 2008 )
 
 

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