20 de enero de 2011 |
Algunas reflexiones sobre la nueva reforma de la ley concursal y su incidencia en el futbol profesional
Por Juan Luis ESPADA CORCHADO El pasado 16 de diciembre, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, por la cual, entre otras enmiendas, aborda el aspecto deportivo e introduce una nueva Disposición Adicional Segunda bis, relativa al régimen especial aplicable a entidades deportivas, según la cual “En los concursos de entidades deportivas que participen en competiciones oficiales, se aplicarán las especialidades que para las situaciones concursales prevea la legislación del deporte y sus normas de desarrollo. En todo caso, la sujeción a la presente Ley de dichas entidades no impedirá la aplicación deportiva reguladora de la participación en la competición”. En otras palabras, la nueva Disposición de la futura Ley Concursal remite a la legislación deportiva como materia especial a tratar de forma específica, todas aquellas cuestiones relacionadas de una u otra forma con la competición, cuando un Club/SAD se acoja al procedimiento concursal, con ello, se pretende evitar la colisión entre las normas mercantiles propias del proceso concursal y las normas deportivas reguladoras de la competición.TEXTO COMPLETO
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Modificado el ( 20 de enero de 2011 )
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