19 de enero de 2010 |
FUTBOL CLUB BARCELONA
Avalar o no avalar ante las elecciones 2010
Por Román Gómez Ponti Presidente Tribunal Català de lÈsport
Avalar o no avalar, ésta es la cuestión
Durante estas últimas semanas nos desayunamos a diario con una riada de noticias generada por las (inminentes?) elecciones a la Presidencia del Futbol Club Barcelona, noticias que en su mayoría nos hablan de pactos (o no) para conformar candidaturas, ya sea desde la propia Junta Directiva actual o desde aspirantes a integrar la misma.
Pero uno de los temas que se comenta habitualmente de soslayo, con un énfasis mucho menor que el de la hipotética inhabilitación de parte de la actual Junta Directiva, es el de la obligación o no que determinados aspirantes a Presidir el club (y a integrar su Junta Directiva) van a tener respecto de aportar los avales que la Ley del Deporte y sus normas de desarrollo prevén para aquellas entidades que en su momento no acometieron su conversión en SAD, gracias fundamentalmente a su satisfactoria gestión económica.
Lo curioso del caso es que parece que este asunto sea susceptible de “interpretación”, palabra a la que los juristas tenemos bastante respeto, pero que –curiosamente- es la que utilizan los legos en derecho para justificar determinadas barbaridades.
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Román Gómez Ponti es Abogado y Presidente Tribunal Català de lÈsport (TCE)
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Modificado el ( 19 de enero de 2010 )
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