10 de julio de 2012 |
La responsabilidad patrimonial de la Administraci贸n y la diligencia del cicloturista en el ejercicio de la pr谩ctica deportiva Por Manuel GUEDEA MART脥N
Comentario a la Sentencia de 647/2011, de 18 de octubre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Arag贸n
La Sentencia 647/2012, de 18 de octubre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Arag贸n, dictada en un procedimiento de responsabilidad patrimonial, estima parcialmente un recurso contencioso-administrativo promovido contra la Orden de 23 de junio de 2009, del Consejero de Obras P煤blicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Arag贸n, por la que se declaraba la falta de competencia del Departamento con relaci贸n a la reclamaci贸n de responsabilidad patrimonial. Dicha reclamaci贸n, por funcionamiento anormal del servicio de conservaci贸n de la carretera autonom铆a VF-TE-01, tiene su origen en los da帽os sufridos por un ciclista, que le produjeron la muerte, debido a una ca铆da en una bajada provocada por un bache existente en la calzada cuando practicaba el cicloturismo. La parte actora solicitaba una indemnizaci贸n de 250.000 鈧 por los da帽os y perjuicios sufridos, para repartir entre la esposa, hijos y madre del fallecido, y la condena en costas de la Administraci贸n de la Comunidad Aut贸noma de Arag贸n.
En primer lugar debe ponerse de manifiesto que la defensa de la Administraci贸n se fundamenta, b谩sicamente en via administrativa, en la falta de competencia del Departamento por no tener la condici贸n de carretera auton贸mica la via en la que se produjo el lamentable accidente, al ser una pista forestal que sirve para la comunicaci贸n entre un municipio y una estaci贸n de esqu铆. Tambi茅n debemos indicar la presencia, como parte codemandada de la Administraci贸n de la Comunidad Aut贸noma, de la corespondiente compa帽铆a de seguros. La Sentencia, una vez expuesta la cuesti贸n debatida y fijados unos hechos no discutidos en sus Fundamentos de Derecho Primero y Segundo, procede, en el Fundamento de Derecho Tercero, a determinar la legislaci贸n aplicable a la responsabilidad patrimonial de la Administraci贸n de la Comunidad Aut贸noma recogida en el art铆culo 106.2 de la CE y en el art铆culo. 139 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 noviembre, del R茅gimen Jur铆dico de las Administraciones P煤blicas y Procedimiento Administrativo Com煤n.
Zaragoza, julio de 2012. Manuel GUEDEA MART脥N es Letrado de La Comunidad Aut贸noma de Arag贸n.
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Modificado el ( 10 de julio de 2012 )
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