30 de marzo de 2010 |
UN JUZGADO DE ZARAGOZA DESESTIMA LA RECLAMACIÓN PATRIMONIAL
La diligencia del cicloturista en el ejercicio de la práctica deportiva Por Manuel GUEDEA MARTÍN
La Sentencia de 9 de febrero de 2009, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Zaragoza, dictada en un procedimiento abreviado sobre responsabilidad patrimonial, ha desestimado un recurso contencioso-administrativo promovido contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada contra el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón. Dicha reclamación, por funcionamiento anormal del servicio de conservación de la carretera autonomía A-1604, tiene su origen en los daños sufridos por un ciclista debido a una caída en el descenso de un puerto provocada por un bache existente en la calzada cuando practicaba el cicloturismo. La parte actora solicitaba una indemnización de 7.916,93€ por los daños y perjuicios sufridos y la condena en costas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
En Zaragoza, marzo de 2010.
Manuel Guedea Martín es Letrado de la COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGÓN.
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INCLUYE UN EJEMPLAR DEL LIBRO "IUSPORT 10 AÑOS"
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Modificado el ( 10 de abril de 2010 )
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