01 de marzo de 2012 |
BLATTER SORPRENDE AL DAR PREEMINENCIA AL ORDENAMIENTO ESTATAL ESPAÑOLLa FIFA desiste de sancionar al Zaragoza por estar en concurso de acreedores
La FIFA ha sorprendido a propios y extraños al comunicar que no instará a la Federación Española de Fútbol la ejecución de la sanción que le impuso al Zaragoza el 31 de agosto del 2010, a instancia del club ucraniano Shakhtar Donetsk, por el caso Matuzalem, consistente en pérdida de seis puntos y advertencia de descenso.
En contra del criterio mantenido hasta ahora, la FIFA acata el ordenamiento español, con los efectos que se derivan de la situación concursal en la que se encuentra el club aragonés.
En julio del 2007 el jugador brasileño Francelino Matuzalem decidió rescindir unilateralmente el contrato que lo unía al Shakhtar Donetsk hasta el 2009 para fichar por el Real Zaragoza. A raíz de este hecho, el club ucraniano reclamó al Zaragoza 25 millones de euros fijados en la cláusula de rescisión del contrato. En 2010, el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) condenó al club maño a pagar 13,8 millones de euros, de los que solo se ha pagado un parte.
Ante este impago, el Shakhtar denunció el caso ante la FIFA, pidiendo se sancionase al club maño con pérdida de seis puntos.
El organismo del fútbol mundial requirió entonces a la federación española para que hiciese efectiva la sanción impuesta, pero la situación del conjunto aragonés, que se acogió a la Ley Concursal de manera voluntaria, lo impedía.
En la notificación enviada a todas las partes, la FIFA «asume lo expresado por la jueza titular del Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Zaragoza», que la instó a abstenerse de ejecutar cualquier decisión o de llevar a cabo cualquier sanción contra el club aragonés, debido a su situación concursal.
26 de mayo de 2009 |
La ejecución de los
Laudos arbitrales extranjeros en España
De
nuevo sobre la prevalencia del Ordenamiento Jurídico Español respecto de las
normas FIFA: breve reflexión sobre la ineficacia del artículo 64 del Código
Disciplinario FIFA en España
 Javier Tebas
Medrano y Javier Rodríguez
Ten El
artículo 64 de los Estatutos de FIFA contiene la tradicional prohibición de
acudir a la justicia ordinaria que es factor común en las regulaciones de las
asociaciones deportivas internacionales, disponiendo que ...
Leer más ...
|
Veamos
|
Modificado el ( 05 de marzo de 2012 )
|