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29 de enero de 2013
El Fisco argentino y el juego limpio financiero

Por Daniel Roberto Viola

La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (Afip) dict贸 el 3 enero pasado la resoluci贸n (RG)  n掳 3432 que regula la aplicaci贸n del Impuesto a las Ganancias sobre las transferencias y/o cesiones de derechos econ贸micos de futbolistas profesionales, cre谩ndose el 鈥淩egistro de Inversores Vinculados con Futbolistas Profesionales鈥 y el 鈥淩egistro de Representantes de Futbolistas Profesionales鈥.

Se establecen retenciones sobre la renta proveniente de las transferencias de futbolistas (Primera Divisi贸n y Nacional B) obtenida por personas f铆sicas, sucesiones indivisas y dem谩s sujetos residentes en el pa铆s, 鈥渜ue no revistan car谩cter de instituciones deportivas incluyendo a los jugadores que queden en libertad de acci贸n鈥, alcanzando a las operaciones de cesi贸n de 鈥渄erechos econ贸micos鈥 鈥搕otal o parcial y definitiva o temporaria-, y tambi茅n a los derechos 鈥渇ederativos y econ贸micos鈥 cuando se trate de negociaciones por cuenta y orden de jugadores declarados en libertad de acci贸n.

Entre sus fundamentos, se reafirma al llamado 鈥渄erecho federativo鈥 como aquel que faculta a un club, que previamente ha registrado a un  jugador en la Asociaci贸n del F煤tbol Argentino, (fichaje), seg煤n lo establecido por el 鈥淓statuto del Jugador de F煤tbol Profesional鈥 (ley de facto 20.160) y el Convenio Colectivo de Trabajo n掳 557/09 de Futbolistas Profesionales, para la 鈥渦tilizaci贸n exclusiva del mismo鈥 en sus planteles,  鈥測 a transferir o ceder el uso temporario o definitivo de ese derecho鈥.

A su vez, se define a los 鈥渄erechos econ贸micos鈥 como aquellos que 鈥渉abilitan a su titular a percibir una participaci贸n en el monto de una futura transferencia y/o cesi贸n -total o parcial, temporaria o definitiva- de los derechos federativos, incluy茅ndose los convenios que reconozcan un resultado futuro, eventual o no, ya sea que se encuentre establecido como un monto fijo o como un porcentaje del valor de dicha transferencia y/o cesi贸n.鈥

A los efectos fiscales, la titularidad de los derechos 鈥渇ederativos鈥 y 鈥渆con贸micos鈥 de los jugadores deber谩 siempre recaer en cabeza de una entidad deportiva. Se invoca al 鈥渋nversor puro鈥 remitiendo a la norma  Fifa que prev茅 que ning煤n club podr谩 contratar permitiendo la influencia de terceros en los asuntos laborales y pases de futbolistas.

Se dice que esta norma se halla en l铆nea con el principio de transparencia (鈥渇air play鈥 financiero),  m谩s a煤n despu茅s que  Fifa incorporara en forma obligatoria a trav茅s de la web, el 鈥渟istema de correlaci贸n de transferencias鈥, conocido por sus siglas en ingl茅s (Tms), que exige un detalle completo de las operaciones entre clubes y asociaciones previo a la emisi贸n del Certificado de Transferencia Internacional (Cti).

Para fijar el importe a retener se tomar谩 el 90% del total de la operaci贸n, sobre el cual recaer谩 la al铆cuota: 17,5%  sobre los pagos de entidades deportivas a inversores incorporados al registro que ha sido creado o, 35% sobre los pagos a inversores no registrados.

La Afip podr谩 establecer un valor de la transferencia o cesi贸n, en base a valores de mercado y as铆 determinar el monto de la retenci贸n. En el primer  informe anual del Tms (Fifa.tms GmbH-2011), Argentina figura como 2掳 pa铆s 鈥渆xportador de futbolistas鈥 detr谩s de Brasil (13%), acaparando el 7% del total de las transferencias internacionales con 800 traspasos.

Es innegable que el derrame millonario no convierte a las econom铆as de los clubes en sustentables, d谩ndose rienda suelta a una informalidad que beneficia a unos pocos, entre ellos, intermediarios y representantes que perciben comisiones.

John Forbes Nash recibi贸 el Premio Nobel de Econom铆a (1994) por sus aportes a la 鈥渢eor铆a de juegos鈥, variante conocida como 鈥淓quilibrio de Nash鈥.

 Este concepto supone que dadas ciertas acciones de los otros, todos los jugadores se comportar谩n de forma 贸ptima, de modo tal que al final se cumplir谩n las expectativas de todos ellos, porque ninguno podr谩 mejorar su posici贸n cambiando la propia estrategia, en caso que todos los competidores dejen su estrategia tal como est谩. La teor铆a explica cualquier situaci贸n de conflicto imaginable donde el resultado, para cada uno de los participantes, depende de las decisiones de los otros.

Se ha iniciado otra batalla contra la evasi贸n fiscal y los 鈥渟ocios ocultos鈥 de las transferencias en el f煤tbol. El tiempo nos dar谩 la respuesta si los controles a la A.F.A., clubes, jugadores, inversores y representantes redundar谩n en un justo equilibrio, que sirva para exigirle a cada uno lo suyo, seg煤n las ganancias obtenidas en la ronda de los pases.   

Daniel  Roberto Viola es Jefe de Redacci贸n de IUSPORT.LATINOAMERICA
-Abogado-Universidad de Buenos Aires- Posgraduado Curso Derecho y Management del Deporte U.C.A.- F.I.F.A.-C.I.E.S.-Socio Estudio Viola & Appiolaza-Buenos Aires-Argentina.


(Art铆culo publicado en El Cronista Comercial el 21/01/2013, en versi贸n especial para los lectores de IUSPORT)



Modificado el ( 30 de enero de 2013 )
 
 

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