El Tribunal Supremo anula el Real Decreto que autoriz贸 los controles antidopaje nocturnos
El
Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por la Asociaci贸n
de Ciclistas Profesionales (ACP) contra el Real Decreto 1462/2009 de 18
de septiembre, que modific贸 el de 641/2009 de 17 de abril, de regulaci贸n
de los procesos de control de dopaje, en desarrollo reglamentario
de la Ley Org谩nica de protecci贸n de la salud y de lucha contra el dopaje
en el deporte, conocida como "Ley Antidopaje", por el que se regulaban
los procesos de los controles antidopaje y los laboratorios de an谩lisis
autorizados. La sentencia, de fecha de 13 de octubre, declara "nulas" las medidas complementarias de prevenci贸n de dopaje y de protecci贸n de la salud de los deportistas, por las que se pod铆an llevar a cabo controles nocturnos por cuestiones de salud.
El fallo de la Secci贸n cuarta de la Sala de lo Contecioso-Administrativo del Alto Tribunal declara la nulidad del Real Decreto por "introducir un cambio sustancial". "El cambio es sustancial porque modifica el r茅gimen previsto en el proyecto de Real Decreto informado por la Agencia Estatal Antidopaje y por la Secretar铆a General T茅cnica, ya que (...) introduce la posibilidad de que las causas relacionadas con la lucha contra el dopaje se consideren causas m茅dicas justificativas de los controles de salud que, adem谩s, pueden realizarse en horario nocturno", indica el fallo.
Dicha modificaci贸n es sustancial, recalca el fallo, porque "permite que durante ese horario se puedan realizar controles antidopaje fuera de competici贸n, cuando est茅 justificado por razones m茅dicas, a pesar de que en el art铆culo 6.2 de la Ley Org谩nica 7/2006 proh铆be categ贸ricamente la realizaci贸n durante ese horario de controles de dopaje, aunque estuvieran justificados por razones m茅dicas".
Dicha modificaci贸n se produjo para favorecer la candidatura de Madrid 2016, ya que el Comit茅 Ol铆mpico Internacional apuntaba que "no puede determinar si con la nueva regulaci贸n las autoridades deportivas espa帽olas cumplen totalmente con el C贸digo Mundial de la AMA".
Asimismo, la modificaci贸n del Real Decreto se argumentaba para ajustarse a normativa internacional antidopaje, y en especial el C贸digo Mundial de la AMA, en la franja horaria para la localizaci贸n de los deportistas, "entre las 6 de la ma帽ana -anteriormente eran las 8- y las 23 horas", aunque tambi茅n matizaba "las causas excepcionales que justifican los controles nocturnos".
La ACP denunci贸 varios vicios de forma en los que incurri贸 la Administraci贸n en la modificaci贸n del Real decreto, entre ellos que no se recab贸 un informe de la Agencia Espa帽ola de Protecci贸n de Datos por verse afectado un derecho fundamental de los deportistas para la realizaci贸n de los controles de dopaje y de salud fuera de competici贸n, y que no se dio audiencia a los corredores ni a las organizaciones que los representan, a pesar de que el CSD tiene firmados con ellos un Convenio por el que la hac铆a part铆cipe del desarrollo reglamentario de la Ley Org谩nica de Protecci贸n contra el dopaje.
La sentencia, contra la que no cabe recurso, declara que la Administraci贸n "ha incurrido, en el procedimiento de elaboraci贸n del mismo, en un vicio de nulidad de pleno derecho".
La otra reforma, la de la ley antidopaje.
No obstante, hay que tener en cuenta que el Consejo de Ministros aprob贸 hace escasamente un mes la remisi贸n a las Cortes Generales del Proyecto de Ley
Org谩nica por la que se modifica la Ley Org谩nica de Protecci贸n de la Salud y de
Lucha contra el Dopaje en el Deporte, de 21 de noviembre de
2006.En caso de que prospere esta reforma, se reactivar铆a la autorizaci贸n de los controles que el Tribunal Supremo acaba de revocar, ya que se tratar铆a de una norma con rango de ley.
Efectivamente, la reforma de la Ley persigue, al igual que lo hiciera el Real Decreto anulado, adaptar la normativa espa帽ola al C贸digo Mundial Antidopaje de la
AMA, el cual entr贸 en vigor en 2009, garantizar nuestras opciones para la
organizaci贸n de competiciones internacionales, estrechar y agilizar la
colaboraci贸n entre los 贸rganos jurisdiccionales y administrativos y, por 煤ltimo,
consolidar y potenciar la Agencia Estatal Antidopaje, que queda configurada como
el organismo que liderar谩 de forma integral la actuaci贸n de los organismos
anteriormente mencionados.Mas info ... Texto 铆ntegro del Real Decreto 1462/2009, de 18 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 641/2009, de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de an谩lisis autorizados, y por el que se establecen medidas complementarias de prevenci贸n del dopaje y de protecci贸n de la salud en el deporte.
EL TEXTO 脥NTEGRO DE LA SENTENCIA EST脕
DISPONIBLE EN LAS BASES DE DATOS IUSPORT

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