11 de julio de 2012 |
El F.C. Barcelona se plantea impugnar las medidas de gracia de la RFEF Toni Freixa, portavoz del F煤tbol Club Barcelona, hizo p煤blica la postura oficial del club catal谩n a ra铆z de las medidas de gracia acordadas por el presidente de la RFEF.
Freixa insisti贸 en el rechazo a la medida de gracia y anunci贸 la intenci贸n del club de solicitar a la Federaci贸n formalmente "la creaci贸n de un grupo de trabajo" para regular en los estatutos la aplicaci贸n de las medidas de gracia.
"El Bar莽a mostr贸 de varias formas su rechazo a la amnist铆a, pero no pudo evitarla. Le pedimos a la Federaci贸n un grupo de trabajo para evaluar c贸mo se debe proceder con las medidas de gracia. El presidente dice que puede tomarlas, pero en los estatutos no dice ni que s铆, ni que no", puntualiz贸 Toni Freixa.
"Se lo plantearemos a la Federaci贸n y esperamos respuesta satisfactoria. En caso contrario tendr铆amos que plantearnos cosas que no queremos ni plantearnos". En este sentido, preguntado por un periodista, el portavoz azulgrana dio a entender que el Barcelona no descarta recurrir, en 煤ltima instancia, a la v铆a judicial. "La v铆a judicial est谩 abierta para todo el mundo y, evidentemente, disponemos de esa opci贸n. Pero ese no es nuestro planteamiento de base. Si al final no nos dejan ninguna opci贸n m谩s, podr铆amos recurrir a 茅lla", concluy贸.
Refiri茅ndose ya al personaje de siempre, Freixa a帽adi贸: "entendemos que una agresi贸n como la de Mourinho no puede quedar impune. La agresi贸n a Tito no se reflej贸 en el acta y la calificaci贸n del Comit茅 fue que la agresi贸n era leve pero fue una acci贸n muy grave, a traici贸n, que vio todo el mundo".
No deja de ser absurda esta argumentaci贸n, pues la historia de los indultos, en todos los 谩mbitos, demuestra que no es la gravedad de los hechos el 煤nico criterio, ni el determinante, a la hora de su concesi贸n.
Otra cosa ser铆a cuestionar la competencia federativa para adoptar estas medidas de gracia. De plantear as铆 la cuesti贸n, el recurrente contar铆a con un precedente importante a su favor.
El Comit茅 Espa帽ol de Disciplina Deportiva neg贸 en 2004 la legalidad de las medidas de gracia deportivas
En su Resoluci贸n 20/2004 bis (Aranzadi, RJD n.潞 12, RC 194, piragüismo), el Comit茅 Espa帽ol de Disciplina Deportiva (CEDD) declar贸 que 芦Este Comit茅 conoce que, ocasionalmente, algunos 贸rganos federativos de Federaciones diversas toman acuerdos similares que podr铆amos denominar 鈥渄e indulto鈥.
Seg煤n el CEDD, no hay en la vigente Ley del Deporte ni en el Reglamento de Disciplina Deportiva norma alguna que otorgue a las Federaciones deportivas espa帽olas la competencia para dictar actos generales de gracia.
La potestad disciplinaria deportiva est谩 configurada en nuestro Ordenamiento jur铆dico como una potestad p煤blica que ejercen por delegaci贸n las Federaciones deportivas, y como tal, no cabe extenderla ni restringirla m谩s all谩 de lo que la propia Ley establece.
Y concluye: este Comit茅 tiene que declarar, como cuesti贸n de orden p煤blico, la nulidad absoluta de una decisi贸n federativa que cancela o perdona responsabilidades disciplinarias, [...] revocando y dejando sin efecto alguno la condonaci贸n o perd贸n de las sanciones impuestas, [...] que deber谩n ser satisfechas por los Clubes sancionados禄
INFO RELACIONADA:
- Ley 1/1988, de 14 de enero, por la que se modifica la Ley de 18 de junio de 1870, estableciendo reglas para el ejercicio de la Gracia de Indulto.
- Ley de 18 de junio de 1870, estableciendo reglas para el ejercicio de la Gracia de Indulto http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lregi.html
- Trabajo doctrinal
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Modificado el ( 14 de julio de 2012 )
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