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07 de mayo de 2013
Sobre la impugnación del Juego limpio financiero de la UEFA

Por Sabino López

El 17 de septiembre de 2009 salía publicado en IUSPORT un artículo de opinión titulado LA UEFA Y EL JUEGO LIMPIO FINANCIERO, y en él se denunciaba, por mi parte, el afán  intervencionista que algunos muestran para salvar el fútbol de las “garras” manirrotas y  sin principios de los dirigentes.

En estos días salta la noticia que un representante de jugadores, con nacionalidad belga,  denuncia ante la Comisión Europea la normativa UEFA del “Juego Limpio Financiero” y, en  concreto, el artículo 57 del Reglamento UEFA que establece que los clubes “no pueden  gastar más de lo que ingresan”.

Entiende el denunciante que es un “acuerdo entre empresas” que crea unas condiciones que  limitan la libre competencia entre clubes y restringe la libre circulación de capitales  y  trabajadores.

Decía, en el artículo de 17 de septiembre de 2009, y sigo manteniendo, que la frase de que “clubs no pueden gastar más de lo que ingresan” suena muy bien y tiene una carga de  demagogia que propicia el aplauso fácil.

En estos tiempos que estamos viviendo de crisis económica, cada día nos llegan noticias de  empresas que, con una deuda muy importante, tanto pública, Hacienda y Seguridad Social,  como privada, en una situación económica muy débil, buscan refinanciar la deuda, plantean  un preconcurso de acreedores para aplazar la deuda, entran en concurso de acreedores o las  entidades financieras les conceden un crédito para salvar la situación.

En momento alguno se lee que a las empresas en dificultades económicas se les expulse del  mercado propio de su actividad.

A Pescanova, por ejemplo, con una deuda de tres mil quinientos millones de euros, no se le prohíbe el que siga desarrollando su actividad.

Su actividad decaerá por las condiciones económicas que tiene que le impiden estar en el mercado con las garantías y condiciones adecuadas para poder competir. Pero ninguna organización empresarial puede obligar a Pescanova, “como gastó más de lo que ingresó”, a  vender sus productos sólo en Pontevedra y no en el mundo entero. Puede ser que se vea  obligado a vender sus productos sólo en Pontevedra, pero no por que lo imponga una  organización empresarial, sino porque con los recursos que le puedan quedar no tiene  capacidad para salir más allá de Pontevedra.

Puede ocurrir que, después de los avatares societarios y jurídicos a los que se ve abocada, por aplicación del ordenamiento jurídico, Pescanova sea liquidada o quede en el  mercado con una capacidad de funcionamiento y organización igual, mayor o inferior a la  que actualmente tiene. Si ordena, de manera adecuada, su deuda con los acreedores, llega  capital que compre sus acciones o las dos situaciones a la vez, Pescanova seguirá en el  mundo empresarial sin haber sido expulsada del sector.

No hay duda que lo dicho para Pescanova se puede aplicar a grupos de comunicación que, con  una deuda parecida a la de Pesacanova, están intentando ordenarla, vendiendo activos,  buscando refinanciarla, reduciendo gastos con despidos de trabajadores, etc. y, por ello,  no hay noticias de que la Asociación de la Prensa les obligue a vender sus periódicos solo  en Cuenca, ya que gastaron más de lo que ingresaron

Se podía seguir poniendo ejemplos y ejemplos de situaciones parecidas en todos los sectores económicos.

Por todo esto, llama la atención el afán purificador que el Sr. Platiní quiere dar con el  denominado “Juego Limpio Financiero” al que muchos se adhieren con entusiasmo.

Cuando un club de fútbol profesional, sociedad anónima, entra en una situación de no poder  pagar a sus acreedores, el ordenamiento jurídico, a instancias de la propia sociedad  anónima o de cualquiera de los acreedores, propicia una serie de actuaciones, al igual que  en los otros sectores económicos, que lo único que persiguen es que la empresa pueda  seguir con su actividad económica o se liquide.

A través del ordenamiento jurídico, y solo a través de él, se decidirá que la sociedad anónima deportiva pueda continuar o liquidarse, de tal suerte que, en base a la situación en que quede la sociedad, podrá soportar una actividad económica u otra y ello determinará  que siga en el fútbol profesional o no.

Si sus ingresos han de ser destinados, en su mayoría, a pagar las deudas aplazadas, como consecuencia del convenio suscrito con sus acreedores, no podrá disponer de recursos  suficientes para tener una plantilla de jugadores importante y, en su consecuencia, no  podrá permanecer en el fútbol profesional y lo más lógico es que, fuera del fútbol profesional, no tenga ingresos suficientes para cumplir el convenio de acreedores y  termine siendo liquidada.

Pero han de ser las consecuencias de la aplicación del ordenamiento jurídico, el mercado y  la competición las que determinen si una sociedad anónima deportiva o un club de fútbol  profesional ha de seguir en la competición  profesional o no.

Entiendo por ello, que lo dicho en mi artículo de 17 de septiembre de 2009 sigue siendo  válido, y por ello considero como positiva la reclamación ante la Comisión Europea del  representante de jugadores belga que persigue el que se declare nulo el artículo 57 del  Reglamento de UEFA que establece que los “clubs no pueden gastar más de lo que ingresan”.

Esperemos y es mucho esperar que la Comisión Europea no esté contaminada por los  planteamientos fáciles y demagógicos que anidan en la mayoría de los políticos que buscan  el aplauso fácil.
 
A los políticos les ocurre lo mismo que aquellos directivos de Cajas de Ahorro que  pontificaban sobre el fútbol, cantando lo despilfarradores que eran los dirigentes del  fútbol y el tiempo vino a decir que los despilfarradores -y alguna cosa más- eran ellos.

Sabino López es Abogado.

 
Modificado el ( 07 de mayo de 2013 )
 
 

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