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CASOS DE ESPECIAL INTERÉS  2006-2013

 
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03 de abril de 2013
Revuelo en la Segunda División por la impugnación de UD Las Palmas contra el Guadalajara

El asunto planteado por la Unión Deportiva Las Palmas al Comité de Competición, en el que denuncia la alineación indebida de tres jugadores del Guadalajara por carecer de ficha profesional, y que aquél ya admitió a trámite, es espinoso, podría sentar precedente y remover los cimientos de los clubes pertenecientes a la Liga de Fútbol Profesional, si la reclamación prospera, ya que alteraría el statu quo al verse afectadas potencialmente un número indeterminado de licencias.

Existe la creencia fundada de que muchos de los equipos de la Liga Adelante no han cumplido en este apartado con el Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol aprobado el pasado 1 de julio. Esto explica las prisas que se está tomando el Comité de Competición, que tenía previsto fallar ayer jueves el caso.

La próxima jornada se verá hasta qué punto la denuncia hecha pública por la Unión Deportiva atañe al resto de clubes, que podrían entrar en un cruce alocado de denuncias por alineaciones indebidas.

El presidente del club grancanario, Miguel Ángel Ramírez, en declaraciones a Cadena Ser Las Palmas, desveló que el Huesca elevó una consulta a la Real Federación Española de Fútbol acerca de esta problemática y que la respuesta federativa avala la tesis de la Unión Deportiva Las Palmas.

Volviendo al caso concreto del Guadalajara, desde el entorno del club castellano se apunta que la defensa de la entidad se ha basado en una circular de la LFP, la 4/2012, de 20 de julio, en la que se flexibiliza supuestamente distintos plazos para ajustar las fichas amateurs (A) a profesionales (P).

Según el presidente del club grancanario, esta circular ni modifica ni puede modificar el Reglamento General de la RFEF, por lo que no neutraliza la denuncia presentada por la Unión Deportiva; prevalece “la reglamentación que la Federación aprobó el 1 de julio de 2012”.

Ramírez recalcó que sabían de las intenciones de defensa del Guadalajara, por lo cual su club ya se ocupó de rebatir sus argumentos de forma anticipada al hacer la denuncia.

"No estamos hablando de un solo supuesto, son varios los clubes en los que los jugadores tendrían que haber sido ficha profesional pasado los diez partidos. Y UD Las Palmas los tiene”, explicó en la citada emisora.

Cinco jugadores de UD LAS PALMAS fueron dados de alta en diciembre

Juanpe, David González, Dani Castellano, Javi Castellano y Vicente Gómez fueron dados de alta en diciembre con ficha profesional a decisión del Club, que quería ‘cubrirse las espaldas’ en caso de futuras impugnaciones. “¿Por qué lo hicimos?”, cuestionó el presidente en la Cadena Ser, “nos estaban llegando los rumores que había equipos que interpretaban que ese acuerdo entre la LFP y los clubes no tenía la interpretación que se  estaba dando y podía haber problemas de impugnación de partidos”, esgrimió el presidente.

“Lo que tratamos es de gestionar el club de la manera más responsable posible, en este caso se tomó la decisión en el mercado invernal de darle de alta de esos jugadores como profesionales. Supuso una inversión que nos mermó a la hora de haber fichado a cualquier otro jugador”, expuso Ramírez.

El convenio y la circular invocados por el Guadalajara

Conviene aclarar que aquí entran en juego, después del Reglamento General de la RFEF, norma de preferente aplicación, el convenio suscrito entre esta y la LFP el 19 de julio de 2012, y las circulares de la RFEF, la número 2 de 2012, y de la LFP, la número 4 del mismo año.

En cuanto al convenio y circular de la LFP invocados por el Guadalajara, la UD Las Palmas, en su reclamación, se adelantaba a esta cuestión en los siguientes términos:

La UD Las Palmas cita las cláusulas SEGUNDA  Y TERCERA del Convenio suscrito el 19 de  julio de 2012 entre LFP y RFEF, cuyo tenor es el siguiente:
    “SEGUNDA: A partir de la temporada 2012/2013, las plantillas de los equipos adscritos  a la Liga ADELANTE-Segunda División deberán tramitar, obligatoriamente, licencia tipo “P”  para todos aquellos futbolistas de nueva incorporación a la disciplina del equipo  respectivo, siempre que estas se encuentren en el cupo de 25 licencias autorizadas como  máximo reglamentariamente para esta competición. Se encuentran excluidos de esta  obligación los futbolistas adscritos a estas plantillas que en la actualidad dispongan de  licencia federativa tipo “A”, ello, claro está, sin perjuicio de lo dispuesto en el  párrafo siguiente.”

    “TERCERA: En la temporada 2012/2013, las plantillas de los equipos adscritos a la LIGA  ADELANTE-Segunda Division, deberán disponer, obligatoriamente y como mínimo, de 16  licencias federativas tipo “P”, en el cupo de 25 licencias autorizadas como máximo  reglamentariamente para esta competición”
Comenta el club canario que en modo alguno excluye -ni podría hacerlo por razón de rango normativo- la aplicación a estos jugadores de la exigencia reglamentaria de obtener licencia P para  poder ser alineados válidamente, una vez disputados diez partidos con licencia A.

Y añade que lo que pretende el convenio es una 'prórroga' sobre lo que era una imposición  novedosa, que obligaba a los clubes de Segunda a tramitar las licencias P de todos sus  jugadores antes de comenzar la competición, con el consiguiente impacto económico. Pero no  intenta, insistmos, eludir la idea o intención de que los jugadores más utilizados por los  clubes profesionales sean profesionales.

Por último, la aplicación del artículo 122 del Reglamento, en los términos reseñados, fue  asumida desde la Federación Española de Fútbol en una consulta elevada por la SD HUESCA.


icon VER LA CIRCULAR DE LA LFP 4/2012

icon VER CONVENIO RFEF-LFP-19-07-12

icon VER CIRCULAR RFEF 2 - temporada-2012-2013



Modificado el ( 05 de abril de 2013 )
 
 

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