13 de noviembre de 2012 |
El Tribunal Supremo falla a favor del F.C.Barcelona en el asunto Josep Guardiola-Parma de 1997
El Tribunal Supremo espa帽ol ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que eximi贸 al F.C.Barcelona de pagar a la sociedad holandesa Continental General Services por su labor de mediaci贸n en 1997 para que el entonces jugador Josep Guardiola quedara liberado de un supuesto compromiso con el Parma italiano y renovara por el equipo catal谩n.
La sentencia de la sala civil declar贸 que la acci贸n para reclamar hab铆a prescrito, revocando de este modo la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia que hab铆a dado la raz贸n a Continental General Services.
El citado Juzgado consider贸 que la labor desarrollada por la sociedad holandesa no ten铆a encaje en el contrato de agencia, sino en el de mandato -al haber actuado expresamente por encargo del club-, por lo que el plazo de prescripci贸n que deb铆a aplicarse no era el de tres a帽os, sino el m谩s amplio de quince a帽os previsto con car谩cter general para las acciones personales.
As铆, y pese a que Continental General Services no reclam贸 formalmente el pago hasta junio de 2003, el Barcelona hab铆a sido condenado en primera instancia a indemnizar a esta empresa con 450.759 euros.
La Audiencia de Barcelona, primero, y ahora el Tribunal Supremo, discrepan del criterio de primera instancia al entender que el plazo de prescripci贸n de tres a帽os "es de aplicaci贸n a todos los que realicen labores de intermediaci贸n o gesti贸n de negocios ajenos de forma o manera profesional, con independencia de si desempe帽an esa funci贸n de forma estable o con car谩cter espor谩dico".
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Modificado el ( 14 de noviembre de 2012 )
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