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28 de febrero de 2013
EDITORIAL
Crisis del Xerez: una soluci贸n pol铆tica

En la actual crisis del Xerez hay un escenario y tres actores principales: el accionista mayoritario (Joaqu铆n Morales) y su alter ego, Rafael Mateos; el Ayuntamiento; y el grupo que disputa al primero la titularidad de las acciones, encabezado por Francisco Gallardo.

El escenario es el de un embargo por parte de Hacienda en un contexto de impagos generalizados al carecer de ingresos para hacer frente al corriente de cada mes, entre ellos las n贸minas de los jugadores y empleados. El club est谩 m谩s endeudado con Hacienda que la mayor铆a de los clubes de Segunda  y m谩s que algunos de Primera.

En este contexto, el presidente actual reprocha al Ayuntamiento el impago de una subvenci贸n de dos millones.

Seg煤n el Ayuntamiento, los actuales gestores han incumplido determinadas obligaciones a  las que se hab铆an comprometido en el convenio suscrito en su d铆a con la corporaci贸n  municipal, como premios, publicidad, televisi贸n, que amparan al Ayuntamiento a la hora de  denegar el pago de nuevas subvenciones. Desconfianza, en definitiva, de la corporaci贸n hacia los dirigentes actuales, pero en un contexto de fuerte endeudamiento para la propia corporaci贸n que casi le imposibilita para conceder nuevas subvenciones  al club.

El tercero en discordia es Francisco Gallardo, abogado del grupo sevillano que reclama la titularidad de las  acciones, quien ha anunciado estar dispuesto a afrontar una ampliaci贸n de capital si se le reconoce tal titularidad.  Adem谩s han anunciado que en el caso de que se pida la disoluci贸n  de la SAD, ellos instar铆an la suspensi贸n cautelar de la misma mientras se dilucida aquella  controversia.

LA OBLIGACION DE PEDIR LA LIQUIDACION

El problema jur铆dico principal radica en la obligaci贸n que la ley impone a los directivos (miembros del Consejo de Administraci贸n) de solicitar la liquidaci贸n cuando no pueden hacer frente a las deudas. Con la ley concursal en la mano, los directivos DEBEN, no "pueden", pedir la liquidaci贸n cuando conozcan la imposibilidad de cumplir los pagos comprometidos y las obligaciones  contra铆das con posterioridad a la aprobaci贸n de aqu茅l. Presentada la solicitud, el juez  dictar谩 auto abriendo la fase de liquidaci贸n (art铆culo 142 de la Ley Concursal). 

Con respecto a la obligaci贸n de los directivos, la ley concursal (art铆culo 367) se帽ala  la responsabilidad solidaria de los administradores que incumplan la obligaci贸n de  convocar en el plazo de dos meses la junta general para que adopte, en su caso, el acuerdo  de disoluci贸n, si concurren las circunstancias prefijadas.

El 142 a帽ade que si el deudor no lo solicitara podr谩 hacerlo cualquier acreedor  y resolver谩 el  juez mediante auto si procede o no abrir la liquidaci贸n.

Es cierto que el Consejo tiene cierto margen para diferir la petici贸n si acredita negociaciones tendentes a reconducir la situaci贸n, y alega que efectivamente tiene un cr茅dito contra el Ayuntamiento de dos millones de euros por una subvenci贸n comprometida y no abonada, pero la corporaci贸n ya ha dicho por activa y por pasiva que no va a pagar tal subvenci贸n pues entiende que no est谩 obligada a ello.

Por 煤ltimo, el juez tambi茅n puede acordar la liquidaci贸n de oficio si se declara por  resoluci贸n judicial firme el incumplimiento del convenio.

EL DESENLACE

Es obvio que la actual tensi贸n existente entre  el presidente actual y el Ayuntamiento, y entre el primero y el otro grupo accionarial, complica mucho las cosas y puede augurar lo peor. La experiencia ense帽a que cuando hay una concurrencia de disputas jur铆dicas la soluci贸n no solo es econ贸mico-jur铆dica (ampliaci贸n de capital), sino pol铆tica.

Y es que la salida a la crisis pasa por una ampliaci贸n de capital que se presenta  dif铆cil mientras existan las tensiones actuales, pol铆ticas y judiciales.

Por eso, el fantasma de la liquidaci贸n asoma la cabeza. La fase de liquidaci贸n implicar铆a la de suspensi贸n del ejercicio de las facultades de  administraci贸n y disposici贸n por parte de los actuales gestores, que ser谩n sustituidos por  la administraci贸n concursal. Asimismo, la apertura de la liquidaci贸n producir谩 el vencimiento anticipado de los  cr茅ditos concursales aplazados.

El sentimiento xerecista, que se acerca a los 70 a帽os, no va a desaparecer porque sea otra la entidad que gestione el equipo si se produce la liquidaci贸n de la actual SAD.  Precedentes tenemos.

Por ello, los tres actores deben sentarse a negociar cuanto antes.

IUSPORT.


 
Modificado el ( 04 de marzo de 2013 )
 
 

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