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CASOS DE ESPECIAL INTERÉS  2006-2013

 
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09 de enero de 2012
La Audiencia decreta la libertad provisional sin fianza para Del Nido

El abogado y presidente del Sevilla FC, José María del Nido, no tendrá que ir de momento a la cárcel ni depositar fianza por el 'caso Minutas, según se recoge en un auto dictado por la Sección Tercera de la Audiencia de Málaga.

En el auto se decreta la obligación de todos los condenados de comparecer ante la Sala "cuantas veces sean citados para ello". Así pues, ni siquiera se fija una periodicidad de comparecencias semanales o mensuales, en contra de lo que pedía el fiscal, quien solicitó para Del Nido prisión provisional o, en caso contrario, fianza de 500.000 euros.

La Sección Tercera también establece, en la parte dispositiva del auto, que los encausados deben comunicar a la autoridad judicial cualquier tipo de cambio en sus domicilio, a efectos de notificaciones y citaciones, así como sus teléfonos correos electrónicos y fax.

Por último, se les apercibe para que informen sobre "cuantas salidas y entradas realicen fuera del territorio nacional". Todo ello después de que no se les retire el pasaporte, como solicitaba el Ministerio Público.

La Sala entiende, con respecto al riesgo de fuga, que "nunca puede descartarse tal posibilidad" lo que "no justifica la prisión provisional" que pedía Anticorrupción para Muñoz Del Nido y otros.

Los tres días que se había tomado la Audiencia de Málaga para resolver acerca de las medidas cautelares solicitadas por el Fiscal hacían pensar que su decisión no se inclinará por la prisión provisional. Lo que no era esperable era la ausencia de fianza, que había solicitado la acusación pública como medida alternativa a la prisión provisional.


El fiscal anticorrupción había solicitado prisión provisional sin fianza para el abogado y presidente del Sevilla, José María del Nido, como medida preventiva, tras sus condenas por el denominado caso Minutas. La Fiscalía, que encabeza Francisco Jiménez Villarejo, solicitó que, en caso de que no se ordene la prisión, se acordara una fianza de 500.000 euros, que comparezca cada quince días y que se le requiera y retiren sus pasaportes.

El fiscal había invocado la doctrina del Tribunal Constitucional para sostener que la sentencia, conocida el pasado 19 de diciembre “debilita la presunción de inocencia” de los condenados, si bien ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo. El fiscal entiende que la propia sentencia condenatoria puede ser “un dato suficiente y no irrelevante” para evaluar el riesgo de fuga. Según Jiménez Villarejo, la capacidad económica de Del Nido alimenta el riesgo de huida. El riesgo de fuga y la posibilidad de que el imputado o condenado vuelva a delinquir son los elementos principales para decretar las medidas cautelares.
 
Reacción de Del Nido

Pedro Apalategui, abogado de Del Nido, tachó en su momento de “desorbitada” y "desproporcionada” la petición del fiscal. Apalategui defendió el arraigo de su cliente en la ciudad de Sevilla, donde viven sus seis hijos y mantiene un despacho profesional desde 1982, como garantía de que no tratará de escapar a la justicia. También ha resaltado que Del Nido ha acudido a declarar puntualmente todas las veces que fue llamado en fase de instrucción y que ha asistido a todas las sesiones del juicio, que empezó en abril de 2010 y terminó en junio de 2011, excepto a dos de ellas.

La Vista

La Audiencia Provincial de Málaga celebró el pasado 09.01.12 una vista en la que trató acerca de las medidas cautelares para los acusados condenados en el caso 'Minutas', entre ellos el letrado José María del Nido, actual presidente del Sevilla F.C.
 
Teniendo en cuenta las penas impuestas, las causas pendientes y los antecedentes, las medidas podían haber oscilado entre la retirada del pasaporte y el ingreso en prisión. La Sección Tercera de esta audiencia condenó al letrado José María del Nido a siete años y medio de prisión y 15 años de inhabilitación absoluta como cooperador necesario por el delito continuado de fraude en concurso medial con los delitos continuados de prevaricación y malversación de caudales públicos.
 
Como es norma en IUSPORT, esta web no se hará eco de los hechos delictivos del caso pues caen fuera de la esfera del derecho deportivo, pero entendemos que el desenlace del proceso, y de esta pieza separada, sí que tienen efecto en el deporte pues puede llevar consigo la suspensión o inhabilitación de Del Nido para ejercer como presidente del club hispalense.

En una comparecencia pública reciente, el presidente andaluz manifestó que continuará como tal hasta que se resuelva el recurso que presentará ante el Tribunal Supremo u otras instancias si también le fuese destimado el citado recurso, incluidos el Tribunal Constitucional y el de Estrasburgo.

No obstante,  pese a no existir sentencia firme, no es descartable que el ambiente sevillista se torne irrespirable y ello afecte a la estabilidad de la entidad y al rendimiento del equipo en la competición, arrastrando consigo al propio presidente.  Conviene no minusvalorar la magnitud de la condena ya impuesta. En caso de que la pena privativa de libertad adquiera firmeza y sea supeiror a dos años, Del Nido sí que tendría que ingresar en prisión, toda vez que la norma sólo excluye el cumplimiento de penas de prisión a ciudadanos sin antecedentes penales siempre que el castigo sea inferior a dicho periodo. Del Nido ha sido condenado inicialmente a siete años de cárcel.


Modificado el ( 20 de mayo de 2012 )
 
 

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