20 de diciembre de 2012 |
Los nuevos estatutos del Barça incrementan la antigüedad para ser candidato a presidente El portavoz de la Junta Directiva del FC Barcelona, Toni Freixa, ha comunicado que la aprobación de la reforma de los Estatutos del Club se hará durante la Asamblea General Ordinaria del año que viene en lugar de celebrarse en una Asamblea Extraordinaria durante el primer trimestre de 2013, como se había previsto en un principio. Freixa ha explicado que la Junta ha recibido definitivamente la propuesta de la Comisión de Reforma de los Estatutos.
"A partir de ahora recogemos este trabajo y dedicaremos el tiempo necesario para poder presentar la propuesta a los socios", dijo el portavoz de la Junta. De esta manera, conscientes de que este trabajo "necesita un tiempo" sumado a la intención de la Junta Directiva "de dotar a las Asambleas de contenido", se ha decidido que la propuesta de reforma de los Estatutos será presentada a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará en los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio, el 30 de junio de 2013.
Comisión de Control y Transparencia
Uno de los otros puntos tratados en la última reunión de la Junta Directiva es la aprobación del reglamento de la Comisión de Control y Transparencia, órgano que debe interpretar y aplicar el código ético.
El reglamento, que se podrá consultar próximamente en el sitio web del FC Barcelona, explica cuáles son las personas vinculadas -miembros de la Junta Directiva, personal de la alta dirección y patronos de la Fundación-, y los procedimientos que puede seguir la comisión, que son de consulta y denuncia. Freixa ha informado de que la Comisión de Control y Transparencia emitirá resoluciones e informes de los que dará cuenta a la Junta Directiva o incluso a cualquier otro órgano si se deriva alguna responsabilidad adicional.
Hasta aquí, la nota oficial del F.C. Barcelona.
De acuerdo con el proyecto, los precandidatos a la presidencia deberían presentar un aval personal —previo al definitivo de la candidatura—, se establecerían vetos por edad y la antigüedad mínima sería por diez años. Hasta ahora, bastaba con acreditar dos años de antigüedad, el aval lo presentaba la candidatura que resultaba elegida en las urnas al acceder al cargo y no se estipulaba veto por edad.
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Modificado el ( 21 de diciembre de 2012 )
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