Contador pide que no se invierta la carga de la prueba
IUSPORT. 11 DE NOVIEMBRE DE 2010
Los fundamentos de la acusación las recibió Contador el lunes por correo electrónico, el informe del laboratorio de Colonia, referente al control del 21 de julio, y cuatro de sendos expertos en revistas científicas. Uno de ellos apoya la versión de que el clembuterol se deba al consumo de carne contaminada; otro, sobre la de que se hallara en un suplemento nutritivo contaminado; un tercero, sobre el uso de microdosis para evitar la detección en los controles, y el cuarto, sobre las sorpresas que se encuentran quienes recurren a transfusiones de sangre almacenada durante meses y ven reaparecer en mínimas cantidades los productos prohibidos que tomaban cuando se la extrajeron.
Expertos en la lucha antidopaje califican de inconsistentes las pruebas de la acusación. Para la defensa de Contador, la verdadera batalla será la del TAS. Por eso quiere que el Comité de Competición decida lo antes posible.
Por otro lado, Contador apoyará su defensa en varios estudios e infornes, entre ellos el del químico holandés Douwe de Boer. A esos documentos sumará el historial de los análisis certificados por la UCI a los que se sometió en los últimos años y que, unidos a su pasaporte biológico, pueden, a su parecer, convertirse en la mejor prueba de su conducta irreprochable.
El cilista español ha contratado los servicios del letrado suizo Rocco Taminelli, quien ya ganara hace algún tiempo un caso similar, utilizando como argumento clave combatir la aplicación del criterio de la responsabilidad objetiva, que deriva en que la carga de la prueba no recae en la acusación, sino en el acusado: en el juicio se parte de la culpabilidad del deportista positivo, dejando a este la obligación de demostrar su inocencia. Se trata de invertir la carga de la prueba; demostrar que los argumentos científicos de la parte acusadora, construidos alrededor de un control positivo por 50 picogramos de clembuterol por mililitro de orina (un picogramo es la billonésima parte de un gramo), no tienen peso suficiente para constituirse en prueba definitiva de culpabilidad. Se apoya también en que la UCI subrayó muy claramente en su comunicado del lunes el concepto de presunción de inocencia referido al tres veces ganador del Tour de Francia.
IUSPORT. 08.11.10
La UCI se inhibe en favor de la Federación Española en el caso Alberto Contador
La Unión Ciclista Internacional (UCI) ha pedido a la Federación Española de Ciclismo (RFEC) abrir un procedimiento disciplinario contra el ciclista Alberto Contador. Esta solicitud cumple, según la nota difundida por la UCI, con el procedimiento establecido por el Código Mundial antidopaje según lo establecido por la Organización Mundial de Lucha contra el Dopaje (WADA).
El 23 de agosto de 2010, el laboratorio de Colonia envió a la UCI un informe de análisis que indica un resultado anormal (presencia de clembuterol) en una muestra de orina tomada del corredor español en una prueba realizada el 21 de julio, el segundo día de descanso del Tour de Francia 2010. El laboratorio envió esta información al mismo tiempo a la AMA.
Debidamente informado de estos hechos y de la probabilidad de su suspensión provisional inminente, Alberto Contador pidió el análisis de la muestra B el 26 de agosto de 2010. Este examen se llevó a cabo el 8 de septiembre de 2010 y confirmó los rastros de clembuterol. Para mayor seguridad, teniendo en cuenta la muy baja concentración detectada, la UCI continuó las investigaciones científicas en colaboración con la AMA. En particular, se llevó a cabo una serie de nuevos análisis en todas las muestras de sangre y orina del corredor en el período en cuestión.
De conformidad con las disposiciones del Códio Mundial de Lucha contra el Dopaje aplicables al caso, la UCI declaró la suspensión provisional de Alberto Contador, del 24 de agosto de 2010.
Al final de una investigación larga y minuciosa confiada a expertos altamente cualificados, acreditados por la AMA, y teniendo en cuenta toda la información que actualmente obra en su poder, la UCI ha concluido que los procedimientos disciplinarios deben ser abiertos en contra de Alberto Contador.
La UCI ha enviado hoy su petición a la Federación Española que tiene competencia en este sentido. Ahora es la responsabilidad de esta Federación determinar si Alberto Contador ha violado las reglas antidopaje de la UCI. Mientras tanto, hasta el final de las actuaciones, y a pesar de su suspensión provisional, Alberto Contador sigue beneficiándose de la presunción de inocencia.
En el marco del Mundial Antidopaje y el Reglamento Antidopaje de la UCI, la UCI no puede proporcionar ninguna información adicional hasta que el procedimiento sea completado.