03 de septiembre de 2012 |
Sobre los derechos de terceros en el traspaso de Modric al Real Madrid
Alfonso Le贸n Lle贸
El Reglamento FIFA sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores (en adelante, RETJ), tras la reforma de 2003, y siguiendo las recomendaciones de la Comisi贸n Europea hechas a ra铆z del com煤nmente conocido como 鈥渃aso Bosman鈥, fue objeto de una serie de cambios normativos que incidieron en diversos aspectos. Entre estos, los Mecanismos de Solidaridad, en los que incide este art铆culo aplicados al traspaso del jugador de f煤tbol Luka Modric del Tottenham al Real Madrid.
Han surgido diversas dificultades a lo largo de las negociaciones, algunas de orden disciplinario, por la actitud del propio jugador que no aceptaba integrarse en la disciplina del Tottenham Hotspur FC al no viajar con el equipo al stage de pretemporada en Am茅rica, desatendiendo en un primer momento sus obligaciones como jugador de dicho club de f煤tbol.
A ra铆z de este traspaso en la prensa deportiva ha aparecido recientemente un comentario del club de Bosnia-Herzegovina en el que Luka Modric jug贸 durante la temporada de su decimoctavo cumplea帽os en calidad de cedido por el Dinamo de Zagreb. Plantea este club su derecho a percibir un 0,5% del porcentaje del traspaso del jugador al Real Madrid. Cuesti贸n pol茅mica, de gran inter茅s, sobre la que tratan las siguientes observaciones.
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Modificado el ( 03 de septiembre de 2012 )
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