07 de abril de 2013 |
El Córdoba se plantea denunciar alineación indebida del Guadalajara a pesar del Fallo de Competición Tras
el partido disputado el pasado fin de semana en Guadalajara, en el que este club venció por 3-1, el Córdoba se plantea impugnarlo por presunta alineación indebida, tal y como lo hiciera la UD Las Palmas hace una semana.
Desde el entorno del Córdoba se presiona a su presidente Carlos González (foto) para que ejercite esa acción legal, a pesar de la resolución del Comité de Competición de la RFEF del pasado viernes día 5 en la que desestimó la reclamación formulada por la U.D. Las Palmas. El equipo canario había denunciado la alineación indebida de tres jugadores del C.D. Guadalajara en el partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División, disputado entre ambos clubes el día 30 de marzo de 2013.
La UD Las Palmas alegó que los jugadores en cuestión (Javier Barral García, Jonathan Ñíguez Esclápez y Cristian Fernández Conchuela), titulares de Licencia amateur (“A”), deberían disponer de Licencia como jugadores profesionales (“P”) a partir del décimo partido en el que hubieran intervenido durante la presente Temporada 2012-13.
Los tres jugadores fueron alineados por el Guadalajara en el partido ante el Córdoba y desde el entorno cordobés se considera que aunque Competición falló a favor del equipo de Castilla La Mancha, la impugnación del equipo canario tiene posibilidades de prosperar en Apelación o ante el Comité Español de Disciplina Deportiva, por lo que las posibilidades impugnatorias del equipo andaluz pasan por reclamar ahora.
En ese sentido, se estima poco consistente el argumento del Comité de Competición de que a dichos jugadores se les debería haber expedido una licencia “P” (profesional), no tanto como cumplimiento de un requisito competicional, sino de otras obligaciones reglamentarias.
Tampoco se le da demasiada fuerza al segundo argumento utilizado por Competición para desestimar la denuncia de UD Las Palmas. Se trata del convenio suscrito entre la Real Federación española de Fútbol y la Liga Nacional de Fútbol Profesional, de 19 de julio de 2012. Afirma Competición que este tiene por objeto "implementar de forma progresiva” los cambios al Reglamento que afectan al régimen de expedición de licencias federativas "P", dando a entender que la obligatoriedad de licencia P no es exigible todavía, aunque reconoce que el Reglamento General de la RFEF no se hace eco. Se requiere que lo acordado se incorpore por la federación a su normativa. Así lo expresa la cláusula OCTAVA del mencionado convenio, que dice literalmente lo siguiente: “En el plazo máximo de 6 meses, la RFEF y la LNFP se comprometen a adecuar sus normas internas (Estatutos y Reglamento General, según corresponda) a lo pactado en el presente acuerdo”
Lo cierto es que la RFEF no ha modificado el Reglamento General en el sentido indicado por el Comité de Competición, por lo cual las previsiones del convenio se han quedado en papel mojado.
Estas consideraciones están sobre la mesa del presidente del Córdoba, quien deberá decidir antes del martes, día en que vence el plazo, si presenta la impugnación contra el Guadalajara.
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Modificado el ( 09 de abril de 2013 )
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