26 de mayo de 2012 |
SE CONSUMARON LAS PITADAS ANUNCIADAS La Audiencia Nacional archiv贸 en 2009 una querella por la pitada al himno en la final de la Copa del Rey
Al hilo del foll贸n que se ha formado en torno a la anunciada -y hecha
efectiva-
pitada de las aficiones del F.C.BARCELONA y del ATH. DE BILBAO durante
la audici贸n del himno nacional espa帽ol en la final de la Copa del Rey de
este fin de semana, conviene traer a colaci贸n el Auto dictado por la
Sala de lo
Penal de la Audiencia Nacional de fecha 15 de julio de 2009, por el cual
se confirm贸 el archivo de la querella por ultrajes a Espa帽a que la
Fundaci贸n para la Defensa de la Naci贸n Espa帽ola (DENAES) interpuso por
la pitada al himno nacional durante la final de la Copa del Rey
de aquel a帽o. El asunto adquiri贸 tal magnitud en los d铆as previos a la Final de Copa, que ya se anunci贸 una reclamaci贸n ante la Comisi贸n Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte. En un comunicado, la entidad Impulso Ciudadano, que encabeza el exdiputado de C's en el Parlamento catal谩n Jos茅 Domingo, lamenta que se hayan efectuado "convocatorias destinadas a silbar y manifestar hostilidad a los s铆mbolos nacionales y a las m谩s altas instituciones del Estado, por contrarias al juego limpio que debe presidir la actividad deportiva y que protege la ley" en contra de la violencia en el deporte.
Sin embargo, por mucho ruido que se haga, disponemos de un
precedente jurisprudencial que "va a misa". Muy graves tendr铆an que ser
los incidentes, desde luego algo m谩s que una pitada, para que la
Audiencia Nacional modifique el criterio que mantuvo en 2009 sobre un
caso, m谩s que parecido, id茅ntico. Vamos, tan igual que los protagonistas
son los mismos. Solo cambia el escenario. La Audiencia inadmiti贸 ayer una querella "preventiva"
El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco rechaz贸 el mismo d铆a de celebraci贸n de la Final de Cipa de este a帽o 2012 la querella "preventiva" (as铆 la llamamos nosotros) presentada, como no pod铆a ser de otra manera, por la mism铆sima Fundaci贸n para la Defensa de la Naci贸n
Espa帽ola (DENAES), contra las organizaciones independentistas Catalu帽a Acci贸n y
Esait por promover una pitada al himno nacional en la final de la Copa del Rey
de f煤tbol.
En un auto l贸gico, el juez, de acuerdo con el criterio de la Fiscal铆a,
subraya que la querella "no se funda en hechos ya ocurridos sino en presunciones
de futuro" y que los delitos que menciona -provocaci贸n al odio contra parte de
la poblaci贸n por raz贸n de su origen nacional, ultraje a Espa帽a y provocaci贸n a
la sedici贸n y contra el orden p煤blico- no son competencia de la Audiencia
Nacional.
Otro Auto rechaza medidas de vigilancia
Por su parte, el juez de la misma Audiencia, Pablo Ruz, rechaz贸 la denuncia
interpuesta por la organizaci贸n Dignidad y Justicia en la que ped铆a medidas para vigilar y
prevenir la exhibici贸n de simbolog铆a terrorista durante la final que disputar谩n
el Athletic de Bilbao y el Barcelona al se帽alar que "la determinaci贸n de la
competencia no puede decidirse sin que los actos que se denuncian se hayan
celebrado siquiera" El archivo judicial de 2009 La Sala de lo penal de la Audiencia Nacional consider贸 en 2009 que las pitadas durante el himno "no son ejemplo ni de educaci贸n ni de civismo", pero que "no se est谩 en presencia de una conducta injuriosa en los t茅rminos descritos en el C贸digo Penal para con el Jefe del Estado". A su juicio, no constituye delito de ultrajes a Espa帽a ni de "apolog铆a del odio nacional".
La Audiencia Nacional se帽alaba que "tampoco el hecho de colocar una pancarta diciendo 'adi贸s Espa帽a' en idioma ingl茅s, probablemente en evitaci贸n de utilizar el espa帽ol, a la par que se exhib铆a una bandera catalana independentista, es una afrenta en t茅rminos delictuales, sino nuevamente una forma de patentizar lo que se prefiere frente a lo que convive pero no se afecta".
Por su parte, el Auto confirmado por la Audiencia afirmaba que "los hechos denunciados no pueden ser constitutivos de delito" ya que la pitada efectuada durante la llegada del Rey al estadio de Mestalla y la interpretaci贸n del himno, as铆 como la colocaci贸n de pancartas con el lema Good bye Spain "est谩n amparadas por la libertad de expresi贸n y no pueden considerarse difamatorias, injuriosas o calumniosas", dijo Pedraz en su resoluci贸n. El magistrado concluy贸 que esos comportamientos no propugnan "el odio nacional o el ultraje a la naci贸n", por lo que no son merecedoras de ning煤n reproche penal.
TEXTO
脥NTEGRO DEL AUTO CONFIRMADO POR LA AUDIENCIA
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Modificado el ( 27 de mayo de 2012 )
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