A PROPÓSITO DEL CASO EDWARD ERANOSIAN La reponsabilidad de los entrenadores en la lucha contra el dopaje
Por Delia Castaños Domínguez
Son ya numerosos los casos de dopaje resueltos de forma ordinaria o en apelación por el Tribunal de arbitraje del Deporte, asentado en Lausana, desde la creación de la Agencia Mundial Antidopaje en 1999 (WADA). En esta ocasión, el TAD actuó en apelación, para resolver acerca de varias decisiones de una federación de fútbol sobre sanciones por dopaje.
La CFA (Federación de Fútbol de Chipre) había decidido sancionar con 2 años de inelegibilidad al entrenador de fútbol Edward Eranosian, y a los jugadores Carlos Marques y Leonel Medeiros con 1 año, por cometer una violación de las normas antidopaje de Chipre. El Comité Judicial de la CFA, en su decisión del 2 de Abril de 2009, subrayó que “la inmediata cooperación y disposición del Sr. Eranosian para la detección de este triste caso, con resultados poco favorecedores para él, y que probablemente no se hubieran conseguido sin su colaboración, justifica la aplicación de las provisiones relativas a la reducción de la sanción correspondiente”.
Delia Castaños
Domínguez es LL.M in
Internacional Sports Law ISDE 2010