Elecciones Real Madrid: la Audiencia no falló el recurso |
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23 de enero de 2007 |
Contencioso elecciones Real Madrid Según el diario AS, la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid deliberó ayer (25.01.07) sobre la suspensión cautelar del voto por correo en las elecciones del Real Madrid, pero no falló.
La Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid deliberó ayer sobre la suspensión cautelar del voto por correo en las elecciones del Real Madrid, medida que tomó la jueza Milagros Aparicio el pasado 30 de junio y que recurrió el candidato Juan Miguel Villar Mir el 12 de septiembre. Los tres miembros de la sala no emitieron fallo alguno y se espera que lo hagan la próxima semana, en auto redactado por su ponente, el magistrado Jesús Gavilán.
Según informó la cadena SER el pasado martes en su programa deportivo de la tarde, la Audiencia tiene previsto pronunciarse en favor del levantamiento de la suspensión cautelar que solicitó Arturo Baldasano, pero habrá que esperar a los próximos días para conocer oficialmente el fallo de los tres jueces que componen la Sección Undécima.
Su decisión coincidirá con la semana en la que se celebra la vista oral del juicio (lunes 29) que dictaminará si la norma XV de la ley electoral, la que regula el voto por correo, está ajustada o no a derecho. Este pleito, presentado por Ramón Calderón durante las elecciones al Real Madrid, es sobre el que tiene competencia la jueza Milagros Aparicio, titular del Juzgado 47 de Primera Instancia.
El magistrado Jesús Gavilán, ponente de la Sección Undécima, ya ha estado vinculado en otras circunstancias al mundo del fútbol. Fue presidente del Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol, cargo que debió abandonar en 2003 porque el Consejo General del Poder Judicial no le autorizó para ejercer esa función.
Durante su etapa como presidente del Comité de Apelación tuvo que decidir sobre los famosos incidentes acaecidos en el Camp Nou en 2000 durante un Barcelona-Real Madrid, cuando desde las gradas se lanzó la cabeza de cochinillo. En ese caso, Apelación ratificó la sanción de dos partidos y 4.000 euros que había impuesto previamente el Comité de Competición. Finalmente, la sanción no fue efectiva por un indulto de la Federación Española de Fútbol.
FUENTE: WWW.AS.COM |
Modificado el ( 30 de marzo de 2008 )
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