LAS ACTAS ARBITRALES Y SU INTERPRETACI脫N POR LOS COMIT脡S
Antonio Aguiar D铆az
El caso que estamos viviendo
por la nueva redacci贸n que los 谩rbitros espa帽oles est谩n dando a las actas de
los encuentros aconseja escribamos unas l铆neas sobre la tipolog铆a de las
decisiones arbitrales y las posibilidades de su revisi贸n por los comit茅s
disciplinarios.
Como saben, los 谩rbitros toman
distintas decisiones, antes, durante y despu茅s de los partidos. Pues bien, su
correcta identificaci贸n ayudar谩 a su vez a acotar el 谩mbito de actuaci贸n de los
comit茅s de competici贸n y disciplina.
CLASES DE DECISIONES ARBITRALES Como es conocido, la competici贸n se rige por tres tipos de reglas (reglas de juego, normas de competici贸n y normas de comportamiento o disciplinarias), de donde resultan tres variantes de decisiones arbitrales: decisiones t茅cnicas, decisiones t茅cnicas con consecuencias disciplinarias, y decisiones disciplinarias.
REGLAS DE JUEGO
Son las que regulan el juego propiamente dicho. Prev茅n
cuando se comete penalti, cuando se saca de banda, etc.
Ahora bien, al tomar estas decisiones, el colegiado
puede incurrir en dos tipos de errores:
- ERROR EN LA APRECIACI脫N DE
LOS HECHOS: el 谩rbitro se帽ala penalti observando, err贸neamente, que el
jugador toc贸 el bal贸n con la mano
- ERROR EN LA APLICACI脫N DE
LAS REGLAS: ante un saque de banda mal ejecutado, ordena se repita, en
lugar de dar la pelota al contrario
Y aqu铆 surge la gran pregunta: 驴PUEDEN SER REVISADAS ESTAS DECISIONES
POR LOS COMIT脡S? Para nosotros, como para la
mayor铆a de los autores, existen poderosas razones para responder negativamente.
La naturaleza de la competici贸n, su dinamismo, la necesaria celeridad en la
resoluci贸n de los incidentes, la seguridad jur铆dica, exigen que estas
decisiones sean inapelables, por afectar
al modo de desarrollarse el juego.
LA SEGURIDAD JUR脥DICA
La seguridad jur铆dica garantizada por
la Constituci贸n
de 1978 significa que todos, tanto los poderes p煤blicos como los ciudadanos, sabemos a qu茅 atenernos (art. 9.3 CE). E n la seguridad jur铆dica subyace la paz social, en el sentido de
orden social, que prevalece sobre la injusticia
individual, por ser un bien colectivo. En nuestro caso, el bien colectivo a proteger es la
competici贸n, que debe sobreponerse a los intereses individuales de los
contendientes. Este principio, aplicado al deporte de competici贸n, exige que
las decisiones arbitrales sobre las reglas del juego no puedan ser
objeto de revisi贸n ulterior. Es mas, en esta parcela nosotros no hacemos
distingos y extendemos la 鈥渕谩xima鈥 tanto a los supuestos de error en la
apreciaci贸n de los hechos, como a los casos de error en la aplicaci贸n de las
reglas de juego. Luego volveremos sobre esta materia, reserv谩ndonos alguna
sorpresa.
REGLAS DE COMPETICI脫N
El segundo bloque lo integran las reglas de la
competici贸n, es decir aquellas que determinan, por ejemplo, si pueden jugar 2 贸
3 extranjeros, que se puedan hacer 3 贸 mas cambios, que no pueda utilizarse
publicidad en las camisetas, que el ganador obtiene tres puntos y el empate otorga
uno, que s贸lo los 3 primeros clubes clasificados pueden subir de categor铆a,
etc. La modificaci贸n de estas normas no
implica cambios en el modo de desarrollarse el juego, que sigue siendo el mismo.
Si juegan 11 brasile帽os, el juego es el mismo que si juegan 11 espa帽oles. Si se
obtienen 2 贸 3 puntos por partido ganado, el juego no cambia.
Precisamente por ello, porque no afectan al juego, cuando se infringen estas normas el 谩rbitro
no es el 煤nico sujeto competente para enjuiciarlas. Ejemplo: una alineaci贸n indebida. Si el 谩rbitro
se percata de la infracci贸n, impedir谩 al equipo la inclusi贸n del jugador en la
lista inicial, pero, si no lo advierte,
el hecho podr铆a ser denunciado ante el Comit茅 de Competici贸n, el cual podr谩 declarar la alineaci贸n indebida e
imponer la correspondiente sanci贸n. Otro ejemplo: el colegiado debe suspender el encuentro
en caso de incomparecencia de uno de los equipos contendientes, pero corresponder谩 al Comit茅 decidir si
aquella fue injustificada. Si as铆 lo considerase, impondr谩 la pertinente
sanci贸n, pero, en otro caso, fijar谩 nueva fecha para la celebraci贸n del
partido.
NORMAS DE COMPORTAMIENTO
Por ultimo, ser铆a imposible un desarrollo normal
del juego si los participantes no se comportasen de una manera leal, con
fair-play. Un partido de f煤tbol con tarjetas amarillas o sin ellas es el mismo;
las reglas de juego no cambian. Pero es necesario, adem谩s, que se dispute con fair
play y se eviten interrupciones continuas en el juego. L贸gicamente, el 谩rbitro debe
sancionar las infracciones a las normas de comportamiento mediante tarjetas
amarillas y rojas. Pero, al igual que ocurr铆a con las normas de competici贸n, sus decisiones en este campo, y sus
omisiones, tambi茅n pueden ser revisadas por los comit茅s, quienes
analizar谩n la conducta antideportiva y, en su caso, impondr谩n sanciones
adicionales a las tarjetas mostradas por el 谩rbitro. Ejemplo: una falta
por obstrucci贸n es una infracci贸n a las reglas de juego. El arbitro se帽ala falta y bal贸n para el
equipo contrario. Ahora bien, si la obstrucci贸n se hace de forma violenta, con
riesgo para la integridad f铆sica del adversario, el 谩rbitro, adem谩s de aplicar
la regla de juego (falta y bal贸n para el equipo contrario), podr谩 mostrar al
infractor cartulina amarilla o roja directa, en funci贸n de las circunstancias
concurrentes. Es decir, impondr谩 una sanci贸n por mal comportamiento.
El comit茅 NO podr谩 revisar la primera decisi贸n
arbitral (no podr谩 anular la falta t茅cnica), pero s铆 podr谩 analizar la posible conducta
antideportiva, imponiendo, en su caso, la sanci贸n adicional que corresponda. Es decir: falta, expulsi贸n y sanci贸n ulterior del
Comit茅.
CONCLUSIONES
1.- Las decisiones de los 谩rbitros adoptadas en la
aplicaci贸n de las reglas de juego deben ser inapelables.
2.- Los comit茅s s贸lo pueden revisar las
decisiones arbitrales en las materias competicional y disciplinaria.
3.- La inclusi贸n de un concepto jur铆dico
indeterminado en el acta, como 鈥渁gresi贸n鈥, 鈥渃onducta indecorosa鈥, etc..., sin
complementarse con un relato f谩ctico detallado (ej: 鈥済olpe贸 con la mano en la
cara a un contrario鈥) hace imposible la imposici贸n de sanci贸n por parte del Comit茅
de Competici贸n.
Antonio Aguiar es Director de IUSPORT.ES
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